Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 147 de 31/07/2018

1. Disposiciones generales

Consejería de Turismo y Deporte

Orden de 25 de julio de 2018, por la que se aprueba el Plan Turístico de Grandes Ciudades de Andalucía de la Ciudad de Huelva.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00140468.

El Estatuto de Autonomía para Andalucía, en su artículo 37.1.14.º, establece como uno de los principios rectores de las políticas públicas de la Comunidad Autónoma el fomento del sector turístico, como elemento económico estratégico de Andalucía. Asimismo, en su artículo 71, atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de turismo que incluye, en todo caso, la ordenación, la planificación y la promoción del sector turístico.

El artículo 9.16 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local, en el marco de lo establecido en el Estatuto de Autonomía para Andalucía, reconoce a los municipios andaluces competencias propias en materia de promoción turística, que incluye la promoción de sus recursos turísticos y fiestas de especial interés; la participación en la formulación de los instrumentos de planificación y promoción del sistema turístico en Andalucía; y el diseño de la política de infraestructuras turísticas de titularidad propia.

La Ley 13/2011, de 23 de diciembre, del Turismo de Andalucía, dispone en su Título III una serie de instrumentos y programas turísticos de planificación y ordenación de los recursos turísticos, siendo el Plan General de Turismo el instrumento básico esencial que desarrolla las especificaciones y directrices a las que deberán ajustarse el resto de instrumentos de planificación. Entre estos últimos, contempla el artículo 15 de esta norma la figura de los Planes Turísticos de Grandes Ciudades, como un conjunto de medidas dinamizadoras y participadas de fomento, dirigidas a implementar un sistema de planificación turística estratégica de la ciudad objeto de dichas actuaciones.

En desarrollo de esta figura se aprueba el Decreto 146/2016, de 30 de agosto, por el que se regulan los Planes Turísticos de Grandes Ciudades de Andalucía y los convenios de colaboración mediante los que se articulan, que serán suscritos por la persona titular de la Consejería competente en materia de turismo y la persona titular del órgano competente de la Administración local de aquellos municipios andaluces con una población de derecho superior a cien mil habitantes. La finalidad esencial de estos Planes es la promoción y el fomento del turismo en estos municipios, para reforzar el papel de los destinos en la mejora de la calidad y de la competitividad de la oferta turística andaluza, estando orientados a la consecución de los siguientes objetivos: la puesta en valor y uso de recursos turísticos, la adecuación del medio urbano al uso turístico impulsando la accesibilidad universal, el aumento de la calidad de los servicios turísticos de la ciudad, la mejora del producto turístico existente y la creación de nuevos productos basados en la explotación innovadora de los recursos, la sensibilización e implicación de la población y agentes locales en una cultura de calidad turística y el fortalecimiento de la competitividad del sector turístico local.

El Plan Turístico de Grandes Ciudades de Andalucía de la ciudad de Huelva se ha elaborado según los términos establecidos en la Resolución de 5 de octubre de 2017 de la Secretaría General para el Turismo, por la que se resuelve el procedimiento de Formulación del Plan Turístico de Grandes Ciudades de Andalucía de la Ciudad de Huelva. En el procedimiento se ha garantizado, a través de los trámites de audiencia e información pública, la participación de los agentes del sector turístico y de la ciudadanía en general, habiéndose recabado así mismo informe favorable del Consejo Andaluz de Turismo.

En su virtud, y de conformidad con la competencia atribuida por el artículo 10.2 del Decreto 146/2016, de 30 de agosto, así como en el artículo 26.2.c) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y en relación con el artículo 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

DISPONGO

Primero. Aprobación del Plan Turístico de Grandes Ciudades de la ciudad de Huelva.

1. Se aprueba el Plan Turístico de Grandes Ciudades de la ciudad de Huelva, en adelante el Plan, cuyo índice se adjunta como Anexo a la presente Orden.

2. El Plan se ajusta a las especificaciones y directrices que se contemplan en el Plan General de Turismo Sostenible de Andalucía Horizonte 2020, aprobado mediante Decreto 37/2016, de 9 de febrero.

3. El texto íntegro del Plan estará disponible en el sito web oficial de la Consejería de Turismo y Deporte: http://www.juntadeandalucia.es/turismoydeporte.

Segundo. Disponibilidad de créditos.

Este Plan de carácter programático se articulará mediante el correspondiente convenio de colaboración, quedando la programación temporal de las actuaciones previstas en el citado convenio limitadas por las disponibilidades presupuestarias existentes.

Tercero. Seguimiento del Plan.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto 232/2013, de 3 de diciembre, por el que se regula la organización y el régimen de funcionamiento del Consejo Andaluz del Turismo, este órgano recibirá puntual información sobre el desarrollo y cumplimiento del Plan.

Cuarto. Vigencia.

1. El Plan tendrá una vigencia de cuatro años a contar desde su aplicación efectiva, sin perjuicio de la posibilidad de prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales.

2. La aplicación efectiva del Plan Turístico de Grandes Ciudades de la ciudad de Huelva comenzará con la firma del Convenio de colaboración mediante el cual se articule. A efectos de lo establecido en el artículo 2 del Decreto 146/2016, de 30 de agosto, el Plan se entenderá vigente hasta la liquidación definitiva de las actuaciones contempladas en dicho Convenio.

Quinto. Efectos.

