Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 220 de 14/11/2019

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Deporte

Orden de 8 de octubre de 2019, por la que se autoriza el cambio de titularidad del centro docente privado «Centro de Formación Profesional La Inmaculada» de Granada. (PP. 2728/2019).

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Visto el expediente tramitado a instancia de doña Inmaculada Criado Reca, en nombre y representación de la entidad Escuela Internacional Abadía del Sacromonte, S.L., titular del centro docente privado «Centro de Formación Profesional La Inmaculada», con domicilio en C/ Joaquina Eguaras, 114, de Granada, por el que solicita el cambio de titularidad del mismo a favor del Arzobispado de Granada, según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio.

Resultando que el citado centro, con código 18014828, tiene autorización administrativa para impartir dos ciclos formativos de formación profesional de grado medio (uno de Servicios en Restauración y uno de Cocina y Gastronomía) y cuatro ciclos formativos de formación profesional de grado superior (uno de Dirección de Cocina, uno de Dietética, uno de Educación Infantil y uno de Mediación Comunicativa).

Resultando que consultados los antecedentes obrantes en la Dirección General de Planificación y Centros aparece, debidamente acreditada, la titularidad del referido centro a favor de la entidad Escuela Internacional Abadía del Sacromonte, S.L.

Resultando que la entidad Escuela Internacional Abadía del Sacromonte, S.L., y el Arzobispado de Granada, mediante Acta de Manifestaciones número novecientos noventa, firmada en Granada el día once de julio de dos mil diecinueve, con el número novecientos noventa, ante don Alberto García-Valdecasas Fernández, notario del Ilustre Colegio de Andalucía, manifiestan que el Arzobispado de Granada se subroga en todos los derechos y obligaciones que sobre el centro docente privado tuviera contraídas la antigua entidad titular.

Vistos la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE del 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE del 4), de Educación; la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre (BOE del 10), para la mejora de la calidad educativa; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA del 26), de Educación de Andalucía; la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE del 2), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados, para impartir Enseñanzas de Régimen General, y demás normas de vigente aplicación.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Conceder el cambio de titularidad al centro docente privado «Centro de Formación Profesional La Inmaculada», código 18014828, con domicilio en C/ Joaquina Eguaras, 114, de Granada, que en lo sucesivo la ostentará el Arzobispado de Granada, que queda subrogado en la totalidad de los derechos y obligaciones que tuviera contraídas la antigua entidad titular en relación a dicho centro, quedando con la configuración de enseñanzas que se recoge en el «resultando» primero.

Segundo. El cambio de titularidad no afectará al régimen de funcionamiento del centro.

Tercero. Del contenido de la presente orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Cuarto. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente orden.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación y Deporte, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 8 de octubre de 2019

FRANCISCO JAVIER IMBRODA ORTIZ
Consejero de Educación y Deporte
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