Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 114 de 14/06/2018

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 8 de mayo de 2018, del Juzgado de Primera Instancia núm. Trece de Sevilla, dimanante de autos núm. 1695/2016. (PP. 1641/2018).

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Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1695/2016. Negociado: 5P.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Solarmac, S.L.

Procurador: Sr. Rafael Illanes Sainz de Rozas.

Letrado: Sr. Alejandro Prados Rodríguez.

Contra: Aire Sur Desarrollo de Proyectos, S.L., en liquidación.

E D I C T O

En este Juzgado y con el núm. 1695/16 se tramitan autos de Juicio Ordinario, promovidos por Solarmac, S.L., promovidos por el Procurador don Rafael Illanes Sainz de Rozas, contra Aire Sur Desarrollo de Proyectos, S.L., en los cuales y con esta fecha se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del siguiente tenor literal:

SENTENCIA núM. 117/18

En la ciudad de Sevilla, a ocho de mayo de dos mil dieciocho.

Parte demandante: Solarmac, S.L.

Procurador: Don Rafael Illanes Sainz de Rozas.

Abogado: Don Alejandro Prados Rodríguez.

Parte demandada: Aire Sur Desarrollo de Proyectos, S.L.

Objeto del pleito: Reclamación de cantidad.

Magistrado Juez: Don Miguel Ángel Fernández de los Ronderos Martín.

FALLO

Estimo la demanda interpuesta por la representación procesal de Solarmac, S.L., contra Aire Sur Desarrollo de Proyectos, S.L., y condeno a la misma a que abone a la demandante la suma de cuarenta y tres mil setecientos cincuenta euros –43.750 €–, intereses de demora pactados en el contrato, consistentes en el interés legal del dinero aplicable en la fecha de cada incumplimiento, incrementado en tres puntos porcentuales, y al abono de las costas causadas.

De la presente sentencia dedúzcase testimonio que se unirá a los autos de su razón, y notifíquese a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de apelación ante este Juzgado en el término de veinte días.

En la interposición del recurso el apelante deberá exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna. Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banco Santander núm. 4035 0000 04 1695 16, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código «02», de conformidad en lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo.

Diligencia: Leída y publicada fue la anterior Sentencia en el día de su fecha, doy fe.

Y para que sirva de notificación en forma legal al demandado Aire Sur Desarrollo de Proyectos, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido la presente en Sevilla, a ocho de mayo de dos mil dieciocho.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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