Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 86 de 08/05/2019

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Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio

Anuncio de 2 de mayo 2019, de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía, por el que se da publicidad a la convocatoria para la cobertura de los puestos directivos de Direcciones de Área de Administración General y Gestión del Parque Público de Viviendas.

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Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 30.4 del Decreto del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía 174/2016, de 15 de noviembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía, que exige la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de las convocatorias para la selección del personal de la Agencia, por el presente y para general conocimiento, se dispone la publicación de la Resolución, cuyo tenor literal a continuación se transcribe:

«RESOLUCIÓN DE 2 MAYO DE 2019, DEL DIRECTOR GENERAL DE LA AGENCIA DE VIVIENDA Y REHABILITACIÓN DE ANDALUCÍA, POR LA QUE SE EFECTÚA CONVOCATORIA PARA LA COBERTURA DE LOS PUESTOS DIRECTIVOS DE LAS DIRECCIONES DE ÁREAS DE ADMINISTRACIÓN GENERAL Y DE GESTIÓN DEL PARQUE PÚBLICO DE VIVIENDAS

El artículo 13.1 y 2 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), establece, respecto del personal directivo profesional de las Administraciones Públicas, que:

“1. Es personal directivo el que desarrolla funciones directivas profesionales en las Administraciones Públicas, definidas como tales en las normas específicas de cada Administración.

2. Su designación atenderá a principios de mérito y capacidad y a criterios de idoneidad, y se llevará a cabo mediante procedimientos que garanticen la publicidad y concurrencia.”

A su vez, el artículo 70.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, determina que “es personal directivo de las Agencias Públicas Empresariales el que ocupa puestos de trabajo determinados como tales en los Estatutos, en atención a la especial responsabilidad, competencia técnica y relevancia de las tareas asignadas. Su régimen jurídico será el previsto en el artículo 13 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y en la normativa de desarrollo dictada por la Comunidad Autónoma de Andalucía”.

Igualmente, la disposición adicional quinta de la Ley 1/2011, de 17 de febrero, de Reordenación del sector público de Andalucía, establece que:

“1. El personal directivo de las agencias es el que ocupa los puestos de trabajo determinados como tales en los estatutos de las mismas, en atención a la especial responsabilidad, competencia técnica y relevancia de las tareas a ellos asignadas.

2. Su designación atenderá a principios de mérito y capacidad y a criterios de idoneidad, y se llevará a cabo mediante procedimientos que garanticen la publicidad y concurrencia. Los puestos de trabajo que tengan asignadas tareas de dirección que estén relacionadas con el ejercicio de potestades públicas serán desempeñados, en todo caso, por personal directivo que tenga la condición de funcionario de carrera o por quienes sean nombrados por el Consejo de Gobierno como gerentes o jefes de personal de las agencias.

3. Su régimen jurídico será el previsto en el artículo 13 de la Ley 7/ 2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y en la normativa de desarrollo dictada por la Comunidad Autónoma de Andalucía.”

Conforme a los anteriores preceptos, el artículo 31.4 de los Estatutos de la Agencia, aprobados por Decreto del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía 174/2016, de 15 de noviembre (BOJA núm. 223, de 21 de noviembre de 2016), establece que tendrán la consideración de personal directivo el personal que sea titular de las siguientes direcciones: Dirección del Área de Administración General, Dirección del Área de Operaciones, Dirección del Área de Gestión del Parque Público de Viviendas y Dirección del Área Económico-Financiera.

Por su parte, el artículo 11.2.n) de los Estatutos de la Agencia dispone que corresponde al Consejo Rector proponer a la persona titular de la Presidencia el nombramiento y cese del personal directivo en atención a lo dispuesto en el artículo 9.2.g) de los Estatutos, esto es de los Directores de las áreas ante relacionadas, siendo preciso para ello, a tenor del artículo 14.2.b) del mismo texto, la elevación de la pertinente propuesta al citado órgano colegiado por la Dirección General de la Agencia.

A tales efectos, la Dirección General propondrá al Consejo Rector de la Agencia, siempre que ello fuera posible, una terna de candidaturas con la mejor valoración obtenida atendiendo a los principios de mérito y capacidad y a criterios de idoneidad, ponderando en su conjunto las cualidades de las personas aspirantes, y mediante un procedimiento de selección que garantice la publicidad y concurrencia.

En virtud de cuanto antecede y en el uso de las atribuciones estatutariamente conferidas a esta Dirección General,

HE RESUELTO

Primero. Aprobar la convocatoria pública para la cobertura de los puestos directivos de las Direcciones de Áreas de Administración General y de Gestión del Parque Público de Viviendas.

