Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 93 de 18/05/2017

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 22 de diciembre de 2016, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Tres de Coín, dimanante de procedimiento familia núm. 265/2016.

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NIG: 2904242C20130001037.

Procedimiento: Familia. Modificación medidas supuesto contencioso 265/2016. Negociado: 04.

De: Don Segundo Elías Zambrano Rojas.

Procuradora: Sra. Rocío Pérez Macias.

Letrado: Sr. Jesús Rafael Plaza Benítez.

Contra: Doña Hilda María Vera Gabilanes.

EDICTO

En el presente procedimiento Familia. Modificación medidas supuesto contencioso 265/2016 seguido a instancia de Segundo Elías Zambrano Rojas frente a Hilda María Vera Gabilanes se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal del fallo es el siguiente, en el que se han omitido todos los datos relativos a los menores:

«FALLO

Que estimando totalmente la demanda interpuesta a instancias de don Segundo Elías Zambrano Rojas frente a doña Hilda María Vera Gabilanes, declarada en situación procesal de rebeldía, declaro haber lugar a la modificación de las medidas definitivas acordadas en sentencia de fecha 21 de octubre de 2013 dictada por este Juzgado en autos 365/2013 en los siguientes términos:

1. otorgar al padre la guarda y custodia de las dos hijas, ................................................; 2. Adjudicar el uso de la vivienda familiar al padre y a sus tres hijos del matrimonio (...........................................); 3. Establecer la pensión de alimentos con cargo a la madre en la cuantía mínima de 300 euros sin perjuicio de la actualización anual conforme al IPC y/o en función de su capacidad económica, siendo los gastos extraordinarios por mitad entre ambos progenitores; 4. No establecer derecho de visitas y estancias de los menores con la madre puesto que ésta ha incumplido desde el primer momento la resolución judicial que se modifica y habida cuenta de la falta de contacto entre ambas partes. Una vez que la madre retorne a España y promueva el contacto con las menores, se llevará a cabo de forma progresiva y flexible, con supervisión judicial.»

Y encontrándose dicha demandada, doña Hilda María Vera Gabilanes, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Coín, a 22 de diciembre de dos mil dieciséis.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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