Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 144 de 29/07/2019

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible

Resolución de 17 de julio de 2019, de la Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos, por la que se aprueba el procedimiento administrativo acumulado de desafectación y modificación parcial del trazado de las vías pecuarias denominadas «Cañada Real de los Potros», «Cañada Real de la Rambla Seca» y «Colada del Camino del Monte», en término municipal de Darro, provincia de Granada.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00159758.

EXPTE. VP@1084/2017

Examinado el expediente que acompaña la propuesta de desafectación y modificación parcial del trazado de las vías pecuarias denominadas «Cañada Real de los Potros», «Cañada Real de la Rambla Seca» y «Colada del Camino del Monte», en término municipal de Darro, provincia de Granada, se desprenden los siguientes:

HECHOS

Primero. Las vías pecuarias denominadas «Cañada Real de los Potros» y «Cañada Real de la Rambla Seca», en término municipal de Darro, provincia de Granada, están clasificadas por Orden Ministerial de 8 de marzo de 1954, publicada en el Boletín Oficial del Estado núm. 82, de fecha 23 de marzo de 1954.

Segundo. En aplicación de lo determinado por el artículo 50 del Real Decreto 2878/1978 de 3 de noviembre por el que se aprobó el Reglamento de aplicación de la Ley 22/1974 de 27 de junio de Vías Pecuarias, vigente en el momento de la concentración parcelaria cuyo tenor «Las vías pecuarias existentes en una zona de concentración, conforme al nuevo trazado de ellas, tendrán la condición de bienes de dominio público, que señala el articulo uno de Reglamento, y se considerarán como clasificados, deslindados y amojonados», las vías pecuarias «Cañada Real de los Potros», «Cañada Real de la Rambla Seca» y «Colada del Camino del Monte», se encuentran clasificadas y deslindadas.

Tercero. Por Resolución de 11 de octubre de 2018, la Viceconsejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, a instancia de parte interesada, se acuerda iniciar el procedimiento administrativo acumulado de desafectación y modificación parcial del trazado de las vías pecuarias denominadas «Cañada Real de los Potros», «Cañada Real de la Rambla Seca» y «Colada del Camino del Monte», en término municipal de Darro, provincia de Granada.

La modificación de trazado conlleva, de conformidad con el artículo 11 de la Ley 3/95, de 23 de marzo y artículo 32 del Decreto 155/98, de 21 de julio, la previa desafectación del dominio público.

En aplicación del principio de «Economía procedimental y Eficacia», se propone a la instrucción conjunta de ambos procedimientos, desafectación y modificación parcial de trazado, sin perjuicio del cumplimiento estricto de las exigencias sustantivas y de las garantías procedimentales que a cada procedimiento por separado son exigibles.

La Comisión Interdepartamental Provincial de Medio Ambiente emitió el Informe Ambiental favorable para la instalación de una planta de molienda y clasificación de granulados de carbonato cálcico a la entidad Omya Clariana, S.L.U., en la que se establece como condicionante, entre otros, utilizar caminos alternativos de acceso a la explotación que no discurrieran por la red de vías pecuarias clasificadas y deslindadas de Darro.

Con el objetivo de dar cumplimiento al Informe Ambiental y ante la imposibilidad de acceder a las instalaciones por caminos distintos a vías pecuarias, la parte interesada, solicita a la Delegación Territorial la modificación de trazado de las vías necesarias para el adecuado acceso a sus instalaciones, variando para ello ligeramente el eje de la traza original de las vías pecuarias afectadas.

La parte interesada, se compromete a garantizar la integridad superficial, la continuidad y la idoneidad del nuevo trazado de las vías pecuarias, de conformidad con lo establecido en el artículo 32 del Decreto 155/1998, de 21 de julio.

Asimismo se comprometen al acondicionamiento del nuevo trazado conforme acuerde la Delegación Territorial en Granada, no suponiendo incremento presupuestario para la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible.

Cuarto. Redactada la proposición de desafectación y modificación parcial del trazado se somete a exposición pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada núm. 223, de fecha 21 de noviembre de 2018.

Quinto. El Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía emitió el preceptivo Informe con fecha 28 de mayo de 2019 en el que se constata que el procedimiento administrativo acumulado de desafectación y modificación parcial del trazado se ha instruido de conformidad con el legalmente establecido.

A la vista de tales antecedentes son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Compete a la Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos la resolución del procedimiento de deslinde, en virtud de lo preceptuado en el Decreto 103/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible y en el artículo 37.1 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Segundo. Al presente acto administrativo le es de aplicación lo establecido en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, el Decreto 155/1998, de 21 de julio, y la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y demás legislación aplicable al caso.