La presente Orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 25 de julio de 2018

FRANCISCO JAVIER FERNÁNDEZ HERNÁNDEZ
Consejero de Turismo y Deporte

ANEXO

ÍNDICE DEL PLAN TURÍSTICO DE GRANDES CIUDADES DE ANDALUCÍA

DE LA CIUDAD DE HUELVA

1. INTRODUCCIÓN

1.1. ANTECEDENTES: EL CAMINO ANDADO POR EL AYUNTAMIENTO

1.2. OBJETO DEL PRESENTE DOCUMENTO Y METODOLOGÍA DE TRABAJO UTILIZADA

2. DIAGNÓSTICO DE LA CIUDAD

2.1. ANÁLISIS SOCIOECONÓMICO

2.2. ANÁLISIS TURÍSTICO

2.2.1. OFERTA DE RECURSOS TURÍSTICOS

2.2.1.1. RECURSOS HISTÓRICO-ARTÍSTICOS Y CULTURALES

2.2.1.2. RECURSOS NATURALES

2.2.1.3. RECURSOS ETNOGRÁFICOS

2.2.2. OFERTA TURÍSTICA BÁSICA

2.2.2.1. OFERTA DE ALOJAMIENTO

2.2.2.2. OFERTA DE RESTAURACIÓN

2.2.3. OFERTA COMPLEMENTARIA

2.2.3.1. TURISMO ACTIVO

2.2.3.2. TURISMO NÁUTICO

2.2.3.3. TURISMO DE CRUCEROS

2.2.3.4. TURISMO MICE (MEETINGS, INCENTIVES, CONGRESS AND EVENTS)

2.2.3.5. TURISMO CULTURAL

2.2.3.6. OTRAS TIPOLOGÍAS TURÍSTICAS

2.2.3.7. SEÑALIZACIÓN TURÍSTICA E IMAGEN DEL MUNICIPIO

2.2.3.8. OFICINAS Y PUNTOS DE INFORMACIÓN TURÍSTICA

2.2.3.9. TUROPERADORES Y AGENCIAS DE VIAJES

2.2.4. DEMANDA TURÍSTICA

2.2.4.1. CONTEXTO INTERNACIONAL

2.2.4.2. CONTEXTO NACIONAL

2.2.4.3. CONTEXTO REGIONAL

2.2.4.4. CONTEXTO PROVINCIAL

2.2.4.5. ENTORNO DE LA CAPITAL

2.2.4.6. HUELVA CAPITAL

2.2.5. COMPETENCIA TURÍSTICA

2.2.6. PROMOCIÓN

2.2.6.1. CONTEXTO AUTONÓMICO

2.2.6.2. CONTEXTO PROVINCIAL: PATRONATO PROVINCIAL DE TURISMO

2.2.6.3. HUELVA CAPITAL

2.3. CONCLUSIONES Y ANÁLISIS DAFO

2.3.1. CONCLUSIONES Y DAFO SECTORIALES

2.3.1.1. ENTORNO SOCIOECONÓMICO

2.3.1.2. TURISMO CULTURAL, NATURAL Y DEPORTIVO

2.3.1.3. TURISMO MICE

2.3.1.4. TURISMO DE CRUCEROS

2.3.1.5. GESTIÓN DE EMPRESAS Y SERVICIOS TURÍSTICOS

2.3.1.6. HUELVA CAPITAL TURÍSTICA. ESTRATEGIA DE PROMOCIÓN

2.3.1.7. CAPACIDAD DE GESTIÓN DEL TERRITORIO

2.3.2. CONCLUSIONES Y DAFO INTEGRAL

3. FORMULACIÓN ESTRATÉGICA

3.1. JUSTIFICACIÓN ESTRATÉGICA

3.2. MODELO TURÍSTICO DESEADO

3.3. ORIENTACIONES O EJES ESTRATÉGICOS

4. INICIATIVAS DE CONTENIDO TURÍSTICO

4.1. ESQUEMA DE INICIATIVAS

4.2. DESCRIPCIÓN DE LAS INICIATIVAS

4.3. ADECUACIÓN DEL PTGC DE HUELVA AL PGTSA HORIZONTE 2020

4.3.1. EL PGTSA H2020: EL MARCO DE ACTUACIÓN

4.3.2. ESPECIFICACIONES Y DIRECTRICES DEL PGTSA2020 A LAS QUE SE SOMETERÁ EL PTGC DE HUELVA

4.4. CRONOGRAMA DE IMPLEMENTACIÓN

4.5 CONTRIBUCIÓN DE LAS INICIATIVAS A LO DISPUESTO EN EL ART. 3.5. DEL DECRETO 146/2016

5. MARCO FINANCIERO DEL PLAN

6. CAUSAS Y PROCEDIMIENTO DE MODIFICACIÓN Y EXTINCIÓN DEL PLAN

6.1. MODIFICACIÓN: CAUSAS Y PROCEDIMIENTO

6.2. EXTINCIÓN: CAUSAS Y PROCEDIMIENTO

7. GESTIÓN DEL PLAN

8. HERRAMIENTAS DE COORDINACIÓN, COOPERACIÓN Y COLABORACIÓN

9. MECANISMOS DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL PLAN

10. ACCIONES PARA LA DIFUSIÓN Y CONOCIMIENTO DEL PLAN

11. PERIODO DE VIGENCIA DEL PLAN

Descargar PDF