Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 148 de 02/08/2019

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad

Orden de 29 de julio de 2019, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Delegada para Asuntos Económicos, por el que se declara inversión empresarial de interés estratégico para Andalucía el proyecto «Implantación Industrial y Ampliación de Cosentino en los municipios de Cantoria, Partaloa y Fines (Almería)».

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La Comisión Delegada para Asuntos Económicos, en su reunión del día 16 de julio de 2019, presidida, en ausencia del Presidente de la Junta de Andalucía, por el Vicepresidente de la Comisión Delegada de Asuntos Económicos, el Consejero de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad, adoptó un acuerdo por el que, a propuesta de la Consejería de Hacienda, Industria y Energía, y visto el informe de la Comisión de Política Económica de fecha 11 de junio de 2019, se declara inversión empresarial de interés estratégico para Andalucía el proyecto «Implantación industrial y ampliación de Cosentino S.A.U., y Soluciones Ambientales Coma, S.L.U., en los municipios de Cantoria, Partaloa y Fines (Almería)».

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.5 de la Ley 4/2011, de 6 de junio, de medidas para potenciar inversiones empresariales de interés estratégico para Andalucía y de simplificación, agilización administrativa y mejora de la regulación de actividades económicas en la Comunidad Autónoma de Andalucía, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» del texto del citado acuerdo, que se incluye como anexo a la presente Orden.

Sevilla, 29 de julio de 2019

ROGELIO VELASCO PÉREZ

Consejero de Economía, Conocimiento,
Empresas y Universidad

ANEXO

ACUERDO DE 16 DE JULIO DE 2019, DE LA COMISIÓN DELEGADA PARA ASUNTOS ECONÓMICOS, POR EL QUE SE DECLARA INVERSIÓN EMPRESARIAL DE INTERÉS ESTRATÉGICO PARA ANDALUCÍA EL PROYECTO «IMPLANTACIÓN INDUSTRIAL Y AMPLIACIÓN DE COSENTINO EN LOS MUNICIPIOS DE CANTORIA, PARTALOA Y FINES (ALMERÍA)»

La Ley 4/2011, de 6 de junio, de medidas para potenciar inversiones empresariales de interés estratégico para Andalucía y de simplificación, agilización administrativa y mejora de la regulación de actividades económicas en la Comunidad Autónoma de Andalucía, supuso la aprobación de un bloque de medidas dirigidas específicamente a la mejora de la regulación de los procedimientos administrativos que afectan a actividades económicas, con el objeto de contribuir a la modernización y cambio estructural de la economía andaluza, teniendo presentes dos prioridades: La industrialización y el incremento de la productividad.

Con el objetivo de atraer inversiones empresariales, el segundo capítulo de dicha Ley establece previsiones para identificar y agilizar la ejecución de aquellos proyectos que por su capacidad de generar riqueza, innovación y empleo, puedan ser considerados de interés estratégico para Andalucía, debiendo cumplir, en todo caso, unas exigencias en referencia a los objetivos de sostenibilidad económica, social y medioambiental.

En este sentido, el artículo 2 de la Ley 4/2011, de 6 de junio, establece que son inversiones empresariales de interés estratégico para Andalucía las declaradas como tales por su especial relevancia para el desarrollo económico, social y territorial de Andalucía.

A su vez, el artículo 7.1 de dicha Ley atribuye a la Comisión Delegada para Asuntos Económicos (en adelante, CDAE) la competencia para acordar la declaración de inversión empresarial de interés estratégico para Andalucía.

Siguiendo el procedimiento previsto en el artículo 4.1 de la citada Ley, el Consejero de Hacienda, Industria y Energía presentó a la CDAE, en su sesión del día 11 de junio, una propuesta, así como la correspondiente documentación, para que el proyecto «Implantación industrial y ampliación de Cosentino en los municipios de Cantoria, Partaloa y Fines (Almería)», promovido por las entidades Cosentino S.A.U. y Soluciones Ambientales Coma, S.L.U, fuese declarado de interés estratégico para Andalucía. Dicha propuesta fue trasladada a la Comisión de Política Económica para que ésta, de acuerdo con lo previsto en el artículo 6 de la Ley 4/2011, de 6 de junio, emitiera informe en el que se analizara la adecuación del proyecto de actuación a las exigencias establecidas en la referida Ley.

La Comisión de Política Económica, en su sesión del 10 de julio de 2019, emitió el correspondiente informe, concluyendo el mismo con el siguiente tenor:

Vista la documentación, así como los informes que acompañan al proyecto «Implantación industrial y ampliación de Cosentino en los municipios de Cantoria, Partaloa y Fines (Almería)» presentado por las entidades Cosentino, S.A.U. y Soluciones Ambientales Coma, S.L.U; la Comisión de Política Económica considera que el mismo se ajusta a los requisitos y criterios previstos en la Ley 4/2011, de 6 de junio, por lo que informa favorablemente la propuesta presentada por el Consejero de Hacienda, Industria y Minas para su declaración como inversión empresarial de interés estratégico para Andalucía, teniendo en cuenta que las actuaciones a desarrollar deberán obtener las autorizaciones administrativas necesarias para la ejecución del proyecto.

