Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 147 de 31/07/2018

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Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

Resolución de 16 de julio de 2018, de la Viceconsejería, por la que se hace pública la declaración ambiental estratégica del II Plan de Desarrollo Sostenible del Espacio Natural Sierra Nevada y su Área de Influencia Socio-Económica.

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1. Introducción.

La Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, establece en su artículo 36 la necesidad de someter a evaluación ambiental estratégica ordinaria los planes que establezcan el marco para la futura autorización de proyectos enumerados en el Anexo I de la citada ley, siempre que sean elaborados por una Administración pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía y cuya elaboración y aprobación venga exigida por una disposición legal o reglamentaria o por acuerdo del Consejo de Gobierno. El II Plan  de Desarrollo Sostenible del Espacio Natural Sierra Nevada y su Área de Influencia Socio-Económica, promovido por la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Terrirorio (Secretaría General de Medio Ambiente y Cambio Climático), se encuentra incluido en este ámbito de aplicación.

Analizada la documentación aportada, vistos los informes recibidos y considerados los valores ambientales del ámbito de actuación, la Viceconsejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, y el Decreto 216/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, emite la presente declaración ambiental estratégica como resultado del procedimiento de evaluación ambiental estratégica ordinaria del  II Plan de Desarrollo Sostenible del Espacio Natural Sierra Nevada y su Área de Influencia Socio-Económica.

2. Fundamentos del Plan.

El estado de conservación de los ecosistemas y la calidad ambiental del Espacio Natural de Sierra Nevada precisan integrar las medidas de desarrollo social y económico con el mantenimiento de sus valores naturales y culturales en una relación que mutuamente aporte valor. El concepto de desarrollo sostenible ha devenido en un modelo que incorpora una visión más integradora e interdependiente del espacio natural-rural y las distintas formas del capital territorial. Sobre la base de este modelo, este Plan de Desarrollo Sostenible ha sido concebido como un instrumento centrado en fortalecer una cultura social y productiva de desarrollo local basada en los valores de sostenibilidad, innovación y diferenciación, con la integración y participación de los agentes locales como eje vertebrador del mismo. De este modo, la participación ha sido entendida como corresponsabilidad social entre instituciones y ciudadanía en torno a unas claves de desarrollo local que habrá que ir diseñando y compartiendo. Ello ha supuesto fortalecer la participación activa de los actores empresariales y sociales del territorio en las decisiones estratégicas contempladas en el II Plan de Desarrollo Sostenible del Espacio Natural Sierra Nevada y su Área de Influencia Socio-Económica.

El proceso de participación que se ha llevado a cabo para elaborar el Plan ha permitido generar una serie de propuestas o formulaciones generales. Estas aluden a la forma en la que se deben integrar los diversos intereses en juego, y a la urgente necesidad de mejorar la articulación y la coordinación entre las distintas instancias que pretenden contribuir al desarrollo sostenible de Sierra Nevada.

La siguiente tabla muestra un resumen de los objetivos generales y líneas de actuación:

OBJETIVOS GENERALES LÍNEAS DE ACTUACIÓN
1. Recuperar, conservar y valorizar los recursos del territorio como activos de desarrollo.
1.A Apoyo a los recursos endógenos
2.B Adecuación de los bienes patrimoniales culturales y etnológicos para el aprovechamiento turístico
5.A Gestión Ambiental
5.B Conservación de la Naturaleza
5.C Investigación socioecosistemática para el desarrollo
2. Mantener, mejorar y ampliar la base económica del territorio: una economía sostenible.
1.B Diversificación económica
1.C Creación y mantenimiento de empleo
2.A Impulsar la formación, difusión, participación y promoción
2.B Adecuación de los bienes patrimoniales culturales y etnológicos para el aprovechamiento turístico
4.A Coordinación para el desarrollo
3. Impulsar una sociedad más formada, informada, participativa y con más bienestar.
2.A Impulsar la formación, difusión, participación y promoción
2.B Adecuación de los bienes patrimoniales culturales y etnológicos para el aprovechamiento turístico
3.D Infraestructuras, Equipamientos y Servicios Básicos
5.A Gestión Ambiental
5.B Conservación de la Naturaleza
4. Fomentar la sostenibilidad energética y energías limpias.
3.A Energías renovables
4.A Coordinación para el desarrollo
5.A Gestión Ambiental
5. Dotar de los equipamientos y servicios necesarios para conseguir una sociedad más innovadora y mejor comunicada.
3.B Tecnologías de la Información y la Comunicación
3.C Infraestructuras asociadas al ciclo integral d
el agua
3.D Infraestructuras, Equipamientos y Servicios Básicos
4.A Coordinación para el desarrollo
6. Potenciar la gestión y la coordinación del desarrollo sostenible.
4.A Coordinación para el desarrollo
5.A Gestión Ambiental
5.B Conservación de la Naturaleza
7. Investigar para el desarrollo y transferencia del conocimiento.
4.A Coordinación para el desarrollo
5.C Investigación socioecosistemática para el desarrollo

