Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 79 de 26/04/2019

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud y Familias

Decreto 457/2019, de 23 de abril, por el que se modifica el Decreto 105/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Familias y del Servicio Andaluz de Salud.

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El Decreto del Presidente 6/2019, de 11 de febrero, por el que se modifica el Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, modificó el citado Decreto con el fin de precisar, entre otras, la atribución de las competencias relativas a las drogodependencias y otras adicciones, que corresponderán a la Consejería de Salud y Familias.

En aplicación de lo anterior, el artículo 13.l) del Decreto 105/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Familias y del Servicio Andaluz de Salud, atribuye a la Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud el desarrollo y coordinación de las políticas activas en materia de prevención, asistencia, tratamiento y reinserción de las personas en situación de drogodependencias y adicciones. Y, por otra parte, la disposición adicional tercera del Decreto 106/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, suprime las referencias en materia de drogodependencias y adicciones contenidas en el Decreto 101/2011, de 19 de abril, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, sin perjuicio de la modificación estatutaria que corresponda.

Los referidos Estatutos, en su artículo 9.1.4 establecen que la Agencia ostenta competencias para la atención a las drogodependencias y adicciones y la incorporación social para la atención a colectivos excluidos o en riesgo de exclusión social mediante su colaboración y asistencia técnica en:

a) La gestión de recursos, centros y programas de atención sociosanitaria y de incorporación social dirigidos a las personas con problemas de drogodependencias y adicciones.

b) La gestión de programas dirigidos a personas, grupos y colectivos excluidos socialmente para favorecer su incorporación social.

c) Las actividades que tengan por objeto mejorar la calidad de vida de las personas afectadas por las drogodependencias y adicciones.

A través de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía se gestionan, entre otras actuaciones contenidas en el tercer Plan Andaluz sobre Drogas, seis Comunidades Terapéuticas para personas con problemas de adicción en régimen residencial ubicados en las provincias de Huelva, Sevilla, Cádiz y Málaga, así como el Centro de seguimiento del Programa Experimental de Prescripción de Estupefacientes de Andalucía (PEPSA).

Con el objeto de evitar interrupciones en la gestión que se realiza por dicha Agencia en materia de drogodependencias y adicciones es de interés de la Consejería de Salud y Familias que la citada Agencia continúe desarrollando las actividades que ejercía, hasta tanto se aprueben las modificaciones normativas correspondientes.

El presente decreto cumple con los principios de buena regulación a los que se refiere el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia. Y no conlleva la restricción de derechos de las personas, al tiempo que establece las medidas imprescindibles para cumplir su finalidad, sin generar nuevas cargas administrativas, quedando justificados suficientemente los objetivos que persigue.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en los artículos 27.19 y 46.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el artículo 24.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, a propuesta del Consejero de Salud y Familias, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 23 de abril de 2019,

DISPONGO

Artículo único. Modificación del Decreto 105/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Familias y del Servicio Andaluz de Salud.

Se modifica el Decreto 105/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Familias y del Servicio Andaluz de Salud, adicionando una disposición transitoria cuarta, con la siguiente redacción:

«Disposición transitoria cuarta. Competencias en materia de drogodependencia y adicciones.

Hasta tanto se lleven a cabo las adaptaciones normativas correspondientes en materia de drogodependencia y adicciones, la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía continuará desarrollando las competencias que venía ejerciendo en materia de drogodependencia y adicciones con cargo a los mismos créditos presupuestarios a que venían imputándose, todo ello en un plazo que no excederá del 31 de diciembre de 2020.»

Disposición final única. Entrada en vigor.

Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, sin perjuicio de que la disposición transitoria cuarta tenga eficacia retroactiva al mismo día de la entrada en vigor del Decreto 105/2019, de 12 de febrero.

Sevilla, 23 de abril de 2019

JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
JESÚS RAMÓN AGUIRRE MUÑOZ
Consejero de Salud y Familias
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