Tercero. Durante la instrucción del procedimiento no se han presentado alegaciones.

Considerando que la presente desafectación y modificación parcial del trazado ha seguido el procedimiento legalmente establecido en la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con sujeción a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias y al Decreto 155/1998, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás legislación aplicable.

Considerando que queda garantizada la continuidad, el tránsito ganadero y los demás usos complementarios y compatibles con aquél.

Vistos, la propuesta favorable de desafectación y modificación parcial del trazado formulada por la Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible en Granada, el Informe del Gabinete Jurídico de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía, de fecha 28 de mayo de 2019, así como el Informe Propuesta de fecha 16 de julio de 2019 de la Oficina para el Plan de Vías Pecuarias.

RESUELVE

Aprobar la desafectación y modificación parcial del trazado de las vías pecuarias denominadas «Cañada Real de los Potros», «Cañada Real de la Rambla Seca» y «Colada del Camino del Monte», en término municipal de Darro, provincia de Granada, en función de la descripción y a las coordenadas que a continuación se detallan:

Características del Trazado Original a desafectar.

«Cañada Real de los Potros».

Longitud (m): 505,44 Anchura Legal (m): 8 Superficie (m2): 4.228,17

«Cañada Real de la Rambla Seca».

Longitud (m): 852,04 Anchura Legal (m): 8 Superficie (m2): 6.858,88

«Colada del Camino del Monte.»

Longitud (m): 104,86 Anchura Legal (m): 8 Superficie (m2): 838,90

Características del Trazado Resultante o Alternativo.

«Cañada Real de los Potros».

Longitud (m): 510,00 Anchura Legal (m): 8 Superficie (m2): 4.078,60

«Cañada Real de la Rambla Seca».

Longitud (m): 864,00 Anchura Legal (m): 8 Superficie (m2): 6.912,04

«Colada del Camino del Monte».

Longitud (m): 106,00 Anchura Legal (m): 8 Superficie (m2): 798.78

Descripción registral del trazado original a desafectar.

«Cañada Real de los Potros».

La vía pecuaria denominada «Cañada Real de Los Potros», en el término municipal de Darro, en la provincia de Granada constituye una parcela de forma más o menos rectangular con una orientación Sur-Norte, con una anchura de 8 metros y una longitud de 505,44 metros y cuyos linderos son:

Inicio: Linda con la misma vía pecuaria Cañada Real de Los Potros, en el término municipal de Darro, en la provincia de Granada y con las parcelas catastrales 501/75 y 501/9049.

Margen derecha: Linda de forma consecutiva con las parcelas catastrales: 501/9049, 501/270, 501/5805, 501/5804, 501/9049, 501/5802, 501/486, 501/9055 y 501/9049 del t.m. de Darro (Granada).

Margen izquierda: Linda de forma consecutiva con las parcelas catastrales: 501/75, 501/76, 501/9049, 501/575 y 501/9049 del t.m. de Darro (Granada).

Final: Cañada Real de los Potros en Darro (Granada) y con la parcela catastral 501/9049.

LISTADO DE COORDENADAS U.T.M. REFERIDAS AL HUSO 30, EN EL SISTEMA DE REFERENCIA ETRS89, DEL TRAMO A DESAFECTAR DE LA VÍA PECUARIA DENOMINADA CAÑADA REAL DE LOS POTROS, EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE DARRO (GRANADA).

PUNTO XX Y PUNTO X Y
41D 474384,25 4134527,45 41I 474378,22 4134532,74
42D 474457,14 4134599,46 42I 474451,49 4134605,12
43D 474522,10 4134664,89 43I 474516,02 4134670,12
44D 474557,97 4134713,12 44I 474551,46 4134717,78
45D 474601,30 4134776,28 45I 474594,72 4134780,82
46D 474641,88 4134834,89 46I 474635,30 4134839,44
47D 474700,59 4134919,82 47I 474694,02 4134924,39

«Cañada Real de la Rambla Seca».

La vía pecuaria denominada «Cañada Real de Rambla Seca», en el término municipal de Darro, en la provincia de Granada constituye una parcela de forma más o menos rectangular con una orientación Sureste-Noroeste, con una anchura de 8 metros y una longitud de 852,04 metros y cuyos linderos son:

Inicio: Linda con la vía pecuaria Colada del Camino del Monte, en el término municipal de Darro, en la provincia de Granada y con las parcelas catastrales 501/50 y 3/9006.

Margen derecha: Linda de forma consecutiva con las parcelas catastrales: 501/50, 501/9057, 501/50, 501/628, 501/48, 501/42, 501/627, 501/9057 y 3/9005 del t.m. de Darro (Granada).