3. Tramitación.

La evaluación ambiental del II Plan de Desarrollo Sostenible del Espacio Natural Sierra Nevada y su Área de Influencia Socio-Económica se ha llevado a cabo según lo previsto en la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. Durante el procedimiento de evaluación se ha realizado una identificación de los potenciales impactos ambientales que podrían derivarse de su aplicación, permitiendo la integración de los aspectos ambientales desde la fase inicial del proceso de planificación. Asimismo, se ha dado cumplimiento a otro de los grandes objetivos de la citada Ley, que consiste en la transparencia y participación ciudadana a través del acceso a una información exhaustiva y fidedigna del proceso planificador.

El procedimiento de evaluación ambiental estratégica se inició con la comunicación por parte del órgano promotor, Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (Secretaría General de Medio Ambiente y Cambio Climático), de la iniciación de la tramitación del citado Plan al órgano ambiental, Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (Viceconsejería). Dicha comunicación se acompañaba de un documento con la evaluación de los aspectos establecidos en la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. En base a este documento inicial, el órgano ambiental identificó a las Administraciones públicas afectadas y al público interesado y llevó a cabo el primer trámite de consultas iniciales al objeto de determinar la amplitud, nivel de detalle y grado de especificación del estudio ambiental estratégico.

Estas consultas se realizaron mediante dos modalidades diferentes. La primera de ellas de forma particularizada a Administraciones públicas afectadas y público interesado vía correo ordinario con acuse de recibo. La segunda modalidad de consulta ha consistido en la puesta a disposición del público de una dirección de correo electrónico específica para facilitar y agilizar las posibles aportaciones, sugerencias e información de interés. Por otra parte, la documentación relacionada con el procedimiento de evaluación ambiental del Plan se ha publicado en la web de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

Las modalidades de información y consulta definidas son coherentes con las garantías de participación pública establecidas en la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente. De todas las entidades consultadas por el órgano ambiental, se recibieron aportaciones procedentes de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, la Consejería de Presidencia y Administración Local, y la Consejería de Turismo y Deporte.

El órgano ambiental, considerando el resultado de las consultas realizadas, elaboró el documento de alcance, al objeto de delimitar la amplitud, nivel de detalle y grado de especificación del estudio ambiental estratégico del plan. El documento de alcance fue remitido al órgano promotor, responsable de la elaboración del estudio ambiental estratégico. Atendiendo a los contenidos mínimos exigidos en el Anexo II C de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, y a la información aportada en el documento de alcance a la Secretaría General de Medio Ambiente y Cambio Climático, este órgano promotor elaboró el estudio ambiental estratégico en el que se han identificado los posibles efectos significativos sobre el medio ambiente que tendrá la aplicación del Plan, así como unas alternativas razonables técnica y ambientalmente viabl es. El estudio ambiental estratégico también ha considerado la coherencia externa con los principios y directrices de protección ambiental y desarrollo sostenible, así como su adecuación a las directrices derivadas de los planes y estrategias de naturaleza medioambiental y territorial con los que interactúa.

Independientemente de las consultas realizadas por el órgano ambiental, durante la tramitación del Plan se han realizado las consultas preceptivas y trámite de audiencia por parte del promotor según establece el Acuerdo de formulación del Plan, sometiéndose a información pública el estudio ambiental estratégico, junto con la versión preliminar del Plan, mediante Resolución de 28 de octubre de 2016, de la Secretaría General de Medio Ambiente y Cambio Climático (BOJA núm. 216, de 10 de noviembre de 2016).

El informe sobre las alegaciones estará disponible en la web de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

4. Efectos significativos sobre el medio ambiente y medidas preventivas

Al objeto de analizar los efectos ambientales del Plan, el estudio ambiental estratégico ha realizado la correspondiente identificación y valoración al mayor nivel de detalle propuesto, que son las Medidas del Plan, respecto a los aspectos ambientales indicados en el Anexo II apartado C) de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integral de Calidad Ambiental, excluyendo la salud humana, pues ninguna de las medidas a desarrollar tiene un efecto ni positivo ni negativo sobre la misma, y se han incluido dos factores socioeconómicos de crucial importancia, como son el empleo y la economía.

