Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 106 de 05/06/2019

4. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Andalucía

Edicto de 21 de mayo de 2019, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucia, Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, dimanante de autos núm. 704/2014.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00156671.

E D I C T O

Se hace saber que en el recurso contencioso-administrativo número 704/2014, promovido por Asociación Defiendo mi Derecho y la Gestión Pública contra Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía, se ha dictado por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, sentencia en fecha 24 de febrero de dos mil dieciséis, que ha alcanzado el carácter de firme y cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

«Fallamos: Que rechazando la causa de inadmisibilidad debemos estimar y estimamos en parte el recurso contencioso- administrativo interpuesto por Asociación “Al-Andalus” de Empleados Públicos de la Junta de Andalucía, Asociación Defiendo mi Derecho y Gestión Pública, contra el Decreto 122/2014, de 26 de agosto (BOJA núm. 171, de 3 de septiembre), por el que se modifican los Estatutos de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía aprobados por Decreto 26/2007, de 6 de febrero, declarando la nulidad de la disposición final que da nueva redacción a los apartados 1 y 2 del Decreto 59/2005, de 1 de marzo, por su disconformidad con el Ordenamiento Jurídico. Sin Costas.

Notifíquese a las partes la presente resolución indicándoles que contra la misma cabe interponer recurso de casación ante la Sala Tercera de Tribunal Supremo, recurso que habrá de prepararse ante este Tribunal en los diez días siguientes a la notificación de la presente resolución.»

Lo que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA), se hace público para general conocimiento.

En Sevilla, a veintiuno de mayo de dos mil diecinueve.- La Letrada de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

Descargar PDF