Margen izquierda: Linda de forma consecutiva con las parcelas catastrales: 3/9006, 501/9057, 501/38, 501/9057, 501/606, 3/9005 y 3/160 del t.m. de Darro (Granada).

Final: Linda con la misma vía pecuaria Cañada Real de Rambla Seca, en el término municipal de Darro, en la provincia de Granada y con las siguientes parcelas catastrales 900/9601 y 3/160.

LISTADO DE COORDENADAS U.T.M. REFERIDAS AL HUSO 30, EN EL SISTEMA DE REFERENCIA ETRS89, DEL TRAMO A DESAFECTAR DE LA VÍA PECUARIA DENOMINADA CAÑADA REAL DE RAMBLA SECA, EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE DARRO (GRANADA).

PUNTO X Y PUNTO X Y
30D 473669,89 4134589,97 30I 473664,34 4134584,15
31D 473648,49 4134606,54 31I 473643,95 4134599,93
32D 473636,83 4134613,58 32I 473632,92 4134606,60
33D 473619,99 4134622,30 33I 473616,55 4134615,08
34D 473602,93 4134629,76 34I 473599,81 4134622,39
35D 473578,26 4134639,92 35I 473575,18 4134632,53
36D 473556,83 4134648,12 36I 473553,96 4134640,65
37D 473534,70 4134656,72 37I 473531,69 4134649,30
38D 473507,04 4134668,42 38I 473503,91 4134661,05
39D 473480,07 4134679,90 39I 473476,88 4134672,56
40D 473451,50 4134692,54 40I 473448,60 4134685,09
41D 473421,94 4134703,79 41I 473419,01 4134696,35
42D 473400,96 4134712,34 42I 473398,03 4134704,90
43D 473372,49 4134723,15 43I 473369,78 4134715,62
44D 473355,78 4134728,83 44I 473353,47 4134721,16
45D 473347,48 4134731,02 45I 473345,82 4134723,18
46D 473338,16 4134732,50 46I 473337,11 4134724,57
47D 473320,27 4134734,40 47I 473319,49 4134726,43
48D 473309,24 4134735,40 48I 473308,32 4134727,45
49D 473286,66 4134738,55 49I 473285,68 4134730,61
50D 473273,87 4134739,92 50I 473273,02 4134731,97
51D 473253,13 4134742,14 51I 473252,28 4134734,18
52D 473237,30 4134743,83 52I 473236,46 4134735,87
53D 473203,34 4134747,40 53I 473202,51 4134739,44
54D 473165,97 4134751,28 54I 473165,15 4134743,32
55D 473131,14 4134754,77 55I 473130,36 4134746,81
56D 473099,73 4134757,82 56I 473098,94 4134749,86
57D 473060,22 4134761,76 57I 473059,40 4134753,81
58D 473024,26 4134765,63 58I 473023,40 4134757,68
59D 472947,34 4134773,96 59I 472946,51 4134766,00
60D 472894,96 4134779,14 60I 472894,22 4134771,17
61D 472861,27 4134782,07 61I 472861,03 4134774,06
62D 472848,31 4134781,74 62I 472842,81 4134773,59

«Colada del Camino del Monte».

La vía pecuaria denominada «Colada del Camino del Monte», en el término municipal de Darro, en la provincia de Granada constituye una parcela de forma más o menos rectangular con una orientación Sur-Norte, con una anchura de 8 metros y una longitud de 104,86 metros y cuyos linderos son:

Inicio: Linda con la misma vía pecuaria Colada del Camino del Monte, en el término municipal de Darro, en la provincia de Granada y con la parcela catastral 3/9006.

Margen derecha: Linda de forma consecutiva con las parcelas catastrales: 501/520, 501/9063, 501/520, 501/9058 y 501/50.

Margen izquierda: Linda de forma consecutiva con las parcelas catastrales: 3/9006, 3/147 y 3/9006.

Final: Linda con la vía pecuaria Cañada Real de Rambla Seca, en el término municipal de Darro, en la provincia de Granada y con las siguientes parcelas catastrales 501/50 y 3/9006.

