Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 17 de 25/01/2019

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 13 de diciembre de 2018, por la que se modifica la autorización de enseñanzas del centro docente privado de formación profesional «Centro de Formación Internacional Reina Isabel» de Granada. (PP. 3358/2018).

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Visto el expediente tramitado a instancia de don José Manuel Rivera Díaz, como representante de la entidad Centro de Formación Internacional Reina Isabel, S.L., titular del centro docente privado de formación profesional «Centro de Formación Internacional Reina Isabel», con domicilio en Avda. Federico García Lorca, s/n, de Granada, solicitando modificar la autorización de enseñanzas con la que cuenta, por la ampliación de las mismas en un ciclo formativo de formación profesional de grado superior de Acondicionamiento físico, según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio.

Resultando que el citado centro, con código 18014488, tiene autorización para impartir cuatro ciclos formativos de formación profesional de grado medio (uno de Farmacia y parafarmacia, uno de Conducción de actividades-físico deportivas en el medio natural y dos de Cuidados auxiliares de enfermería) y once de grado superior (uno de Dietética, uno de Educación infantil, dos de Animación de actividades físicas y deportivas, que ha sido sustituido por el de Enseñanza y animación sociodeportiva mediante el Real Decreto 653/2017, de 23 de junio, uno de Higiene bucodental, uno de Radioterapia y dosimetría, uno de Prótesis dentales, uno de Administración y finanzas, uno de Marketing y publicidad y dos de Imagen para el diagnóstico y medicina nuclear).

Resultando que en el expediente de autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de Educación de Granada y de la Gerencia Provincial de la Agencia Pública Andaluza de Educación.

Vistos la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE de 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE de 4), de Educación; la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre (BOE de 10), para la mejora de la calidad educativa; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA de 26), de Educación de Andalucía; la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE de 2), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero (BOE de 12 de marzo), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria; el Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio (BOE del 30), por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo; el Real Decreto 651/2017, de 23 de junio (BOE de 8 de julio), por el que se establece el título de técnico superior en Acondicionamiento físico y se fijan los aspectos básicos del currículo; el Decreto 436/2008, de 2 de septiembre (BOJA del 12), por el que se establece la ordenación y las enseñanzas de la formación profesional inicial que forma parte del sistema educativo; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), sobre autorizaciones de centros docentes privados, para impartir enseñanzas de régimen general, y demás normas de vigente aplicación.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas

DISPONGO

Primero. Conceder la modificación de la autorización de enseñanzas solicitada al centro docente privado de Formación Profesional «Centro de Formación Internacional Reina Isabel», código 18014488 y domicilio en Avda. Federico García Lorca, s/n, de Granada, cuyo titular es la entidad Centro de Formación Internacional Reina Isabel, S.L., quedando con la configuración de enseñanzas que se describe a continuación:

a) Ciclos formativos de formación profesional de grado medio:

Farmacia y parafarmacia:

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Conducción de actividades físico-deportivas en el medio natural:

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 1.

Puestos escolares: 30.

Cuidados auxiliares de enfermería (impartidos en doble turno):

Núm. de ciclos: 2.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

b) Ciclos formativos de formación profesional de grado superior:

Dietética:

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Educación infantil:

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Enseñanza y animación sociodeportiva:

Núm. de ciclos: 2.

Grupos: 4.

Puestos escolares: 120.

Higiene bucodental:

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Radioterapia y dosimetría:

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Prótesis dentales:

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Administración y finanzas:

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Marketing y publicidad:

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Acondicionamiento físico:

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Imagen para el diagnóstico y medicina nuclear (impartidos en doble turno):

Núm. de ciclos: 2.

Grupos: 4.

Puestos escolares: 120.

Segundo. La presente autorización surtirá efectos a partir del curso 2018/19, pues tal como previene el artículo 39.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, excepcionalmente, podrá otorgarse eficacia retroactiva a los actos cuando produzcan efectos favorables al interesado, siempre que los supuestos de hecho necesarios existieran ya en la fecha a que se retrotraiga la eficacia del acto y esta no lesione derechos o intereses legítimos de otras personas.

Tercero. El centro no podrá superar el número de puestos escolares fijado para el mismo.

Cuarto. Del contenido de la presente orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Quinto. La entidad titular del centro remitirá a la Delegación Territorial de Educación de Granada la relación del profesorado del mismo con indicación de su titulación respectiva.

Sexto. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente orden.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 13 de diciembre de 2018

SONIA GAYA SÁNCHEZ
Consejera de Educación, en funciones
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