El Plan incluye en sus propuestas un alto componente de integración ambiental, no previéndose impactos ambientales negativos significativos en su aplicación. No obstante, algunos de sus programas de actuación pueden ocasionar efectos adversos sobre determinados factores ambientales. Seguidamente se indica un resumen de estos programas y sus efectos sobre el medio natural:

1.A.2. Desarrollo agrario sostenible basado en el uso eficiente de los recursos naturales y su conservación: La producción agrícola en Sierra Nevada ha condicionado en gran medida el paisaje, tradiciones y la forma de ser de su población, adaptándose a una orografía, climatología y una estructura de la propiedad muy diferente del resto de Andalucía. Es completamente necesario, no solo para el mantenimiento de la población y del empleo, sino también para un correcto mantenimiento del paisaje y de los hábitats y ecosistemas de la Sierra, el mantenimiento de la agricultura tradicional, así como dar un importante impulso a la agricultura ecológica, que, además de ser compatible con la conservación del medio, genera productos diferenciados y asociados al territorio.

- Efectos ambientales previsibles: El desarrollo agrario sostenible tendrá una repercusión positiva sobre el clima, la vegetación, el paisaje, el empleo, la calidad de vida y la economía. Un desarrollo intensivo de este sector podría afectar negativamente al agua y otros recursos naturales.

- Medidas de prevención de los efectos negativos: Para un adecuado desarrollo sostenible de la actividad agraria se debe controlar adecuadamente dicha actividad, sobre todo en lo referente al consumo de agua, para que este no se incremente más allá de lo que pudiera ser perjudicial. La estrategia de desarrollo agrario del espacio natural Sierra Nevada deberá basarse en un fundamentado conocimiento de este espacio concreto para respetar la capacidad de carga de los ecosistemas.

1.A.3. Desarrollo ganadero: Al igual que ocurre con la agricultura, es necesario mantener la ganadería tradicional extensiva, que se encuentra en franca recesión, no solo para el mantenimiento de la población y del empleo, sino también para un correcto mantenimiento del paisaje y de los hábitats y ecosistemas de la Sierra. Se deben implantar medidas encaminadas por un lado a la recuperación de la ganadería y razas tradicionales y autóctonas, y por otro al impulso de la ganadería ecológica. También es necesario racionalizar el uso de pastos y carga ganadera para conseguir una mayor sostenibilidad de la cabaña.

- Efectos ambientales previsibles: Una gestión holística de la ganadería tendrá un efecto positivo sobre los suelos, la vegetación y la fauna, el paisaje y la economía. Una intensificación de este sector podría afectar negativamente al clima y a los recursos naturales.

- Medidas de prevención de los efectos negativos: El desarrollo ganadero debe mantener las tasas de emisiones de gases de efecto invernadero por debajo de los niveles perjudiciales para el cambio climático. La estrategia de desarrollo ganadero del espacio natural Sierra Nevada deberá basarse en un fundamentado conocimiento de este espacio concreto y del manejo holístico de la ganadería para compatibilizar el desarrollo de la ganadería con la regeneración de los suelos.

1.B.1. Facilitar, fomentar y establecer los mecanismos para el desarrollo de productos de ecoturismo: El turismo de naturaleza es una actividad actualmente muy importante en el Espacio, convirtiéndose en una fuente de ingresos importante en muchas comarcas del área. El fomento de esta actividad debe ser una prioridad en el Plan de Desarrollo, pero sin olvidar que esta actividad debe ser sostenible en el tiempo y con el entorno. La Marca Parque Natural, como certificado de calidad y mejora ambiental debe ser impulsada e implantada más activamente entre las empresas del Parque. La Carta de Turismo Sostenible debe indicar la estrategia del turismo a implantar y servir de foro entre las administraciones y las empresas. Modernizar la empresas turísticas locales y planificar el adecuado desarrollo de la actividad deben convertirse en medidas a desarrollar.

- Efectos ambientales previsibles: El desarrollo del sector turistico asociado a la naturaleza debe tener una incidencia positiva en el empleo, la calidad de vida y la economía de los territorios serranos. Una intensificación de este sector puede repercutir negativamente en la conservación de la vegetación y la fauna.

- Medidas de prevención de los efectos negativos: Para evitar un exceso de tránsito de visitantes, en aquellas áreas de mayor fragilidad, se realizará un estudio sobre la capacidad de acogida de visitantes, de tal manera que el incremento en esta actividad no suponga una amenaza para los valores naturales ni culturales de Sierra Nevada.

