Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 233 de 03/12/2018

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 15 de noviembre de 2018, del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga, dimanante de autos núm. 362/2018.

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Procedimiento: Procedimiento Ordinario 362/2018. Negociado: A1.

NIG: 2906744420180004775.

De: Doña Joanna Elzibeta Chominska.

Abogado: Gema Jiménez Bao.

Contra: Fondo Garantía Salarial e Ikono Soluciones, S.L.

EDICTO

Don Juan Carlos Ruiz Zamora, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 362/2018 a instancia de la parte actora doña Joanna Elzibeta Chominska contra Fondo Garantía Salarial e Ikono Soluciones, S.L., sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado Resolución de fecha 15.11.18 del tenor literal siguiente:

F A L L O

Que debo estimar y estimo la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por doña Joanna Elzibeta Chominska frente a Ikono Soluciones, S.L., sobre cantidad debo condenar y condeno a Ikono Soluciones, S.L., a que abone a doña Joanna Elzibeta Chominska la cantidad de 2.675,40 euros de salario adeudado, más 267,54 euros de mora.

Que debo declarar y declaro que la administración concursal de la demandada y Fogasa deben estar y pasar por la anterior declaración.

Notifíquese la presente resolución a las partes informándosele que la misma es firme y contra ella, en virtud de lo dispuesto en el art. 191 de la LRJS, no cabe recurso.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Diligencia de publicación. La extiendo yo el Sr. Letrado de Administración de Justicia para dar fe de que la anterior resolución se publicó en el día de su fecha, estando el Ilmo. Sr. Magistrado que la dictó celebrando Audiencia Pública. Reitero fe.

Y para que sirva de notificación a la demandadoa, Ikono Soluciones, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletin Oficial de la Junta de Andalucía con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a quince de noviembre de dos mil dieciocho.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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