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En virtud de las facultades que me vienen atribuidas por el artículo 21 de la Ley 1/1988, de 17 de marzo, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, y del acuerdo adoptado por el Pleno de esta Institución, en la sesión celebrada el 12 de febrero de 2019,
RESUELVO
De conformidad con el art. 12 de la citada Ley 1/1988, ordenar la publicación del Informe de fiscalización de cumplimiento de la gestión de los Recursos Humanos del Servicio de Policía Local en los municipios con una población entre 50.000 y 100.000 habitantes. Ejercicio 2016
Sevilla, 1 de abril de 2019.- El Presidente, Antonio M. López Hernández.
Fiscalización de cumplimiento de la gestión de los Recursos Humanos del Servicio de Policía Local en los municipios con una población entre 50.000 y 100.000 habitantes. Ejercicio 2016
El Pleno de la Cámara de Cuentas de Andalucía, en su sesión celebrada el día 12 de febrero de 2019, con la asistencia de todos sus miembros, ha acordado aprobar el Informe de cumplimiento de la gestión de los Recursos Humanos del Servicio de Policía Local en los municipios con una población entre 50.000 y 100.000 habitantes, correspondiente al ejercicio 2016.
ÍNDICE
1. INTRODUCCIÓN
2. RESPONSABILIDAD DE LAS ENTIDADES LOCALES EN MATERIA DE POLICÍA LOCAL
3. RESPONSABILIDAD DE LA CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA
4. INFORME DE CUMPLIMIENTO DE LEGALIDAD
4.1. Ayuntamiento de Fuengirola
4.1.1. Fundamentos de la opinión con salvedades
4.1.2. Opinión con salvedades
4.2. Ayuntamiento de La Línea de la Concepción
4.2.1. Fundamentos de la opinión con salvedades
4.2.2. Opinión con salvedades
4.3. Ayuntamiento de Linares
4.3.1. Fundamentos de la opinión con salvedades
4.3.2. Opinión con salvedades
4.4. Ayuntamiento de Utrera
4.4.1. Fundamentos de la opinión con salvedades
4.4.2. Opinión con salvedades
4.5. Otras cuestiones significativas que no afectan a las opiniones
4.6. Recomendaciones
5. ANÁLISIS CONJUNTO DE LOS SERVICIOS DE POLICÍA LOCAL
6. ANEXOS
6.1. Anexo 1. Datos Fuentes
6.2. Anexo 2. Obligaciones reconocidas en el programa 132 «Seguridad y Orden Público». 2016
6.3. Anexo 3. Marco normativo
7. ALEGACIONES PRESENTADAS Y TRATAMIENTO DE LAS MISMAS EN LOS SUPUESTOS QUE NO HAYAN SIDO ADMITIDAS O SE ADMITAN PARCIALMENTE
ABREVIATURAS
EBEP Estatuto Básico del Empleado Público, Ley 7/2007, de 12 de abril
LBRL Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local
LCPL Ley 13/2001 de Coordinación de Policías Locales
LMRFP Ley 30/1984 de Medidas para la Reforma de la Función Pública
LOFCS Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
L-V Lunes a viernes
M/T/N Mañana, Tarde, Noche
RPT Relación de Puestos de Trabajo
RD Real Decreto
SPL Servicio de Policía Local
TRLEBEP Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público
TRRL Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local
TSJA Tribunal Superior de Justicia de Andalucía
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