Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 73 de 16/04/2019

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 27 de febrero de 2019, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Coín, dimanante de autos núm. 425/2018. (PP. 663/2019).

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NIG: 2904242120180001631.

Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 425/2018. Negociado: 10.

Sobre: Obligaciones: otras cuestiones.

De: María del Carmen López López.

Procuradora: Sra. María Dolores Fernández Pérez.

Letrado: Sr. Ceferino G. Sánchez Aichmann.

Contra: Don Rubén Álvaro Benavente y Servicios Integrales Álvaro, S.L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Juicio Verbal (250.2) 425/2018, seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Coín, a instancia de María del Carmen López López contra don Ruben Álvaro Benavente y Servicios Integrales Álvaro, S.L., sobre obligaciones: otras cuestiones, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 144/18

En Coín, a 17 de diciembre de 2018.

Vistos por doña Rosa Encarnación Martínez Roldán, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Coín, los autos de Juicio Verbal, seguidos en este juzgado bajo el número 425 del año 2018, a instancia de doña M.ª del Carmen López López representada por la Procuradora doña M.ª Dolores Fernández Pérez y defendida por el Letrado Sr. Sánchez Aichmann, contra la mercantil Servicios Integrales Álvaro, S.L., y don Rubén Álvaro Benavente, declarados en rebeldía.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por doña M.ª del Carmen López López, representada por la Procuradora doña M.ª Dolores Fernández Pérez, contra la mercantil Servicios Integrales Álvaro, S.L., y don Rubén Álvaro Benavente declarados en rebeldía, debo condenar y condeno a los demandados solidariamente a pagar a la actora la cantidad de dos mil ochocientos seis euros (2.806 €), más intereses legales devengados hasta la fecha de la sentencia, con expresa condena en costas.

Llévese el original al libro de sentencias.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio mando y firmo.

Publicación. Leída y publicada fue la anterior sentencia por la Juez que la suscribe en el mismo día de su fecha, y estando celebrando audiencia pública. Doy fe.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados don Rubén Álvaro Benavente y Servicios Integrales Álvaro, S.L., extiendo y firmo la presente en Coín, a veintisiete de febrero de dos mil diecinueve.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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