Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 155 de 13/08/2019

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible

Extracto de la Orden de 1 de agosto de 2019, por la que se convocan para el periodo 2019-2020 las ayudas previstas en la Orden de 27 de octubre de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas a la ejecución de programas sanitarios en Andalucía a través de las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera.

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BDNS (Identif.): 469559.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA.

Primero. Se convocan para el periodo 2019-2020, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva, la siguiente línea de subvenciones en el ámbito de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, en la cuantía total máxima que se especifica y con cargo a los créditos presupuestarios que asimismo se indican:

Línea Cuantía Máxima (euros) Posiciones presupuestarias
Ayudas dirigidas a la ejecución de programas sanitarios en Andalucía a través de las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera. 4.600.000,00 1300010000 G/71B/78204/00 2007000656

Segundo. Personas beneficiarias.

Las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera que estén oficialmente reconocidas e inscritas en los registros andaluz y nacional de Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera (ADSG).

Tercero. Objeto.

Compensar los costes de las actuaciones de prevención, vigilancia, control, lucha o erradicación de las enfermedades de los animales ejecutadas por las ADSG e incluidas en programas sanitarios que no cuenten con financiación comunitaria.

Cuarto. Bases reguladoras.

La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en el ámbito de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, aprobadas mediante Orden 27 de octubre de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas a la ejecución de programas sanitarios en Andalucía a través de las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera (BOJA núm. 211, de 3 noviembre de 2017).

Quinto. Importe.

La dotación presupuestaria de la línea de subvención se hace en el cuadro de convocatoria del punto anterior.

Los conceptos e importes máximos subvencionables son los siguientes:

PROGRAMA SANITARIO FRENTE A LA ENFERMEDAD DE AUJESZKY
Adquisición de vacunas para animales reproductores y de cebo aplicadas y grabadas en SIGGAN, hasta un máximo de 0,08 euros por vacuna aplicada, siendo el máximo de dosis las establecidas como vacunaciones obligatorias en el Real Decreto 360/2009, de 23 de marzo.
Personal veterinario autorizado de la ADSG para la aplicación de las vacunas frente a la enfermedad de Aujeszky, hasta un máximo de 0,20 euros por dosis de vacuna aplicada, siendo el máximo de dosis las establecidas como vacunaciones obligatorias en el Real Decreto 360/2009, de 23 de marzo.
PROGRAMA DE CALIFICACIÓN DE TUBERCULOSIS CAPRINA
Personal veterinario autorizado para la realización de las prueba de intradermotuberculinización, hasta un máximo de 1,32 euros por prueba, siendo el máximo de intradermotubercullinizaciones las establecidas como obligatorias para la calificación de explotaciones caprinas conforme a la Orden de 22 de junio de 2018.
PROGRAMA DE VIGILANCIA, CONTROL Y ERRADICACIÓN DE LA FIEBRE CATARRAL OVINA O LENGUA AZUL
Personal veterinario autorizado de la ADSG para la aplicación de las vacunas frente a Lengua Azul aplicadas y grabadas en SIGGAN, hasta un máximo de 0,20 euros por dosis de vacuna aplicada en ovino y un máximo de 0,30 euros por dosis de vacuna aplicada en bovino, siendo el máximo de dosis subvencionables las establecidas como vacunaciones obligatorias en la Orden AAA/1424/2015, de 14 de julio.
PROGRAMA DE ERRADICACIÓN DE TUBERCULOSIS BOVINA
Personal veterinario autorizado de la ADSG para la realización de la toma de muestras de gamma-interferón, hasta un máximo de 1,00 euros por prueba realizada y establecida en los Programas Nacionales y Autonómicos vigentes.
PROGRAMA DE VIGILANCIA Y CONTROL DE SEROTIPOS DE SALMONELLA DE IMPORTANCIA PARA LA SALUD PÚBLICA EN EXPLOTACIONES AVÍCOLAS
Analíticas para la realización de los autocontroles obligatorios frente a Salmonella en explotaciones de reproductoras, ponedoras de huevos para consumo, broilers, pavos de producción de carne y reproductores, establecidos en los Programas Nacionales y Autonómicos vigentes, hasta un máximo de 18 euros por analítica.
Analíticas de tipificación de salmonella spp detectada como consecuencia de los autocontroles obligatorios, hasta un máximo de 25 euros por analítica.
PROGRAMA SANITARIO EN EXPLOTACIONES ACUÍCOLAS
Personal veterinario que participe directamente en la realización de los controles sanitarios realizados en el marco de las visitas anuales obligatorias para la Implantación del Sistema de Vigilancia Zoosanitaria, en especies sensibles a las enfermedades enumeradas en el Anexo IV del Real Decreto 1614/2008, de 3 de octubre, hasta un máximo de 150 euros por visita.
Gastos de las analíticas necesarias para el mantenimiento de la calificación sanitaria de las explotaciones de categoría I, establecidas en el Real Decreto 1614/2008, de 3 de octubre, hasta un máximo de 325 euros por prueba.
PROGRAMA DE VACUNACIÓN FRENTE AL SÍNDROME RESPIRATORIO Y REPRODUCTIVO PORCINO (P.R.R.S)
Adquisición de vacunas para animales reproductores, hasta un máximo de 0,90 euros por dosis de vacuna aplicada, con un máximo de 4 dosis al año por animal.
PROGRAMA DE VACUNACIÓN FRENTE A RINOTRAQUEÍTIS INFECCIOSA BOVINA (IBR)
Adquisición de vacunas marcadas frente a Rinotraqueitis Infecciosa Bovina (IBR), hasta un máximo de 1,00 euro por dosis de vacuna aplicada con un máximo de 2 dosis al año por animal.
PROGRAMA DE VACUNACIÓN FRENTE A AGALAXIA CONTAGIOSA OVINA Y CAPRINA
Adquisición de las vacunas frente a Agalaxia Contagiosa, en explotaciones de ovino que estén calificada como M3 o M4 y sin restricciones por scrapie clásico, hasta un máximo de 0,50 euros por dosis de vacuna aplicada con un máximo de 2 dosis al año por animal.
PROGRAMA DE VACUNACIÓN FRENTE A ABORTO ENZOOTICO EN OVINO
Adquisición de las vacunas frente a Aborto enzootico, en explotaciones de ovino que estén calificada como M3 o M4, hasta un máximo de 1,00 euros por dosis de vacuna viva aplicada con un máximo de 1 dosis al año por animal.
PROGRAMA DE VACUNACIÓN FRENTE A LA MICOPLASMOSIS AVIAR POR MYCOPLASMA GALLISEPTICUM
Adquisición de vacunas frente a la Micoplasmosis por Mycoplasma gallisepticum. para la vacunación de aves de cría y reproductoras, hasta un máximo de 0,06 euros por dosis de vacuna aplicada, con un máximo de 1 dosis al año por animal.
PROGRAMA DE VACUNACIÓN FRENTE A LA BURSITIS INFECCIOSA (ENFERMEDAD DE GUMBORO)
Adquisición de vacunas frente a la Enfermedad de Gumboro para la vacunación de pollos de producción de carne (broilers), hasta un máximo de 0,005 euros por dosis de vacuna in ovo aplicada, con un máximo de 1 dosis al año por animal.

Las ADSG que soliciten subvención por actuaciones dentro del Programa de Vigilancia, Control y Erradicación de la Fiebre Catarral Ovina o Lengua Azul no podrán solicitarlas por el Programa de Vacunación frente Agalaxia Contagiosa en ovino, ni por el Programa de vacunación frente a Aborto Enzoótico en ovino.

Las solicitudes serán evaluadas de acuerdo con los siguientes criterios de valoración: núm. de explotaciones, núm. de Unidades de Ganado Mayor, personal veterinario para desarrollar las actuaciones sanitarias, porcentaje de realización de guías a través del servicio de ADSG-web y Guía Telemática de Andalucía, gestión de un centro de limpieza y desinfección de vehículos de transporte de animales.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes para esta convocatoria será de será del 16 al 31 de agosto de 2019.

Séptimo. Otros datos.

Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la Convocatoria. Así mismo, estarán a disposición de las personas solicitantes en la dirección https://juntadeandalucia.es/organismos/agriculturaganaderiapescaydesarrollosostenible/servicios/procedimientos/detalle/10962/como-solicitar.html.

Sevilla, 1 de agosto de 2019.- La Viceconsejera de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, por delegación de firma de la Consejera [Orden de 28.5.2019 (BOJA núm. 106, de 5.6.2019)], Ana María Corredera Quintana.

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