Segundo. El proceso de selección para su cobertura se llevará a cabo con arreglo a las siguientes

BASES

I. PUESTOS DIRECTIVOS CONVOCADOS

1. Dirección de Área de Administración General.

2. Dirección de Área de Gestión del Parque Público de Viviendas.

II. PERFIL Y CARACTERÍSTICAS DEL PUESTO DIRECTIVO CONVOCADO

1. Dirección del Área de Administración General.

• Titulación requerida: Licenciatura o Grado y Máster en aquellas titulaciones universitarias cuya realización sea preceptiva para el acceso al ejercicio profesional, preferentemente, en Derecho, Ciencias Económicas y Empresariales, Administración y Dirección de Empresas o Relaciones Laborales y Recursos Humanos.

• Experiencia requerida: Al menos de cinco años en cargos públicos o puestos de responsabilidad en el sector público (Administraciones Públicas o Entidades Públicas Empresariales de ellas dependientes), en el desarrollo y ejecución de las funciones asignadas a la misión del puesto.

• Misión del puesto: En general, la dirección, organización, coordinación y control de los servicios y recursos personales y materiales comunes de la Agencia, sin perjuicio de la jefatura superior que sobre los mismos corresponde a la persona titular de la Gerencia, conforme al artículo 16. En especial le corresponde la jefatura y administración del personal; régimen interior y los asuntos generales y de intendencia que afecten de forma genérica a los edificios, instalaciones, parque móvil y servicios de la Agencia; organización y racionalización de las unidades y servicios de la Agencia y las funciones generales de administración, registro, archivo central y biblioteca; elaboración de la programación informática de la Agencia, la gestión de la infraestructura y de las comunicaciones, el asesoramiento y asistencia técnica en tecnologías de la información, la gestión de los planes y recursos informáticos, así como la ejecución de programas de formación en materia informática; dirección y gestión de las funciones de información y documentación; asistencia jurídica y técnica en la contratación administrativa, así como la contratación de los servicios comunes de la Agencia; impulso y coordinación de las circulares e instrucciones internas que establezcan los procesos de trabajo y las propuestas de agilización y simplificación de los procedimientos y la gestión de la calidad.

La persona titular de la Dirección de Administración General actuará con plena dedicación, autonomía y responsabilidad, solo limitada por los criterios e instrucciones emanados de los máximos órganos de dirección de la entidad. En todo caso velará por el cumplimiento de los objetivos fijados por el Consejo Rector de la Agencia.

• Conocimientos necesarios:

- Competencias en habilidades directivas.

- Habilidades sociales y capacidad de interlocución con organismos públicos y privados.

- Planificación, supervisión y evaluación de las políticas de vivienda y suelo.

- Gestión de recursos humanos: selección, formación, gestión de equipos, etc.

- Gestión presupuestaria: conocimiento y aplicación del papel de los presupuestos en el diseño y aplicación de las políticas públicas.

- Gestión de la calidad: gestión de herramientas para prestar mejores servicios a los ciudadanos.

• Régimen Laboral: Sometido a la relación laboral de carácter especial de alta dirección (Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto). Su régimen jurídico será el previsto en el artículo 13 de la Ley 7/ 2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y en la normativa de desarrollo dictada por la Comunidad Autónoma de Andalucía.

• Régimen de incompatibilidades: La persona seleccionada quedará sometida al régimen de incompatibilidades previsto en la Ley 53/84, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas y demás normas de aplicación.

• Sistema de provisión y cese: Nombramiento y cese por la persona titular de la Presidencia de la Agencia a propuesta del Consejo Rector, conforme a los procedimientos, principios y criterios establecidos en el artículo 13.2 del EBEP.

• Desempeño del puesto: Régimen de dedicación exclusiva con especial disponibilidad y plena dedicación inherente a sus responsabilidades. Se requiere permiso de conducir de la clase B y disponibilidad para viajar.

• Retribución: 56.729,02 euros brutos anuales distribuidos en doce mensualidades y dos pagas extraordinarias y, en su caso, antigüedad y complemento de productividad, con los límites establecidos en la normativa de aplicación.

2. Dirección del Área de Gestión del Parque Público de Viviendas:

• Titulación requerida: Licenciatura, Arquitectura, Ingeniería, o Grado y Máster en aquellas titulaciones universitarias cuya realización sea preceptiva para el acceso al ejercicio profesional, preferentemente, en Derecho, Ciencias Económicas y Empresariales, Administración y Dirección de Empresas.

• Experiencia requerida: Al menos de cinco años en cargos públicos o puestos de responsabilidad en el sector público (Administraciones Públicas o Entidades Públicas Empresariales de ellas dependientes), preferentemente relacionados con las áreas de vivienda y/o urbanismo y/u ordenación del territorio.

