Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 93 de 18/05/2017

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 21 de junio de 2016, del Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Málaga, dimanante de autos núm. 1024/2014.

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NIG: 2906742C20140022382.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1024/2014. Negociado: 4.

De: Doña Pilar Lucas Farelo.

Procurador: Sr. Jesús Olmedo Cheli.

Contra: Don José Antonio Ortiz García y doña Dolores Fernández Fuentes.

E D I C T O

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 1024/2014 seguido a instancia de doña Pilar Lucas Farelo frente a don José Antonio Ortiz García y doña Dolores Fernández Fuentes se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA NÚM. 96/2016.

En Málaga, a 1 de junio de 2016.

Doña María José García Sánchez, Magistrada-Juez de Adscripción Territorial adscrita al Juzgado de Primera Instancia número Tres de esta ciudad; habiendo visto los presentes autos de Juicio Ordinario núm. 1024/2014, promovidos a instancia de doña Pilar Lucas Farelo, representada por el Procurador don Jesús Olmedo Cheli y asistida por la letrada doña Ana María Muñoz García, contra doña Dolores Fernández Fuentes y don José A. Ortiz García, versando el juicio sobre reclamación de cantidad.

FALLO

1. Debo estimar y estimo parcialmente la demanda interpuesta por la representación procesal de doña Pilar Lucas Farelo contra doña Dolores Fernández Fuentes y don José Antonio Ortiz García.

2. Debo condenar y condeno a doña Dolores Fernández Fuentes y don José Antonio Ortiz García a abonar a doña Pilar Lucas Farelo la cantidad de ochocientos cincuenta y tres euros con trece céntimos de euro (853,13 euros).

3. Cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días desde su notificación a las partes del que conocerá la Audiencia Provincial de Málaga, previa constitución del depósito previsto legalmente en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado en Banco Santander.

Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Leída y publicada fue la anterior Sentencia hallándose celebrando audiencia pública, de todo lo cual yo, la Letrada de la Administración de Justicia doy fe.

Y encontrándose dichos demandados, don José Antonio Ortiz García y doña Dolores Fernández Fuentes, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Málaga, a veintiuno de junio de dos mil dieciséis.- La Letrada de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal).»

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