De producirse la declaración de proyecto de interés estratégico para Andalucía, la vigencia de ésta es de 23 años, de acuerdo con el plan de viabilidad de la inversión, sin perjuicio de las posibles revisiones que puedan adoptarse como consecuencia del seguimiento del proyecto, de conformidad con el artículo 12 de la Ley 4/2011, de 6 de junio, todo ello sin perjuicio de que la Comisión Delegada para Asuntos Económicos pueda ampliar el alcance de la misma de conformidad con el artículo 7.2 de la Ley 4/2011, de 6 de junio.

La declaración del proyecto por la Comisión Delegada para Asuntos Económicos se circunscribe al proyecto presentando por el promotor, se excluye de la misma determinados aspectos urbanísticos como los proyectos de actuación, clasificaciones de los terrenos y demás concretas determinaciones urbanísticas futuras de los mismos (apartado b de número 4 de la memoria presentada por los promotores), ya que sería competencia del Consejo de Gobierno, en el caso de que el promotor, una vez declarado de interés estratégico, decidiese tramitar la declaración de interés autonómico de conformidad al artículo 41 de la Ley 1/1994, de 11 de enero, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley 4/2011, de 6 de junio, a propuesta del Consejero de Hacienda, Industria y Energía, visto el informe de la Comisión de Política Económica y previa deliberación, la Comisión Delegada para Asuntos Económicos, en su reunión del día 16 de Julio de 2019,

ACUERDA

Primero. Declaración de inversión de interés estratégico.

Declarar inversión empresarial de interés estratégico para Andalucía el proyecto «Implantación industrial y ampliación de Cosentino en los municipios de Cantoria, Partaloa y Fines (Almería)», promovido por las entidades Cosentino S.A.U. y Soluciones Ambientales Coma, S.L.U.

Segundo. Objeto de la declaración.

La declaración afectará a las actuaciones necesarias para la ejecución del proyecto denominado:

«Implantación industrial y ampliación de Cosentino en los municipios de Cantoria, Partaloa y Fines (Almería)», que comprende la consolidación de las instalaciones industriales de Cosentino, tanto aquella parte ya ejecutada, la que se encuentra actualmente en proceso de ejecución, como la ampliación requerida para atender las necesidades derivadas del crecimiento de la actividad.

Las instalaciones existentes son las siguientes:

a) Instalaciones asociadas a la fabricación de Silestone®.

El Silestone® es un aglomerado compuesto en un 90% por materiales primas de origen mineral y el 10% de resinas y pigmentos. El producto final es una tabla de dimensiones de 325 cm de ancho por 159 cm de largo con espesores de 1,2 cm, 2 cm y 3 cm. Para su fabricación Cosentino cuenta con 11 líneas de pulido de Silestone distribuidas en tres fábricas.

b) Instalaciones asociadas a la fabricación de Dekton®.

Dekton® es una superficie ultracompacta desarrollada en exclusiva por el departamento de I+D de Grupo Cosentino. Se fabrica utilizando la exclusiva tecnología TSP (Tecnología de Sinterizado de Partículas) de Cosentino. En la actualidad Cosentino cuenta con dos líneas de producción de Dekton®.

c) Instalaciones destinadas a la piedra natural.

Para Cosentino suponen el 19% de las ventas y comprende la comercialización de las marcas Sensa® (Granitos) y Scalea® (Piedra natural).

Las instalaciones de producción de piedra natural se encuentran ubicadas en suelo urbano consolidado.

d) Instalaciones auxiliares: Como apoyo a los procesos de producción se necesitan naves de almacenamiento de materias primas, instalaciones de mantenimiento de maquinaria y equipos, así como centros logísticos a través de los que se consigue la automatización de las actividades de almacenamiento y preparación de pedidos.

También en el ámbito de las inversiones auxiliares a la actividad industrial, Soluciones Ambientales Coma, S.L.U., está ejecutando una instalación de gestión de residuos en suelo no urbanizable ubicada en Partaloa, siendo su alcance la gestión de residuos inertes y no peligrosos procedentes exclusivamente de la actividad industrial de Cosentino.

Las futuras inversiones consisten en 13 instalaciones:

a) Ampliación de capacidad productiva Silestone®: Construcción de una nueva fábrica donde se instalarán cuatro líneas adicionales de producción y que se suman a las once líneas existentes.

b) Ampliación de la capacidad productiva Dekton®: Adquisición, instalación y montaje de seis nuevas líneas de producción, adicionales a las dos existentes.

Las líneas L3 a L8 necesitan la construcción de naves nuevas para albergar el proceso productivo de la misma, así como naves auxiliares de almacenamiento de materias primas y logística.

c) Inversión en nuevas instalaciones auxiliares. Proyecto Reborn: Construcción de un nuevo almacén logístico, varios almacenes de materias primas, así como un proyecto de valorización de residuos denominado «Reborn».