• Misión del puesto: Dirección de las diferentes líneas de actividad de la Agencia relacionadas con las políticas de administración y gestión del Parque Público de Viviendas Pública de Andalucía y cualesquiera otras de titularidad pública o privada que AVRA gestione en virtud de mandato o colaboración con Administraciones Públicas o entidades públicas de ellas dependientes, así como con entidades privadas. La persona titular de la Dirección de Gestión del Parque Público de Viviendas de la Comunidad Autónoma de Andalucía actuará con plena dedicación, autonomía y responsabilidad, solo limitada por los criterios e instrucciones emanada de los máximos órganos de dirección de la entidad. En todo caso velará por el cumplimiento de los objetivos fijados por el Consejo Rector de la Agencia.

• Conocimientos necesarios:

- Competencias en habilidades directivas.

- Habilidades sociales y capacidad de interlocución con organismos públicos y privados.

- Planificación, supervisión y evaluación de las políticas de vivienda y suelo.

- Gestión de recursos humanos: selección, formación, gestión de equipos, etc.

- Gestión presupuestaria: conocimiento y aplicación del papel de los presupuestos en el diseño y aplicación de las políticas públicas.

- Gestión de la calidad: gestión de herramientas para prestar mejores servicios a los ciudadanos.

• Régimen Laboral: Sometido a la relación laboral de carácter especial de alta dirección (Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto). Su régimen jurídico será el previsto en el artículo 13 de la Ley 7/ 2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y en la normativa de desarrollo dictada por la Comunidad Autónoma de Andalucía.

• Régimen de incompatibilidades: La persona seleccionada quedará sometida al régimen de incompatibilidades previsto en la Ley 53/84, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas y demás normas de aplicación.

• Sistema de provisión y cese: nombramiento y cese por la persona titular de la Presidencia de la Agencia a propuesta del Consejo Rector, conforme a los procedimientos, principios y criterios establecidos en el artículo 13.2 del EBEP.

• Desempeño del puesto: Régimen de dedicación exclusiva con especial disponibilidad y plena dedicación inherente a sus responsabilidades. Se requiere permiso de conducir de la clase B y disponibilidad para viajar.

• Retribución: 56.729,02 euros brutos anuales distribuidos en doce mensualidades y dos pagas extraordinarias y, en su caso, antigüedad y complemento de productividad, con los límites establecidos en la normativa de aplicación.

III. REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN

Podrán participar en el proceso de selección tanto las personas trabajadoras de AVRA como personas ajenas a la misma que reúnan los siguientes requisitos, que tendrán carácter excluyente:

1. No hallarse inhabilitado/a para el desempeño de la profesión o funciones relacionadas con el puesto directivo objeto de la convocatoria.

2. No estar incurso/a en ninguna de las incompatibilidades que determina la legislación vigente.

3. Estar en posesión del título que se requiere en la convocatoria, expedido por el Ministerio de Educación y Ciencia, o bien acreditar la convalidación u homologación pertinente emitida por dicho Ministerio conforme al marco legal de aplicación.

4. Cumplir los requisitos del perfil o características del puesto indicado en el apartado II de las presentes bases.

IV. SOLICITUDES

Las solicitudes se presentarán en modelo anexo a las bases de la convocatoria, en papel y dirigidas a la Dirección General de la Agencia.

Junto con la solicitud cumplimentada, firmada y conteniendo los datos personales de el/la candidato/a, deberá adjuntarse:

-Curriculum vitae, así como la documentación acreditativa de la formación, experiencia profesional, méritos y capacidades manifestados en él.

- Memoria de Gestión, en extensión no superior a dos folios formato A-4, en la que la persona aspirante haga constar los méritos y capacidades que a su juicio hacen idónea su candidatura, así como el esquema que propone para la organización y desarrollo de las funciones a su cargo y, en su caso, reparto de tareas y forma de dirección del personal a su cargo.

- Fotocopia del título que se requiere en la convocatoria, expedido por el departamento ministerial correspondiente, o bien acreditar el mismo y, en su caso, la convalidación u homologación pertinente emitida por el Ministerio competente, conforme al marco legal de aplicación.

- Fotocopia del carnet de conducir.

- Declaración responsable de cumplir todos y cada uno de los requisitos indicados en el apartado anterior según modelo que consta como anexo II, al que se puede acceder en la web de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía a través del siguiente enlace: www.juntadeandalucia.es/avra/

V. PLAZO Y MODO DE PRESENTACIÓN

El plazo de presentación de las solicitudes, curriculum vitae, memoria y documentación acreditativa de los méritos y capacidades es de 15 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

La entrega de solicitudes y documentación acreditativa se realizará en papel, deberán dirigirse a la Dirección General de AVRA y se presentarán en el Registro de los Servicios Centrales de AVRA, sito en C/ Pablo Picasso, s/n, C.P. 41018, Sevilla, o en cualquiera de los Registros de las Direcciones Provinciales de AVRA de Andalucía. El horario para registrar solicitudes es de 9:00 a 14:00 de lunes a viernes.

