Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 199 de 15/10/2018

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Salud

Resolución de 8 de octubre de 2018, de la Dirección General de Profesionales del Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueban las listas provisionales de personas aspirantes que han superado el concurso-oposición por el sistema de promoción interna de Administrativo/a, y se anuncia la publicación de dichas listas.

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De conformidad con lo establecido en la base 9 del Anexo I de la Resolución de 14 de abril de 2015 (BOJA núm. 74, de 20 de abril), por la que se convoca concurso-oposición, por el sistema de promoción interna, para cubrir plazas básicas vacantes de Administrativo/a dependientes del Servicio Andaluz de Salud, corregida por Resolución de 14 de mayo de 2015 (BOJA núm. 94, de 19 de mayo), por Resolución de 18 de julio de 2016 (BOJA núm. 141, de 25 de julio) y por Resolución de 21 de octubre de 2016 (BOJA núm. 209, de 31 de octubre); finalizada la valoración de los méritos autobaremados y acreditados, y de los requisitos alegados por los aspirantes conforme al baremo establecido en el Anexo II de la citada Resolución de 13 de abril de 2015 (BOJA núm. 74, de 20 de abril) y sus correcciones; y en uso de las atribuciones que tiene conferidas en virtud de lo dispuesto en el Decreto 136/2001, de 12 de junio (BOJA núm. 80, de 14 de julio), modificado por el Decreto 176/2006, de 10 de octubre (BOJA núm. 209, de 27 de octubre), por el que se regulan los sistemas de selección del personal estatutario y de provisión de plazas básicas en los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, y en el Decreto 208/2015, de 14 de julio (BOJA núm. 136, de 15 de julio), por el que se establece la estructura de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud,

RESUELVE

Primero. Aprobar, a propuesta de los Tribunales Calificadores, las listas provisionales de personas aspirantes que han superado el concurso-oposición por el sistema de promoción interna de las siguientes categorías y especialidades:

- Administrativo/a.

Las citadas listas se publican por orden alfabético y de puntuación, y las mismas indican la puntuación consignada por las personas aspirantes en cada uno de los apartados del autobaremo de méritos presentado, la puntuación asignada por los Tribunales Calificadores en cada uno de los apartados del baremo de méritos, la puntuación total obtenida en la fase de concurso, la puntuación obtenida en la fase de oposición y la puntuación total obtenida en el concurso-oposición.

Segundo. Aprobar las listas provisionales de personas aspirantes que no han superado el concurso-oposición, ordenadas alfabéticamente, con indicación de la puntuación consignada por los aspirantes en cada uno de los apartados del autobaremo presentado, la puntuación obtenida en la fase de oposición, y la puntuación total obtenida en el concurso-oposición.

Tercero. Aprobar las listas provisionales de personas aspirantes excluidas de la fase de concurso, con indicación de la causa de exclusión.

Cuarto. Publicar, como anexo a esta resolución, la relación de causas de exclusión.

Quinto. Anunciar que las citadas listas provisionales se encontrarán expuestas al público en los tablones físicos o virtuales de los Servicios Centrales del Servicio Andaluz de Salud y de las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Salud, así como en la página web del Servicio Andaluz de Salud (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud), a partir del mismo día de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sexto. Las personas aspirantes disponen de un plazo de 15 días hábiles, para formular alegaciones contra la misma que deberán presentarse a través de la Ventanilla Electrónica de la persona Candidata (VEC) que está disponible en la página web del Servicio Andaluz de Salud (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud).

El plazo alegaciones establecido en el párrafo anterior se iniciará el undécimo día hábil posterior a la fecha de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Las personas aspirantes tendrán disponible en la Ventanilla Electrónica de la persona Candidata (VEC) desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía la vista de su expediente, disponiendo de esta forma de un tiempo adecuado para que puedan recabar, en su caso la documentación necesaria antes del inicio del plazo de alegaciones.

Dichas alegaciones, que no tendrán carácter de recurso, serán admitidas o denegadas por medio de la resolución que apruebe las listas definitivas de personas aspirantes que superen el concurso oposición, cuya publicación servirá de notificación a las personas interesadas.

Sevilla, 8 de octubre de 2018. - La Directora General, Celia Gómez González.

ANEXO

CAUSAS DE EXCLUSIÓN

01. No presenta la documentación en plazo y conforme a lo establecido en la resolución por la que se equiere la documentación acreditativa de requisitos y méritos alegados y autobaremados
02. Superó la fase de oposición y no participa en la fase de concurso
03. Participa en la fase de concurso y no superó la fase de oposición
04. Desistimiento
05. Fallecimiento
06. No acredita la edad mínima exigida en la convocatoria
07. Supera la edad de jubilación
08. No acredita el requisito de nacionalidad exigida en la convocatoria
09. Tiene nombramiento de personal estatutario fijo en la categoría/especialidad a la que se presenta
10. No acredita estar en posesión del/de los requisito/s de titulación exigido/s en la convocatoria
12. Promoción Interna: Debe acreditar encontrarse en situación de servicio activo en el SAS, en la categoría/especialidad desde la que concursa
13. Promoción Interna: Debe acreditar nombramiento de personal estatutario fijo del SAS, con antigüedad mínima de dos años, en la categoría/especialidad desde la que concursa
14. Promoción Interna: La promoción Interna exige que el nombramiento de personal estatutario fijo en categoría de procedencia requiera una titulación de nivel académico igual o inferior
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