Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 29 de 12/02/2019

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 31 de enero de 2019, del Juzgado de lo Social núm. Trece de Málaga, dimanante de autos núm. 872/2018.

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NIG: 2906744420180011306.

Procedimiento núm.: 872/2018. Negociado: 1.

De: Don Juan Gavira Espinosa.

Contra: Sotofrías, S.L.

EDICTO

El/la Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social núm. 13 de Málaga.

HACE SABER

Que en este Juzgado, se siguen Autos núm. 872/2018, sobre Despidos/Ceses en general, a instancia de Juan Gavira Espinosa contra Sotofrías, S.L., en la que con fecha 29.1.19 se ha dictado Sentencia que sustancialmente dice lo siguiente:

Que estimando la demanda interpuesta por don Juan Gavira Espinosa frente a la entidad Sotofrías, S.L., y Fogasa, debo declarar y declaro la Improcedencia del Despido de la actora, condenando a la demandada a estar y pasar por esta declaración, y a que, por tanto, a su elección, le readmita en su puesto de trabajo en las mismas condiciones que regían con anterioridad al despido, con abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la notificación de la resolución presente –con el descuento que proceda por circunstancia incompatible–; o bien le indemnice con la suma de 498,76 euros, debiendo estar y pasar asimismo el Fogasa por el pronunciamiento presente con respecto a las responsabilidades que pudieran acontecer; advirtiendo por último a la demandada que la opción señalada, habrá de efectuarse ante este Juzgado de lo Social en el plazo de los cinco días siguientes, desde la notificación de la Sentencia, entendiéndose que de no hacerlo así se opta por la readmisión.

Asimismo se condena a la demanda a que abone al actor la suma de 2.990,67 euros de principal y la cantidad de 299,06 euros de interés moratorio.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Málaga, anunciándolo ante este juzgado en el plazo de cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 192 y ss. del TRLPL; siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita, haber consignado el importe íntegro de la condena en el Banco Santander, oficina 1846 de Málaga, a la c/c de este Juzgado núm. 4976 0000 67 0872/18, o presentar aval solidario de entidad financiera por el mismo importe. Así mismo deberá constituir otro depósito por importe 300,00 euros en la Cta. 4976 0000 65 0872/18 del referido banco, presentando el resguardo correspondiente a este último depósito en la secretaría del Juzgado al tiempo de interponer el recurso y el del primer depósito al momento de anunciarlo, sin cuyos requisitos no podrá ser admitido.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Diligencia de publicación. La extiendo yo el/a Sr./a. Secretario/a para dar fe de que la anterior resolución se publicó en el día de su fecha, estando el Ilmo. Sr. Magistrado que la dictó celebrando Audiencia Pública. Reitero fe.

Y para que sirva de notificación en forma a Sotofrías, S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

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