Tercero. Efectos y alcance de la declaración.

La declaración tendrá los efectos previstos en los artículos 8, 9, 10 y 11 de la Ley 4/2011, de 6 de junio, con las salvedades que se recogen en el punto quinto de este acuerdo.

Cuarto. Obligaciones y recomendaciones para la entidad promotora.

1. Cosentino, S.A.U. y Soluciones Ambientales Coma, S.L.U., deberán asumir las obligaciones que a continuación se enumeran, manifestando la aceptación de las mismas en la forma prevista en el apartado quinto:

a) Realizar el proyecto «Implantación industrial y ampliación de Cosentino en los municipios de Cantoria, Partaloa y Fines (Almería)» conforme a las características presentadas en la documentación que acompaña a la solicitud, conforme a la planificación establecida en la misma y con los compromisos de inversión y generación de empleo directo referenciados.

b) Obtención de los permisos y autorizaciones necesarias, por las diferentes Administraciones Públicas competentes, para la implantación y desarrollo del Proyecto.

c) Fomento de medidas para una mejor protección y prevención medioambiental del entorno, así como promoción de actuaciones concretas dentro de un marco de aprovechamiento sostenible de recursos propios y de economía circular.

d) Mantenimiento de políticas de responsabilidad corporativa encaminadas al crecimiento económico y social en el entorno del Proyecto.

e) Transparencia y colaboración con las Administraciones Públicas durante la implantación y operación del nuevo Proyecto; y en particular en lo relativo al seguimiento y cumplimiento de los compromisos asumidos e impuestos en los términos de la Declaración de Inversión Empresarial de Interés Estratégico.

f) Para facilitar las tareas de seguimiento, así como para comprobar el cumplimiento por parte de los promotores de las obligaciones establecidas en la declaración, deberán presentar anualmente, ante la Consejería proponente de la declaración de inversión empresarial de interés estratégico para Andalucía con competencia en la materia, su plan de despliegue e inversiones, así como las acciones llevadas a cabo en desarrollo de las recomendaciones establecidas, y semestralmente desde la declaración un informe de seguimiento de las actuaciones e inversiones realizadas, con información detallada de los empleos generados.

g) Garantizar que en el marco de las relaciones laborales se implementen medidas que aseguren la salud de los trabajadores.

2. Además de las anteriores obligaciones, la Comisión Delegada para Asuntos Económicos formula las siguientes recomendaciones al promotor:

a) Efectuar la contratación de personal para la realización de las actuaciones previstas en el Proyecto presentando una demanda de trabajo ante el Servicio Andaluz de Empleo con el objeto de que la selección se efectúe entre las personas que se encuentren inscritas como demandantes de empleo no ocupados. En este sentido, una vez constatada su idoneidad para el puesto de trabajo ofertado, será preferente la contratación de personas que no sean beneficiarias de ningún tipo de prestación o subsidio, especialmente, las pertenecientes al colectivo de personas paradas de larga duración.

b) Hacer uso de los programas y acciones de formación para el empleo del Servicio Andaluz para el Empleo en aquellos casos en los que el desarrollo del Proyecto conlleve necesidades de formación.

Quinto. Eficacia de la declaración.

1. La declaración como Inversión Empresarial de Interés Estratégico para Andalucía del proyecto «Implantación industrial y ampliación de Cosentino en los municipios de Cantoria, Partaloa y Fines (Almería)» surtirá efectos a partir del día en que Cosentino S.A.U. y Soluciones Ambientales Coma, S.L.U. manifiesten, mediante aceptación escrita, su conformidad con las obligaciones establecidas en el apartado cuarto, para lo que dispondrán de un plazo de 30 días contados a partir del día siguiente al de la notificación de este acuerdo. En el supuesto de que no se produzca la aceptación, la declaración quedará sin efecto.

2. La declaración como Inversión Empresarial de Interés Estratégico para Andalucía del proyecto «Implantación industrial y ampliación de Cosentino en los municipios de Cantoria, Partaloa y Fines (Almería)» se circunscribe al proyecto presentando por los promotores, se excluye de la misma determinados aspectos urbanísticos como los proyectos de actuación, clasificaciones de los terrenos y demás concretas determinaciones urbanísticas futuras de los mismos (apartado b de número 4 de la memoria presentada por los promotores), ya que sería competencia del Consejo de Gobierno, en el caso de que los promotores, una vez declarado de interés estratégico decidiese tramitar la declaración de interés autonómico de conformidad al artículo 41 de la Ley 1/1994, de 11 de enero, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Sexto. Publicidad.

Dar publicidad al presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, conforme a lo previsto en el artículo 7.5 de la Ley 4/2011, de 6 de junio.

Séptimo. Comunicación al Consejo de Gobierno.

Dar cuenta en su próxima sesión al Consejo de Gobierno de la adopción del presente acuerdo, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 7.1 de la Ley 4/2011, de 6 de junio.

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