Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 46 de 07/03/2018

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 19 de abril de 2017, del Juzgado de Primera Instancia núm. 3 de Málaga, dimanante de autos núm. 677/2006. (PP. 549/2018).

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NIG: 2906742C20060013828.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 677/2006. Negociado: 7.

Sobre: Ordinario: Resto, reclamacion de cantidad.

De: Doña Antonia Navarrete Caro.

Procuradora: Sra. Rocío Molina Tejerina.

Letrada: Sra. María Visitación Rey Lesaca.

Contra: Bodegas Báez Málaga, S.L., y M.ª Josefa Báez García (Ador. Único).

EDICTO

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 677/2006 seguido a instancia de Antonia Navarrete Caro frente a Bodegas Báez Málaga, S.L., y M.ª Josefa Báez García se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo literal es el siguiente:

SENTENCIA NÚM. 72

En Málaga, a 28 de mayo de dos mil diez.

En nombre de S.M. El Rey, la Sra. Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Tres, de esta ciudad y su partido, doña Elizabeth López Ledesma, ha visto los presentes autos de Juicio Ordinario, seguidos en este Juzgado, con el núm. 677/06, a instancia de Antonia Navarrete Caro, representada por el Procurador don González Illescas, contra Bodegas Báez Málaga, S.L., y María Josefa Báez García (en calidad de Administradora única), derivado de las relaciones comerciales mantenidas entre ambas partes en virtud de contrato de compraventa de mercancías suministradas entre las fechas 14 de junio de 2002 a 21 de octubre de 2002, entregando como medio de pago cinco pagarés, los cuales resultaron impagados, constando en las actuaciones sus demás circunstancias personales y recayendo la presente resolución en base a los siguientes

FALLO

Que estimando como estimo la demanda presentada por el Procurador don González Illescas, en nombre y representación de Antonia Navarrete Caro, debo condenar y condeno a la demandada Bodegas Báez Málaga, S.L., y María Josefa Báez García a pagar a la actora la suma de catorce mil ciento treinta euros con veintiún céntimos (14.130,21 euros), más los intereses devengados desde la fecha de vencimiento de los pagarés calculados al tipo de interés legal del dinero incrementado en dos puntos, hasta la fecha de la presente resolución, con expresa imposición de costas a la parte demandada.

Líbrese y únase certificación de esta sentencia a las actuaciones, con inclusión de la original en el libro de sentencias.

La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días a partir del siguiente a su notificación (artículo 455 LEC).

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Leída y publicada fue la anterior sentencia por la Sra. Juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha. Doy fe.

Y encontrándose dicho demandado, Bodegas Báez Málaga, S.L., y M.ª Josefa Báez García, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Málaga a diecinueve de abril de dos mil diecisiete.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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