Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 58 de 26/03/2019

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Universidades

Resolución de 14 de marzo de 2019, de la Universidad de Jaén, por la que se anuncia avance de la convocatoria para la contratación temporal de Jóvenes Investigadores, en el Marco del Sistema Nacional de Garantía Juvenil y del Programa Operativo de Empleo Juvenil 2014-2020.

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El Programa Operativo de Empleo Juvenil 2014-2020, que se desarrolla en el marco del Fondo Social Europeo (FSE), es el principal instrumento por el que se implanta la Iniciativa de Empleo Juvenil y se ponen en marcha los sistemas de Garantía Juvenil, con el fin último de combatir el alto desempleo de las personas jóvenes, entre ellas, aquéllas que han finalizado su etapa formativa y tienen dificultades para encontrar un primer empleo. La Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, modificada por el Real Decreto-Ley 6/2016, de 23 de diciembre, de medidas urgentes para el impulso del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, regula los objetivos para la implantación del Sistema Nacional de Garantía Juvenil en España.

Entre las acciones a financiar se incluye el «Fomento del empleo para jóvenes investigadores/as», con respecto a la cual se recoge lo siguiente: «Se establecerán medidas de apoyo a la contratación de los jóvenes investigadores, así como para apoyar proyectos de alto valor añadido y aplicación práctica en Universidades, Organismos Públicos de Investigación y Departamentos de I+D+i de las Empresas. Estas medidas estarán destinadas, prioritariamente, a jóvenes con niveles altos de cualificación».

Para contribuir a la consecución de este objetivo, la Junta de Andalucía, a través de la Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad, cofinancia en el marco del citado Programa Operativo de Empleo Juvenil, actuaciones que promuevan, entre otras, la contratación de jóvenes investigadores.

La financiación de las actuaciones previstas en la Convocatoria objeto de esta Resolución, será con cargo íntegro a la transferencia de financiación a favor de la Universidad de Jaén, mediante Resolución de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología de la Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad dentro del programa presupuestario «Investigación, Ciencia e Innovación», y de la partida presupuestaria denominada «A Universidades de Andalucía, contratación de jóvenes investigadores» cuyo montante se cofinancia con los recursos del Fondo Social Europeo y los propios de la Junta de Andalucía que se destinará necesariamente a financiar la retribución bruta, más la correspondiente cuota empresarial a la Seguridad Social.

La formalización de los contratos de trabajo temporales estará condicionada a la notificación de la resolución del órgano competente autorizando la transferencia de financiación.

1. Gestión de la convocatoria.

La convocatoria será efectuada por resolución del Rector de la Universidad de Jaén y se publicará en la siguiente URL de la Universidad de Jaén: https://bit.ly/2Uz0NJb

2. Solicitudes.

Las solicitudes de participación se dirigirán al Vicerrectorado de Investigación de la Universidad de Jaén y se realizarán telemáticamente por los/as solicitantes, de conformidad con el procedimiento que se indicará en el texto de la convocatoria. La cumplimentación de la solicitud deberá realizarse obligatoriamente a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la página web del Vicerrectorado de Investigación de la Universidad de Jaén y que se detallarán en la resolución de convocatoria.

Posteriormente a la realización de la solicitud telemática, se deberá imprimir el documento de solicitud definitiva generado por la aplicación, y una vez firmado se presentará en el Registro General de la Universidad de Jaén o en cualquiera de los lugares previstos Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigida al Vicerrectorado de Investigación, Campus Las Lagunillas, Edificio Rectorado 23071-Jaén, dentro del plazo establecido en el convocatoria. Para los solicitantes que opten por la presentación de su solicitud en un registro distinto del de la Universidad de Jaén, se recomienda el envío de dicha solicitud una vez registrada, al Servicio de Gestión de Investigación de la Universidad de Jaén, por correo electrónico a la dirección secinv@ujaen.es antes de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes en los dos días siguientes al de la presentación.

La convocatoria especificará las plazas ofertadas, la titulación exigida para cada plaza, documentación a presentar por los solicitantes, medios de comunicación y publicación y demás datos necesarios para su tramitación y gestión. En todo lo no previsto en la convocatoria será de aplicación supletorio el Reglamento de Colaboradores con cargo a créditos de Investigación de la Universidad de Jaén.

El plazo de presentación de solicitudes será fijado en la convocatoria, que será publicada en el Tablón Digital de la Universidad de Jaén y en la URL correspondiente a la convocatoria.

3. Requisitos de participación.

3.1. Generales:

a) Estar inscrito y constar como beneficiario/a en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, conforme a los requisitos y al procedimiento establecido en los artículos 97 y 98 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, modificada por el Real Decreto-Ley 6/2016, de 23 de diciembre.

b) Tener nacionalidad española o ser ciudadano de la Unión o de los Estados parte del Acuerdo Económico Europeo o Suiza que se encuentren en España en ejercicio de la libre circulación y residencia. También podrán inscribirse los extranjeros titulares de una autorización para residir en territorio español que habilite para trabajar.

c) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria que impida en su Estado el acceso al empleo público.

d) En el caso de extranjeros no comunitarios, poseer el visado que les autorice para trabajar de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, en su reforma dada por la Ley Orgánica 2/2009, de 11 de diciembre, y la correspondiente autorización administrativa.

3.2. Específicos:

a) Estar en posesión de la titulación superior universitaria requerida (Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura o Grado), de acuerdo con las plazas ofertadas en el Anexo I de la convocatoria.

b) No haber sido contratado en prácticas anteriormente en virtud de la misma titulación por un periodo acumulado o de una sola vez que supere los seis meses de contrato.

4. Recursos.

La convocatoria fijará los recursos que se puedan interponer de acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La presente resolución y los actos derivados de la misma podrán ser impugnados de acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Jaén, 14 de marzo de 2019.- El Rector, Juan Gómez Ortega.

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