LISTADO DE COORDENADAS U.T.M. REFERIDAS AL HUSO 30, EN EL SISTEMA DE REFERENCIA ETRS89, DEL TRAMO A DESAFECTAR DE LA VÍA PECUARIA DENOMINADA COLADA DEL CAMINO DEL MONTE, EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE DARRO (GRANADA)

PUNTO X Y PUNTO X Y
11D 473742,32 4134513,66 11I 473736,22 4134508,49
12D 473729,45 4134528,50 12I 473723,65 4134522,98
13D 473717,97 4134539,53 13I 473712,43 4134533,77
14D 473711,09 4134546,14 14I 473705,46 4134540,46
15D 473701,93 4134555,54 15I 473696,20 4134549,96
16D 473695,76 4134561,87 16I 473690,05 4134556,27
17D 473689,75 4134567,96 17I 473684,02 4134562,38
18D 473684,05 4134573,89 18I 473678,30 4134568,32
19D 473680,76 4134577,27 19I 473674,85 4134571,87
20D 473676,68 4134582,03 20I 473670,60 4134576,83
21D 473669,89 4134589,97 21I 473664,34 4134584,15

Descripción registral del trazado resultante o alternativo.

«Cañada Real de Los Potros».

La vía pecuaria denominada «Cañada Real de Los Potros», en el término municipal de Darro, en la provincia de Granada constituye una parcela de forma más o menos rectangular con una orientación Sur-Norte, con una anchura de 8 metros y una longitud de 510 metros y cuyos linderos son:

Inicio: Linda con la misma vía pecuaria Cañada Real de Los Potros, en el término municipal de Darro, en la provincia de Granada y con las parcelas catastrales 501/75 y 501/9049.

Margen derecha: Linda de forma consecutiva con las parcelas catastrales: 501/9049, 501/270, 501/5805, 501/269, 501/268, 501/257, 501/5802, 501/486, 501/9055 y 501/9049 del t.m. de Darro (Granada).

Margen izquierda: Linda de forma consecutiva con las parcelas catastrales: 501/75, 501/76, 501/9049, 501/5805, 501/5804, 501/9049, 501/5802 y 501/9049 del t.m. de Darro (Granada).

Final: Linda con la misma vía pecuaria Cañada Real de los Potros en Darro (Granada) y con la parcela catastral 501/9049.

LISTADO DE COORDENADAS U.T.M. REFERIDAS AL HUSO 30, EN EL SISTEMA DE REFERENCIA ETRS89, DEL TRAMO RESULTANTE O ALTERNATIVO DE LA VÍA PECUARIA DENOMINADA CAÑADA REAL DE LOS POTROS, EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE DARRO (GRANADA)

PUNTO X Y PUNTO X Y
41D 474384,25 4134527,45 41I 474378,22 4134532,74
41-1D 474411,34 4134554,22 41-1I 474407,22 4134561,38
41-2D 474427,06 4134558,49 41-2I 474422,93 4134565,66
42D 474462,79 4134593,79 42I 474457,14 4134599,46
43D 474528,18 4134659,66 43I 474522,10 4134664,89
44D 474564,48 4134708,47 44I 474557,97 4134713,12
45D 474607,89 4134771,74 45I 474601,30 4134776,28
46D 474648,46 4134830,34 46I 474641,88 4134834,89
46-1D 474671,73 4134863,93 46-1I 474664,81 4134868,00
46-2D 474695,91 4134913,05 46-2I 474688,99 4134917,11
47D 474700,59 4134919,82 47I 474694,02 4134924,39

«Cañada Real de la Rambla Seca».

La vía pecuaria denominada «Cañada Real de Rambla Seca», en el término municipal de Darro, en la provincia de Granada constituye una parcela de forma más o menos rectangular con una orientación Sureste-Noroeste, con una anchura de 8 metros y una longitud de 864 metros y cuyos linderos son:

Inicio: Linda con la vía pecuaria Colada del Camino del Monte, en el término municipal de Darro, en la provincia de Granada y con la parcela catastral 501/50.

Margen derecha: Linda de forma consecutiva con las parcelas catastrales: 501/50, 501/628, 501/48, 501/42, 501/627 y 3/9005 del t.m. de Darro (Granada).

Margen izquierda: Linda de forma consecutiva con las parcelas catastrales: 501/50, 501/9057, 501/50, 501/628, 501/48, 501/42, 501/627, 501/9057 y 3/9005 del t.m. de Darro (Granada).

Final: Linda con la misma vía pecuaria Cañada Real de Rambla Seca, en el término municipal de Darro, en la provincia de Granada y con la siguiente parcela catastral 900/9601.