La entrega de la solicitud y documentación requerida fuera de plazo será causa automática de exclusión del proceso de selección.

La presentación de la solicitud supone la aceptación expresa de las normas que rigen la convocatoria por parte de la persona solicitante.

VI. RESOLUCIÓN DE LAS CONVOCATORIAS

El nombramiento de los puestos directivos objeto de la presente convocatoria se realizará de acuerdo con lo establecido en el artículo 9.2.g) de los Estatutos de la Agencia en relación con el artículo 11.2.n) de los mismos, en cuya virtud corresponde al Consejo Rector de la Agencia proponer a la persona titular de la Presidencia el nombramiento y cese de aquéllos.

La Sección de Recursos Humanos realizará los trabajos previos de gestión de los expedientes de selección y será la responsable de verificar el cumplimiento de la presentación en plazo de la solicitud, de la presentación de la documentación necesaria (curriculum vitae, memoria de gestión, fotocopia del título, fotocopia del carnet de conducir y documentación acreditativa de la formación, experiencia profesional, méritos y capacidades alegados por los/las candidatos/as) y de comprobar el cumplimiento por las candidaturas de los requisitos de titulación, formación y experiencia profesional en relación con el perfil del puesto directivo convocado. Igualmente, llevará a cabo una primera propuesta de valoración de los curriculums y memorias presentados por las candidaturas en orden a proponer a la Dirección General un número de candidatos/as no superior a cinco, siempre que ello fuera posible.

Las personas aspirantes podrán ser requeridas en cualquier momento por la Sección de Recursos Humanos al objeto de que aclaren o documenten aspectos de su curriculum, de la memoria de gestión o de la documentación requerida o acreditativa de los méritos y capacidades alegados y, si lo considera oportuno, podrán mantenerse entrevistas personales a fin de determinar la idoneidad de los aspirantes al perfil del puesto.

Para el desarrollo del proceso de selección, la Sección de Recursos Humanos podrá contratar los servicios de una consultoría en orden al asesoramiento en la selección de las candidaturas más idóneas.

Conforme dispone el artículo 14.2.b) de los Estatutos de la Agencia y al objeto del nombramiento del personal directivo, la Dirección General elevará al Consejo Rector la pertinente propuesta. Esta propuesta contendrá, siempre que ello fuera posible, una terna de candidaturas atendiendo a los principios de mérito y capacidad y a criterios de idoneidad, ponderando en su conjunto las cualidades de las personas aspirantes, mediante informe motivado de la idoneidad de las candidaturas, en el que se mencionen los principales elementos tenidos en cuenta para la valoración, entre los que se tendrá en consideración el currículum vitae y la memoria de gestión presentadas por las personas candidatas. La Dirección General podrá contar con cuantos informes considere necesarios.

Conforme al artículo 11.2.n) y ñ) de los Estatutos de AVRA, el Consejo Rector propondrá a la persona titular de la Presidencia el nombramiento y cese del personal directivo velando por la representación equilibrada de mujeres y hombres en los puestos directivos, conforme a lo establecido en la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía.

Sin perjuicio de lo anterior, dado el carácter del puesto directivo sometido al principio de idoneidad, se podrá declarar desierta la convocatoria.

El nombramiento se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el portal de la transparencia de la Junta de Andalucía, así como en la página Web y en la intranet de la Agencia.

La persona designada deberá incorporarse a la Agencia en el plazo de 20 días naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación del nombramiento en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Este plazo podrá adelantarse o demorarse dependiendo de la planificación y necesidades organizativas de la Agencia. En el caso de no producirse la incorporación se entenderá que renuncia al nombramiento.

VII. PUBLICIDAD

La presente Resolución y convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, conforme establece el artículo 30.4 de los Estatutos de la Agencia, así como en el portal de la transparencia, en la página Web y en la intranet de la Agencia.

VIII. PROCEDIMIENTO DE RECLAMACIÓN

Contra la propuesta de las 5 candidaturas, si ello fuera posible, con mejor valoración por parte de la Sección de Recursos Humanos a la Dirección General, los interesados podrán presentar reclamaciones ante esta última en el plazo de 5 días hábiles desde la publicación de dicha propuesta en la Web e intranet de la Agencia.

IX. POLÍTICA DE PRIVACIDAD

La información sobre protección de datos y política de privacidad se encuentra en el Modelo de solicitud que se acompaña a esta convocatoria como Anexo I, al que se puede acceder en la web de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía a través del siguiente enlace: www.juntadeandalucia.es/avra/.

En Sevilla, 2 de mayo de 2019. El Director General, Juan Carlos del Pino Leruite.»

Las bases que desarrollan la presente convocatoria se encuentran publicadas en la web de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía a través del siguiente enlace: www.juntadeandalucia.es/avra.

Sevilla, 2 de mayo de 2019.- El Gerente, José Alfonso Sánchez Cruz.

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