Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 123 de 28/06/2019

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Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible

Anuncio de 24 de junio de 2019, de la Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible en Cádiz, sobre notificación de actos administrativos en expedientes sancionadores.

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Notificación de providencias recaídas en expedientes sancionadores que se siguen en esta Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible por presuntas infracciones a la normativa vigente atribuidas a la competencia de este organismo. A los efectos de notificación previstos en el art. 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, habida cuenta que no ha sido posible la notificación en el último domicilio de los interesados, ignorándose su actual paradero, la Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible ha resuelto la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de las providencias que se indican a continuación, significándole que tales providencias quedarán de manifiesto para los interesados en la Sección de Informes y Sanciones, Plaza Asdrúbal, s/n, 3.a planta, Edificio Junta de Andalucía, Cádiz, concediéndose los plazos de contestación y recurso que, respecto del acto notificado, se indican a continuación.

Acuerdo de Incoación: 15 días hábiles, alegaciones y pruebas ante el Sr. Instructor del expte.

Propuesta de resolución: 15 días hábiles, alegaciones ante el Sr. Instructor.

Resolución: 1 mes, recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible.

Imposición de multa coercitiva: 1 mes, recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible.

1. Expte.: CA/2018/1176/GC/PA.

- Interesado/a con NIF/NIE/CIF/Pasaporte: 75784350V.

- Acto notificado: Resolución definitiva del procedimiento sancionador.

- Contenido: Los hechos cuya realización se consideran suficientemente probado constituyen infracción administrativa expresamente tipificada como tal por el art. 147.1.a), de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, calificada como Grave, según el mismo artículo y normativa.

- Sanción: Multa pecuniaria por importe de 1.000 euros.

2. Expte.: CA/2018/1390/GC/CAZ.

- Interesado/a con NIF/NIE/CIF/Pasaporte: 44054343M.

- Acto notificado: Resolución definitiva del procedimiento sancionador.

- Contenido: El 1.º de los hechos cuya realización se consideran suficientemente probado constituyen infracción administrativa expresamente tipificada en art. 77.7 de la Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la Flora y la Fauna Silvestres, calificada como Grave, según el mismo artículo y normativa. El 2.º de los hechos cuya realización se consideran suficientemente probado constituyen infracción administrativa expresamente tipificada en art. 77.8 de la Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la Flora y la Fauna Silvestres, calificada como Grave, según el mismo artículo y normativa.

- Sanción: Multa pecuniaria por importe de 1.202 euros.

- Indemnización: 76 euros.

3. Expte.: CA/2019/125/GC/EP.

- Interesado/a con NIF/NIE/CIF/Pasaporte: 31840715K.

- Acto notificado: Propuesta de resolución.

- Contenido: Los hechos cuya realización se consideran suficientemente probado, constituyen infracción administrativa expresamente tipificada en art. 73.1 de la Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la Flora y la Fauna Silvestres, calificada como Leve, según el mismo artículo y normativa.

- Sanción: Multa pecuniaria por importe de 150 euros.

- Otras obligaciones no pecuniarias: Dejar de exponer al animal en público, salvo que obtenga autorización.

4. Expte.: CA/2019/146/AGMA/PA.

- Interesado/a con NIF/NIE/CIF/Pasaporte : B11821402.

- Acto notificado: Acuerdo de iniciación de procedimiento sancionador y formulación de cargos.

- Contenido: Infracción tipificada en art. 141.1.a) de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, calificada como Grave, según el mismo artículo y normativa.

- Sanción: Multa por importe de 9.000 euros concurriendo la circunstancia del art. 157.1.j) de la Ley 7/2007.

- Otras obligaciones no pecuniarias: Obligación de adoptar las mediadas necesarias para hacer efectivo el control, seguimiento y mantenimiento con el fin de evitar que se produzcan vertidos como los denunciados, que se realice un adecuado control de sus instalaciones, y requerirle la pertinente autorización.

5. Expte.: CA/2019/158/GC/CAZ.

- Interesado/a con NIF/NIE/CIF/Pasaporte: 49036184T.

- Acto Notificado: Propuesta de resolución.

- Contenido: El 1.º de los hechos cuya realización se consideran suficientemente probado constituyen infracción administrativa expresamente tipificada en art. 77.12 de la Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la Flora y la Fauna Silvestres, calificada como Grave, según el mismo artículo y normativa. El 2.º de los hechos cuya realización se consideran suficientemente probado constituyen infracción administrativa expresamente tipificada en art. 77.7 de la Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la Flora y la Fauna Silvestres, calificada como Grave, según el mismo artículo y normativa. El 3.º de los hechos cuya realización se consideran suficientemente probado constituyen infracción administrativa expresamente tipificada en art. 77.8 de la Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la Flora y la Fauna Silvestres, calificada como Grave, según el mismo artículo y normativa.

- Sanción: Multa pecuniaria por importe de 1.300 euros.

- Otras obligaciones no pecuniarias: La suspensión o inhabilitación para la obtención de la licencia de caza por un periodo de un mes.

Cádiz, 24 de junio de 2019.- El Delegado, Daniel Sánchez Román.

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