Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 65 de 04/04/2019

1. Disposiciones generales

Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local

Extracto de la Resolución de la Dirección General de Administración Local, por la que se convocan para el año 2019 las subvenciones previstas en la Orden de 18 de mayo de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a entidades locales para afrontar necesidades surgidas de situaciones de emergencia o catástrofe, dentro del ámbito del Plan de Cooperación Municipal.

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Número de Identificación de la Base de Datos Nacional de Subvenciones: 446671.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA:

Primero. Convocatoria.

Se convoca para el ejercicio 2019, en régimen de concurrencia no competitiva, la concesión de las subvenciones previstas en la Orden de 18 de mayo de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a entidades locales para afrontar necesidades surgidas de situaciones de emergencia o catástrofe, dentro del ámbito del Plan de Cooperación Municipal.

Dichas subvenciones se concederán con cargo a los siguientes créditos presupuestarios del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 2019:

0100.01.00.00 G/81A/46400 (para gastos corrientes) y

0100.01.00.00 G/81A/76501 (para gastos de inversión).

Segundo. Beneficiarios.

Podrán solicitar las subvenciones objeto de la presente convocatoria los municipios y entidades locales autónomas de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Tercero. Objeto.

Financiar las actuaciones necesarias para la restitución de infraestructuras e instalaciones de titularidad y competencia de municipios y entidades locales autónomas dañadas por eventos generadores de situaciones de emergencia o catástrofe acaecidas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el período comprendido entre el 1.7.2018 a 30.6.2019, ambos inclusive, con el fin de restablecer en las zonas siniestradas el normal funcionamiento de servicios públicos locales de carácter esencial, básicos u obligatorios, en beneficio de la comunidad vecinal.

Cuarto. Bases reguladoras.

La presente convocatoria se rige por las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a municipios y entidades locales autónomas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en régimen de concurrencia no competitiva, a entidades locales para afrontar necesidades surgidas de situaciones de emergencia o catástrofe, dentro del ámbito del Plan de Cooperación Municipal, aprobadas por la Orden 18 de mayo 2017, de la Consejería de la Presidencia y Administración Local (BOJA núm. 96).

Quinto. Cuantías.

Esta línea de subvenciones está dotada con las cuantías máximas que se indican a continuación para los siguientes créditos presupuestarios:

0100.01.00.00 G/81A/46400 .............. 300.000,00 €.

0100.01.00.00 G/81A/76501 ........... 2.000.000,00 €.

Se fija como importe máximo a conceder a cada entidad local 120.000 euros, con los requisitos concretos establecidos en las bases reguladoras.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de las solicitudes se iniciará el día siguiente a la publicación de este extracto en el BOJA y finalizará el 12 de julio de 2019 inclusive.

Séptimo. Otros datos.

Los formularios para la solicitud y trámite de audiencia figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria.

Sevilla.- El Director General, Joaquín López-Sidro Gil.

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