Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 199 de 15/10/2019

1. Disposiciones generales

Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad

Corrección de errores de la Resolución de 1 de octubre de 2019, de la Dirección General de Comercio, por la que se convocan, para el ejercicio 2019, las subvenciones a conceder, en régimen de concurrencia competitiva, a los Ayuntamientos para la mejora y modernización del comercio ambulante - Modalidad CAM (BOJA núm. 192, de 4.10.2019).

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Advertido error material en la Resolución de 1 de octubre de 2019, de la Dirección General de Comercio, por la que se convocan, para el ejercicio 2019, las subvenciones a conceder, en régimen de concurrencia competitiva, a los Ayuntamientos para la mejora y modernización del comercio ambulante (Modalidad CAM), publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 192, de 4 de octubre de 2019, se procede a su oportuna corrección:

En el apartado «Primero. Convocatoria», página 8.

Donde dice: «Convocar para el año 2019 la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a los Ayuntamientos, para la mejora y modernización del comercio ambulante, al amparo de la Orden 29 de julio de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a los Ayuntamientos para la mejora y modernización del comercio ambulante (Modalidad CAM)».

Debe decir: «Convocar para el año 2019 la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a los Ayuntamientos, para la mejora y modernización del comercio ambulante, al amparo de la Orden 29 de julio de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a los Ayuntamientos para la mejora y modernización del comercio ambulante (Modalidad CAM).

En la presente convocatoria se aplicará al procedimiento la tramitación de urgencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en virtud del cual, se reducirán a la mitad los plazos establecidos en el procedimiento ordinario de concesión de subvenciones regulado al amparo de la Orden de 29 de julio de 2016, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos. Asimismo, tampoco afectará a los plazos previstos para la ejecución de las actuaciones y para la presentación de la justificación de la subvención concedida.»

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