Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 159 de 17/08/2018

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia e Interior

Resolución de 12 de junio de 2018, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de Andalucía la cancelación y baja de la Fundación Cuidar en Casa.

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Visto el expediente por el que se solicita la inscripción de la baja y cancelación en el Registro de Fundaciones de Andalucía, de la Fundación Cuidar en Casa, sobre la base de los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 14 de marzo de 2018 se dicta resolución por esta Dirección General en virtud de la cual, conforme al acuerdo adoptado por el Patronato en sesión celebrada el día 30 de junio de 2016, sobre extinción de la fundación y destino del remanente de bienes resultante de la liquidación a favor de la Asociación Aspace-Sevilla y la Asociación Corazón y Vida, ambas declaradas de utilidad pública, se ratifica por el Protectorado el citado acuerdo de extinción de la Fundación Cuidar en Casa, así como el balance de liquidación aprobado por dicho órgano de gobierno.

Así mismo, se acuerda la adjudicación del remanente de bienes de la fundación resultante de la liquidación practicada, y se inscribe en el Registro de Fundaciones de Andalucía, la extinción y liquidación de la Fundación.

Finalmente, se ordena que, por el Patronato de la Fundación, se proceda a la realización de las operaciones de liquidación, debiéndose remitir, una vez concluidas, copia de los documentos en que se haya formalizado el destino dado a los bienes fundacionales a efectos de inscripción de la baja de la Fundación en el Registro de Fundaciones de Andalucía y correspondiente publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Segundo. Conforme a lo ordenado en la resolución dictada por el Protectorado, se aporta con fecha 24 de mayo de 2018 documentos suscritos por las entidades beneficiarias del remanente antes mencionadas, por las que se acredita la percepción por cada una de ellas, en partes iguales, de la cantidad de 15.023,04 euros, en concepto de reparto de remanente por extinción, suscritos ambos escritos con fecha 9 de mayo de 2018. Así mismo, se aporta documento justificativo de cancelación de la cuenta de la Fundación expedido por la entidad Triodos Bank.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Resultan de aplicación para la resolución del procedimiento: el artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general; el artículo 79.2 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía; la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía; el Reglamento de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía aprobado mediante Decreto 32/2008, de 5 de febrero; el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Segundo. Al expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose los requisitos previstos en los artículos 42 y 43 de la Ley 10/2005 y en el 40 del Decreto 32/2008, así como el artículo 36 del Decreto 279/2003.

Tercero. Consta en el expediente que la liquidación acordada por el Patronato de la Fundación fue comunicada en fecha al Protectorado de Fundaciones de Andalucía, de acuerdo con lo establecido en el artículo 42 de la Ley 10/2005.

Esta Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, a quien corresponde el ejercicio del Protectorado sobre las Fundaciones Andaluzas regulado en la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y el Decreto 32/2008, de 5 de febrero, así como las funciones del Registro de Fundaciones de Andalucía, creado mediante el Decreto 279/2003, de 7 de octubre, y todo ello de acuerdo con el artículo 10.4 del Decreto 214/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia e Interior, modificado por el Decreto 142/2017, de 29 de agosto, vistos los preceptos legales citados y demás de pertinente aplicación,

RESUELVE

Primero. Cancelar los asientos de la fundación extinguida en el Registro de Fundaciones de Andalucía, dando de baja a la Fundación Cuidar en Casa.

Segundo. Ordenar la notificación de la presente resolución a la Fundación y su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.5 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, ante la Consejera de Justicia e Interior.

Sevilla, 12 de junio de 2018.- El Director General, Francisco Muñoz Aguilera.

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