Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 85 de 04/05/2018

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 24 de abril de 2018, del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla, dimanante de autos núm. 314/2013.

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Procedimiento: Procedimiento Ordinario 314/2013. Negociado: 4i.

NIG: 4109144S20130003377.

De: Doña M.ª Dolores Maqueda Rica, doña Josefa López Núñez y doña M.ª Isabel Jiménez Molina.

Abogada: Doña Irene Lara Cañamero.

Contra: Orlimtec, S.L.

EDICTO

Doña Araceli Gómez Blanco, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 314/2013 a instancia de la parte actora doña M.ª Dolores Maqueda Rica, doña Josefa López Núñez y doña M.ª Isabel Jiménez Molina contra Orlimtec, S.L., sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado Sentencia del tenor literal siguiente:

F A L L O

Que estimando como estimo la demanda interpuesta por el actor doña María Dolores Maqueda Rica, doña María Isabel Giménez Molina y doña Josefa López Núñez, contra la empresa Orlimtec, S.L., debo condenar y condeno a la demandada a que abone a cada una de los actores las siguientes sumas:

Doña María Dolores Maqueda Rica 1.295,44 €

Doña María Isabel Giménez Molina 1.217 €, y

Doña Josefa López Núñez 1.217 €;

con más el 10% de intereses de demora computados desde la fecha de vencimiento de cada una de las nóminas reclamadas y hasta la data de la presente sentencia, pasándose a devengar desde el día siguiente a la misma, y hasta que se produzca el pago efectivo, los intereses previstos en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, calculados sobre la suma del principal más los intereses del artículo 29 ETT antes referidos.

Notifíquese la presente resolución a los partes, previniéndolas de que la misma es firme y haciéndoles saber que contra ella no cabe interponer recurso ordinario alguno.

Así por esta mi sentencia firmemente juzgando en única instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado Orlimtec, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a veinticuatro de abril de dos mil dieciocho.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

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