1.B.2. La estación de esquí como motor de desarrollo turístico del parque: La estación de esquí de Sierra Nevada, y todos los agentes y empresas asociadas a ella, son un motor económico muy importante de la zona, debiéndose por un lado crear un espacio seguro y estable para la coordinación de agentes públicos y privados, y para la actuación de empresas e iniciativas sociales, y por otro surge la necesidad de una mayor vinculación del Espacio Natural con la estación de esquí y viceversa.

- Efectos ambientales previsibles: La Estación de Esquí y Montaña de Sierra Nevada debe ser un motor para la totalidad del Espacio, teniendo aspectos positivos en la economía y el empleo, debiendo minimizar las posibles consecuencias negativas en la vegetación y la fauna que pudiera causar un incremento de las personas visitantes en esta área.

- Medidas de prevención de los efectos negativos: Para evitar un exceso de tránsito de visitantes, en aquellas áreas de mayor fragilidad, se realizará un estudio sobre la capacidad de acogida de visitantes, de tal manera que el incremento en esta actividad no suponga una amenaza para los valores naturales ni culturales de Sierra Nevada.

2.B.3. Puerto de la Ragua abierto 365 días: El Puerto de la Ragua es el paso natural más importante de Sierra Nevada, conecta la comarca de la Alpujarra con la del Marquesado del Zenete, y constituye una encrucijada de oportunidades para las actividades recreativas, deportivas y de ecoturismo. Se ha configurado una serie de equipamientos, infraestructuras y servicios que facilitan el aprovechamiento para el ecoturismo como: senderos de pequeño, gran recorrido y de accesibilidad universal, miradores, rutas cicloturistas, ecuestres, ornitológicas y geológicas, plataforma para actividades de educación ambiental y voluntariado y zona de ocio en la nieve, etc., además de poseer área recreativa, albergue y punto de información. Este programa se basa en la utilización del Puerto de la Ragua durante todo el año y por todos los colectivos, optimizando y ampliando la oferta deportiva y recreativa existente y enlazando este enclave natural con el patrimonio cultural que poseen los municipios de estas comarcas.

- Efectos ambientales previsibles: El desarrollo del turismo en el área de influencia del puerto de la Ragua debe tener una incidencia positiva en el patrimonio cultural, el empleo, la calidad de vida, la economía de los territorios serranos y las infraestructuras. Una intensificación de este sector puede repercutir negativamente en la conservación de la vegetación y la fauna. Las medidas propuestas no tienen ningún condicionante territorial.

- Medidas de prevención de los efectos negativos: Para evitar un exceso de tránsito de visitantes, en aquellas áreas de mayor fragilidad, se realizará un estudio sobre la capacidad de acogida de visitantes, de tal manera que el incremento en esta actividad no suponga una amenaza para los valores naturales ni culturales de Sierra Nevada.

3.D.1. Infraestructuras, movilidad en el territorio: El desarrollo económico de un área deberá estar unido a una mejora de sus infraestructuras de comunicación, sin las cuales sería difícil abrirse al exterior. No solo se requieren vías de comunicación para que la población visitante pueda acceder más fácilmente, sino también la mejora de infraestructuras que conlleven una mejora de la calidad de vida de la población residente y permita un desarrollo económico del sector industrial. Siempre, como no puede ser de otra forma, respetando la protección de un espacio de especial protección como es el Parque Natural y Nacional de Sierra Nevada.

- Efectos ambientales previsibles: La movilidad en el territorio se presenta como una necesidad imperiosa, mejorando aspectos relacionados con la calidad de vida, la economía y las infraestructuras. Estas deberán contar con los informes de impacto reglamentariamente establecidos. Una deficiente ejecución de estas infraestructuras podrán conllevar perjuicios en el clima, la vegetación, la fauna y el paisaje, por lo que se tendrán en cuenta a la hora de proyectarlas. Territorialmente no se deberán proyectar en espacios de especial interés ambiental, procurando optar por las alternativas más sostenibles.

- Medidas de prevención de los efectos negativos: Los correspondientes procedimientos de evaluación ambiental.

3.D.2. Residuos inertes: El Espacio Natural de Sierra Nevada debe ser un ejemplo de gestión de residuos proveniente de la construcción y demolición. Las medidas específicas tienen que ver con la instalación de puntos limpios y otras infraestructuras de gestión.

- Efectos ambientales previsibles: Las nuevas infraestructuras pueden afectar negativamente al paisaje.

