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Procedimiento: Procedimiento Ordinario 980/2011. Negociado: BG.
Sobre: Reclamación de cantidad.
De: Koppert España, S.L.
Procuradora: Sra. María Nieves Pérez-Templado Martínez.
Contra: Berry Fres, S.L.
E D I C T O
En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 980/2011, seguido a instancia de Koppert España, S.L., frente a Berry Fres, S.L., se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
SENTENCIA núm. 37/2017
En Roquetas de Mar, a cinco de abril de dos mil diecisiete.
Vistos por mí, don Eloy Marfil Gallardo, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Cuatro de Roquetas de Mar y su partido judicial, los autos de juicio ordinario, registrados con el número 980/2011, promovidos por Koppert España, S.L., representado por la Procuradora de los Tribunales doña Nieves Pérez-Templado Martínez, y asistido por el Letrado don Francisco A. Bonilla Parrón, contra Berry Fres, S.L., en rebeldía procesal, sobre acción de reclamación de cantidad derivada de cumplimiento contractual, he dictado la presente Sentencia en nombre de S.M. El Rey, sobre la base de los siguientes:
FALLO
Que estimando íntegramente la demanda formulada por la Procuradora de los Tribunales doña Nieves Pérez-Templado Martínez, en nombre y representación de Koppert España, S.L., contra Berry Fres, S.L., debo condenar y condeno al demandado a pagar a la parte actora la cuantía de 7.790,20 euros, más el interés legal del dinero incrementado en siete puntos porcentuales desde el vencimiento de la obligación de pago hasta su completo pago, y al pago de las costas del juicio.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra ella cabe formular, ante este Juzgado, recurso de apelación, que se interpondrá en el plazo de veinte días contados desde el día siguiente a la notificación, conforme disponen los artículos 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Así por esta mi Sentencia, juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Publicación. Leída y publicada fue la anterior Sentencia por el/la Sr./Sra. Juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha, doy fe en Roquetas de Mar.
Y encontrándose dicha demandada, Berry Fres, S.L., en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.
En Roquetas de Mar, a seis de abril de dos mil diecisiete.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).»
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