Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 94 de 19/05/2017

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 30 de marzo de 2017, por la que se modifica la autorización administrativa del centro docente privado de educación secundaria «Córdoba» de Córdoba. (PP. 1233/2017).

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Visto el expediente tramitado a instancia de don Miguel Ángel Hernández González, como representante de la Sociedad Cooperativa Andaluza de Enseñanza «Duque de Rivas», titular del centro docente privado de educación secundaria «Córdoba», con domicilio en C/ Úbeda, núm. 4, de Córdoba, por el que solicita modificar la autorización administrativa con la que cuenta el mismo, por la ampliación de un ciclo formativo de formación profesional de grado medio de Conducción de actividades físico-deportivas en el medio natural, según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio.

Resultando que el citado centro, con código 14002182, tiene autorización para impartir ocho unidades de educación secundaria obligatoria.

Vistos: La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE del 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE del 4), de Educación; la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre (BOE del 10), para la mejora de la calidad educativa; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA del 26), de Educación de Andalucía; la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE del 2), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero (BOE de 12 de marzo), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria; el Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio (BOE del 30), por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo; el Real Decreto 2049/1995, de 22 de diciembre (BOE de 14 de febrero de 1996), por el que se establece el título de Técnico en Conducción de Actividades Físico-Deportivas en el Medio Natural y las correspondientes enseñanzas mínimas; el Decreto 436/2008, de 2 de septiembre (BOJA del 12), por el que se establece la ordenación y las enseñanzas de la formación profesional inicial que forma parte del sistema educativo; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), sobre autorizaciones de centros docentes privados, para impartir enseñanzas de régimen general, y demás normas de vigente aplicación.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Conceder la modificación de la autorización de enseñanzas solicitada al centro docente privado de educación secundaria «Córdoba», código 14002182 y domicilio en C/ Úbeda, núm. 4, de Córdoba, cuyo titular es la Sociedad Cooperativa Andaluza de Enseñanza «Duque de Rivas», que, como consecuencia de ello, queda con la configuración de enseñanzas que se describe a continuación:

a) Educación secundaria obligatoria: 8 unidades con 228 puestos escolares.

b) Ciclo formativo de formación profesional de grado medio (impartido en turno de tarde):

 Conducción de actividades físico-deportivas en el medio natural:

  Núm. de ciclos: 1.

  Grupos: 1.

  Puestos escolares: 30.

Segundo. El centro no podrá superar el número de puestos escolares fijado para el mismo.

Tercero. Del contenido de la presente Orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Cuarto. La entidad titular del centro remitirá a la Delegación Territorial de Educación de Córdoba la relación del profesorado del mismo con indicación de su titulación respectiva.

Quinto. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 30 de marzo de 2017

ADELAIDA DE LA CALLE MARTÍN
Consejera de Educación
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