Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 221 de 15/11/2019

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 21 de diciembre de 2018, del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Málaga, dimanante de autos núm. 55/2018. (PP. 1556/2019).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00157600.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA

En el presente procedimiento Juicio Verbal de Desahucio por Precario seguido en este Juzgado bajo el número 55/2018 a instancia de la mercantil Anida Operaciones Singulares, S.A.U., representada por el Procurador don Pedro Ballenilla Ros frente a ignorados ocupantes de la calle Juan de la Encina, 20-3.º B, Málaga, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del siguiente tenor:

SENTENCIA NÚM. 76/2018

Juez que la dicta: Doña Dolores Ruiz Jiménez.

Lugar: Málaga.

Fecha: Dieciséis de abril de dos mil dieciocho.

Parte demandante: Anida Operaciones Singulares, S.A.U.

Abogado: Don Agustín Palacios Muñoz.

Procurador: Don Pedro Ballenilla Ros.

Parte demandada: Ignorados ocupantes C/ Juan de la Encina, 20-3.º B, Málaga.

Objeto del juicio: Acción de desahucio por precario.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador don Pedro Ballenilla Ros, en nombre y representación de Anida Operaciones Singulares, S.A.U., contra ignorados ocupantes de la finca calle Juan de la Encina, 20-3.º B, Málaga, rebeldes, debo declarar y declaro haber lugar al desahucio en precario solicitado por la demandante de la finca sita en C/ Juan de la Encina, 20-3.º B, Málaga, condenando a los demandados a que la desalojen y dejen libre y a disposición de la parte actora en el plazo legal, con apercibimiento de lanzamiento de la parte demandada, así como al pago de las costas procesales.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga (artículo 455 LEC). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 458 LEC).

Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banco Santander núm. 2933, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código «02», de conformidad en lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dicho demandado, ignorados ocupantes de la calle Juan de la Encina, 20-3.º B, Málaga, en paradero desconocido, se expide el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y para que sirva de notificación al demandado.

En Málaga, a veintiuno de diciembre de dos mil dieciocho.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

Descargar PDF