- Medidas de prevención de los efectos negativos: Los correspondientes procedimientos de evaluación ambiental.

3.D.3. Suministro eléctrico: El suministro eléctrico es deficitario en algunas comarcas de Sierra Nevada. Se deben tomar medidas encaminadas por un lado a suprimir este importante déficit, y por otro a apoyar a los municipios para adaptar su alumbrado público por uno más eficiente y medioambientalmente favorable.

- Efectos ambientales previsibles: Mejorar el suministro eléctrico es un objetivo necesario para un desarrollo para algunas áreas de Sierra Nevada, su incidencia tendrá sin duda repercusiones positivas en la economía y la calidad de vida, y se debe invertir en infraestructuras. Para que este desarrollo se considere sostenible se deben minimizar las posibles consecuencias negativas en la vegetación y el paisaje. La construcción de estas infraestructuras deberán tener en cuenta las zonas más sensibles para la conservación del medio ambiente.

- Medidas de prevención de los efectos negativos: Los correspondientes procedimientos de evaluación ambiental. Además, se elaborará una propuesta de ordenanza o de los cambios normativos oportunos para mejorar la imagen de los pueblos en relación a los cables de suministro eléctrico.

5. Seguimiento y evaluación ambiental

El órgano promotor ejecutará un programa de seguimiento ambiental con los siguientes objetivos:

- Comparar los efectos significativos previstos en el estudio ambiental estratégico con los observados durante la aplicación del plan, identificando posibles desviaciones así como efectos adversos no previstos.

- Evaluar la adecuación de las medidas correctoras contempladas para dichos efectos.

- Aplicar las oportunas medidas para corregir y evitar las posibles desviaciones observadas y los efectos no previstos.

- Valorar el grado de integración ambiental del plan y su contribución al desarrollo sostenible.

- Ofrecer una impronta actualizada de la situación medioambiental del ámbito del plan.

Para obtener una cuantificación de las afecciones ambientales existentes en el ámbito del plan, y en particular de las procedentes de los programas de actuación del propio plan, el órgano promotor recabará los valores de los indicadores definidos en la siguiente tabla, para el período temporal objeto de estudio y anteriores (para que sirvan de referencia). La referencia territorial es el ámbito del plan, aunque se considerarán los ámbitos provincial y autonómico como indicadores de contexto.

Los resultados del programa de seguimiento se plasmarán en las memorias de sostenibilidad ambiental, que serán realizadas por el promotor con la misma periodicidad que los informes de seguimiento general del plan, es decir, trienalmente. Estas memorias formarán parte de los informes de seguimiento general del plan.

Las memorias de sostenibilidad ambiental contendrán, para el período correspondiente:

- Los valores de los indicadores y la tendencia de acercamiento o alejamiento a los principios de sostenibilidad.

- Las incidencias ambientales ocurridas, en su caso.

- En base a lo anterior, un análisis del grado de integración ambiental del plan.

- Valoración de la contribución del plan al desarrollo sostenible.

- Propuesta de nuevas medidas necesarias para mejorar la integración ambiental del plan o la modificación de las existentes, en su caso.

- La conveniencia de proceder a la modificación o revisión del plan, si procede.

El órgano de seguimiento del plan podrá desarrollar y ajustar progresivamente el sistema de indicadores propuesto atendiendo al nivel de ejecución del plan y los resultados que se desprendan de las memorias de sostenibilidad durante su periodo de ejecución.

Las memorias de sostenibilidad deberán ser remitidas para su pronunciamiento a la Viceconsejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio como órgano ambiental competente en el procedimiento de evaluación ambiental.

6. Conclusiones.

El II Plan de Desarrollo Sostenible del Espacio Natural Sierra Nevada y su Área de Influencia Socio-Económica se considera viable a los solos efectos ambientales, siempre que se cumpla lo establecido en el estudio ambiental estratégico y en la presente declaración ambiental estratégica, al constituir documentos preceptivos y determinantes.

El promotor incorporará en el Plan el contenido de la declaración ambiental estratégica. Asimismo, el contenido del estudio ambiental estratégico corregido por el resultado de la información pública y las consultas y por el proceso de evaluación ambiental, deberá ser parte integrante del Plan.

Por otro lado, esta declaración ambiental estratégica se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, conforme al artículo 38.6 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. El contenido íntegro de esta declaración se podrá consultar también en la página web de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

Sevilla, 16 de julio de 2018.- El Viceconsejero, Jose L. Hernández Garijo.

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