Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 29 de 12/02/2019

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 30 de enero de 2019, del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga, dimanante de autos núm. 19/2019.

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Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 19/2019. Negociado: C3.

NIG: 2906744420180010270.

De: Doña Lucía Torres Velasco.

Contra: Asesoría Energética Adima, S.L.

EDICTO

Don Juan Carlos Ruiz Zamora, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Siete de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el núm. 19/2019 a instancia de doña Lucía Torres Velasco contra Asesoría Energética Adima, S.L., sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado auto de fecha 30/01/2019 del tenor literal siguiente:

AUTO Núm. 10/2019

En Málaga, a treinta de enero de dos mil diecinueve.

Dada cuenta y;

(...)

PARTE DISPOSITIVA

S.S.ª Ilma. dijo: No ha lugar a despachar ejecución a favor de don Lucía Torres Velasco y contra Asesoría Energética Adioma, S.L., debiendo la parte reiterar la demanda de ejecución, una vez sea firme la sentencia.

Llévese, a los efectos oportunos, testimonio de la presente resolución a los autos principales.

Procédase al archivo de la demanda ejecutiva.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de reposición. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Para la admisión del recurso deberá antes acreditarse constitución de depósito de 25 €, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado en el Banco Santander núm. 2955000064001919, debiendo indicar en el campo «Concepto» que se trata de un recurso seguido del código 30 y Social-Reposición, de conformidad con la disposición adicional 15.ª de la L.O. 6/1985, salvo los supuestos de exclusión previstos en la misma y quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita. Si el ingreso se efectuare por transferencia habrá de hacerse en la cuenta del Santander ES55 0049 3569 9200 0500 1274, debiendo indicar el beneficiario, Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga, y en Observaciones se consignarán los 16 dígitos de la cuenta-expediente judicial, indicando después de estos 16 dígitos (separados por un espacio) el código .

Así por este auto, lo acuerda, manda y firma el Iltmo. Sr. don Gonzalo Alonso Sierra, Magistrado/Juez del Juzgado de lo Social número Siete de Málaga. Doy fe.

El Magistrado/Juez. El Letrado de la Administración de Justicia.

Y para que sirva de notificación al demandado Asesoría Energética Adima, S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a treinta de enero de dos mil diecinueve.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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