LISTADO DE COORDENADAS U.T.M. REFERIDAS AL HUSO 30, EN EL SISTEMA DE REFERENCIA ETRS89, DEL TRAMO RESULTANTE O ALTERNATIVO DE LA VÍA PECUARIA DENOMINADA CAÑADA REAL DE RAMBLA SECA, EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE DARRO (GRANADA)

PUNTO X Y PUNTO X Y
30D 473675,43 4134595,80 30I 473669,89 4134589,97
31D 473653,02 4134613,15 31I 473648,49 4134606,54
32D 473640,74 4134620,56 32I 473636,83 4134613,58
33D 473623,44 4134629,53 33I 473619,99 4134622,30
34D 473606,06 4134637,12 34I 473602,93 4134629,76
35D 473581,33 4134647,30 35I 473578,26 4134639,92
36D 473559,71 4134655,58 36I 473556,83 4134648,12
37D 473537,71 4134664,13 37I 473534,70 4134656,72
38D 473510,16 4134675,78 38I 473507,04 4134668,42
39D 473483,26 4134687,24 39I 473480,07 4134679,90
40D 473454,41 4134700,00 40I 473451,50 4134692,54
41D 473424,87 4134711,24 41I 473421,94 4134703,79
42D 473403,88 4134719,79 42I 473400,96 4134712,34
43D 473375,19 4134730,68 43I 473372,49 4134723,15
44D 473358,09 4134736,49 44I 473355,78 4134728,83
45D 473349,13 4134738,85 45I 473347,48 4134731,02
46D 473339,21 4134740,44 46I 473338,16 4134732,50
47D 473321,05 4134742,36 47I 473320,27 4134734,40
48D 473310,15 4134743,35 48I 473309,24 4134735,40
49D 473287,64 4134746,49 49I 473286,66 4134738,55
50D 473274,72 4134747,87 50I 473273,87 4134739,92
51D 473253,98 4134750,09 51I 473253,13 4134742,14
52D 473238,15 4134751,78 52I 473237,30 4134743,83
53D 473204,17 4134755,35 53I 473203,34 4134747,40
54D 473166,78 4134759,24 54I 473165,97 4134751,28
55D 473131,93 4134762,73 55I 473131,14 4134754,77
56D 473100,51 4134765,78 56I 473099,73 4134757,82
57D 473061,05 4134769,72 57I 473060,22 4134761,76
58D 473025,12 4134773,59 58I 473024,26 4134765,63
59D 472948,16 4134781,92 59I 472947,34 4134773,96
60D 472895,70 4134787,11 60I 472894,96 4134779,14
61D 472861,52 4134790,08 61I 472861,27 4134782,07
62D 472845,14 4134789,66 62I 472848,31 4134781,74

«Colada del Camino del Monte».

La vía pecuaria denominada «Colada del Camino del Monte», en el término municipal de Darro, en la provincia de Granada constituye una parcela de forma más o menos rectangular con una orientación Sur-Norte, con una anchura de 8 metros y una longitud de 106 metros y cuyos linderos son:

Inicio: Linda con la misma vía pecuaria Colada del Camino del Monte, en el término municipal de Darro, en la provincia de Granada y con las parcelas catastrales: 3/9006 y 501/520.

Margen derecha: Linda de forma consecutiva con las parcelas catastrales: 501/520, 501/9063, 501/520, 501/9058 y 501/50 del t.m. de Darro (Granada).

Margen izquierda: Linda de forma consecutiva con las parcelas catastrales: 3/9006 y 501/50 del t.m. de Darro (Granada).

Final: Linda con la vía pecuaria Cañada Real de Rambla Seca, en el término municipal de Darro, en la provincia de Granada y con la parcela catastral: 501/50.

LISTADO DE COORDENADAS U.T.M. REFERIDAS AL HUSO 30, EN EL SISTEMA DE REFERENCIA ETRS89, DEL TRAMO RESULTANTE O ALTERNATIVO DE LA VÍA PECUARIA DENOMINADA COLADA DEL CAMINO DEL MONTE, EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE DARRO (GRANADA)

PUNTO X Y PUNTO X Y
11D 473742,32 4134513,66 11I 473736,22 4134508,49
11-1D 473738,34 4134518,25 11-1I 473731,68 4134513,72
12D 473724,99 4134543,88 12I 473718,50 4134539,02
13D 473723,51 4134545,30 13I 473717,97 4134539,53
14D 473716,73 4134551,82 14I 473711,09 4134546,14
15D 473707,66 4134561,13 15I 473701,93 4134555,54
16D 473701,48 4134567,47 16I 473695,76 4134561,87
17D 473695,48 4134573,54 17I 473689,75 4134567,96
18D 473689,80 4134579,46 18I 473684,05 4134573,89
19D 473686,67 4134582,67 19I 473680,76 4134577,27
20D 473682,76 4134587,23 20I 473676,68 4134582,03
21D 473675,43 4134595,80 21I 473669,89 4134589,97

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, conforme a lo establecido en la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación de la presente resolución.

Sevilla, 17 de julio de 2019.- El Director General, Ángel Andrés Sánchez García.

Descargar PDF