Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 222 de 16/11/2018

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Universidades

Resolución de 12 de noviembre de 2018, de la Universidad de Almería, por la que se anuncia avance de la convocatoria para la contratación temporal de Personal Investigador Doctor, en el Marco del Sistema Nacional de Garantía Juvenil y del Programa Operativo de Empleo Juvenil 2014-2020.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00145897.

Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.

El Programa Operativo de Empleo Juvenil 2014-2020, que se desarrolla en el marco del Fondo Social Europeo (FSE), es el principal instrumento por el que se implanta la Iniciativa de Empleo Juvenil y se ponen en marcha los sistemas de Garantía Juvenil, con el fin último de combatir el altísimo desempleo de las personas jóvenes, entre ellas, aquéllas que han finalizado su etapa formativa y tienen dificultades para encontrar un primer empleo. La Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, modificada por el Real Decreto-Ley 6/2016, de 23 de diciembre, de medidas urgentes para el impulso del Sistema Nacional de Garantía Juvenil fue publicada con varios objetivos, entre ellos, el de regular el régimen de implantación del Sistema de Garantía Juvenil en España, con la intención de reforzar la empleabilidad y las competencias profesionales del colectivo formado por personas jóvenes no ocupadas y no integradas en los sistemas de educación o formación.

Entre las acciones a financiar se incluye el «Fomento del empleo para jóvenes investigadores/as», con respecto a la cual se recoge lo siguiente: «Se establecerán medidas de apoyo a la contratación de los jóvenes investigadores, así como para apoyar proyectos de alto valor añadido y aplicación práctica en Universidades, Organismos Públicos de Investigación y Departamentos de I+D+i de las Empresas. Estas medidas estarán destinadas, prioritariamente, a jóvenes con niveles medios y altos de cualificación».

Para contribuir a la consecución de este objetivo, la Junta de Andalucía, a través de la Consejería de Conocimiento, Investigación y Universidad, cofinancia en el marco del citado Programa Operativo de Empleo Juvenil, actuaciones que promuevan la contratación de jóvenes investigadores.

En el marco de esta iniciativa financiada por el Fondo Social Europea y la Junta de Andalucía, la Universidad de Almería, queda autorizada a realizar convocatorias de Personal Investigador Doctor con titulación universitaria de doctor, en función de los recursos que pueda recabar de ambas instituciones.

La financiación de las actuaciones previstas en la Convocatoria objeto de esta Resolución, será con cargo íntegro a la transferencia de financiación que ha de producirse a favor de la Universidad de Almería, mediante Resolución de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología de la Consejería de Conocimiento, Investigación y Universidad, dentro del programa presupuestario «Investigación, Ciencia e Innovación», y de la partida presupuestaria denominada «A Universidades de Andalucía, contratación de jóvenes investigadores, y de personal técnico de apoyo a la investigación y a la gestión e internacionalización de la I+D+i», cuyo montante se cofinancia con los recursos del Fondo Social Europeo y los propios de la Junta de Andalucía que se destinará necesariamente a financiar la retribución bruta, más la correspondiente cuota empresarial a la Seguridad Social.

Si por cualquier causa sobrevenida no imputable a la universidad los contratos a los que se refiere esta convocatoria no pudieran formalizarse, no podrá exigirse responsabilidad alguna a la Universidad de Almería por esta circunstancia.

1. Gestión de la convocatoria.

La convocatoria será efectuada por resolución del Rectorado de la Universidad de Almería, que será publicada en la siguiente dirección web:

http://cms.ual.es/UAL/universidad/serviciosgenerales/uinvestigacion/Pagina/DR_GARANTIA_JUVENIL

2. Solicitudes.

Las solicitudes se dirigirán al Vicerrector de Investigación, Desarrollo e Innovación conforme al modelo disponible en la citada dirección web, con el contenido que se establezca en la convocatoria.

La presentación de las solicitudes se realizará en el modelo normalizado incluido en la convocatoria, acompañada de la documentación indicada en la misma y la presentarán en formato papel en el Registro General de la Universidad o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dentro del plazo establecido en la convocatoria.

La convocatoria especificará las plazas ofertadas, la titulación exigida para cada plaza, documentación a presentar por los solicitantes, medios de comunicación y publicación y demás datos necesarios para su tramitación y gestión. En todo lo no previsto en la convocatoria será de aplicación supletorio el Reglamento para la contratación de personal científico y técnico en régimen de dedicación laboral temporal con cargo a proyectos, contratos y grupos de investigación de 30 de mayo de 2012.

2.1. Los requisitos de participación en esta convocatoria son los siguientes:

Generales.

2.1.1. Estar inscrito en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil y ser beneficiario del Programa, conforme a los requisitos y al procedimiento establecido en los artículos 97 y 98 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, en su modificación dada por el Real Decreto-Ley 6/2016, de 23 de diciembre.

2.1.2 Tener nacionalidad española o ser ciudadanos de la Unión Europea o de los Estados parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o Suiza, que se encuentren en España en ejercicio de la libre circulación y residencia.

2.1.3. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

2.1.4. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria que impida en su Estado el acceso al empleo público.

2.1.5. En el caso de extranjeros no comunitarios, poseer el visado que les autorice para trabajar de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, en su reforma dada por la Ley Orgánica 2/2009, de 11 de diciembre, y la correspondiente autorización administrativa.

2.2. Específicos.

2.2.1. Estar en posesión de la titulación universitaria superior requerida, de acuerdo con el puesto de trabajo convocado en los anexos de la convocatoria.

2.2.2. Plazo de presentación de solicitudes.- Será fijado en la convocatoria que se publicará en la web citada, en el mes de noviembre de 2018.

3. Recursos.

La convocatoria fijará los recursos que se puedan interponer de acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa en virtud de los artículos 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y 62 de los Estatutos de la Universidad de Almería, podrán los interesados interponer, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Almería, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de este escrito, según disponen los artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio); o con carácter potestativo recurso de reposición ante el Rector, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Almería, 12 de noviembre de 2018.- El Rector, Carmelo Rodríguez Torreblanca.

Descargar PDF