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Los Ayuntamientos de Purchena y Urrácal (Almería), mediante acuerdos plenarios adoptados en sesiones de 29 de julio de 2016 y 31 de mayo de 2016, respectivamente, acordaron la creación de la Agrupación para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría-Intervención de los Ayuntamientos de Purchena y Urrácal, como puesto reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, modificado por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio.
La Excma. Diputación Provincial de Almería, mediante Decreto de la Presidencia número 544, de 10 de abril de 2017, informa favorablemente la constitución de la Agrupación para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría-Intervención de los Ayuntamientos de Purchena y Urrácal.
Consultado el Registro Integrado de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, el puesto de Secretaría-Intervención del Ayuntamiento de Purchena está ocupado por don Manuel Lorente Saldaña, mediante nombramiento definitivo y el puesto de Secretaría-Intervención del Ayuntamiento de Urrácal está vacante.
Visto lo anterior, se ha instruido el preceptivo expediente, tramitado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 y en la disposición adicional segunda del Real Decreto 1732/94, de 29 de julio, modificado por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio, de aplicación en virtud de lo establecido en la disposición transitoria séptima de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local.
Por ello, al amparo de la legislación invocada, del artículo 159 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local y en virtud de las competencias conferidas por el artículo 12.2.d) del Decreto 204/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia y Administración Local, esta Dirección General de Administración Local
R E S U E L V E
Primero. Acordar la constitución de la Agrupación para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría de clase tercera entre los Ayuntamientos de Purchena y Urrácal (Almería), reservado a funcionarios con habilitación de carácter nacional pertenecientes a la subescala de Secretaría-Intervención.
Segundo. Se nombra para el nuevo puesto resultante de la Agrupación a don Manuel Lorente Saldaña, de conformidad con la Disposición Adicional Segunda del Real Decreto 1732/94, de 29 de julio.
Tercero. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en la forma y plazos previstos por la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. O bien se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dicta este acto, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su recepción, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, también con carácter potestativo, el requerimiento previsto en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, en el supuesto de que la impugnación se efectúe por una Administración Pública, en el plazo de dos meses desde la publicación.
Sevilla, 11 de mayo de 2017.- El Director General, Juan Manuel Fernández Ortega.
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