Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 116 de 18/06/2020

1. Disposiciones generales

Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación

Orden de 13 de junio de 2020, por la que se establece la distribución de las cantidades a percibir por las entidades locales para la financiación de los servicios sociales comunitarios en Andalucía correspondientes al ejercicio presupuestario 2020.

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La Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía, dispone que los Servicios Sociales Comunitarios constituyen la estructura básica del nivel primario del Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía, quedando regulada su naturaleza y prestaciones por el Decreto 11/1992, de 28 de enero, por el que se establecen la naturaleza y prestaciones de los servicios sociales comunitarios (BOJA núm. 17, de 25 febrero). La organización y gestión de estos servicios y sus centros corresponde a las entidades locales de cada territorio, de ámbito municipal o supramunicipal, en el marco de la planificación autonómica y en el ejercicio de las competencias propias en materia de servicios sociales que les atribuyen el Estatuto de Autonomía de Andalucía y la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía. En este sentido, los servicios sociales comunitarios se configuran como el primer nivel de referencia para la valoración de las necesidades, la planificación, la intervención, tratamiento, seguimiento, evaluación de la atención y coordinación con otros agentes institucionales del Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía, garantizando la universalidad en el acceso al mismo y su proximidad a las personas usuarias, familias, unidades de convivencia y grupos de la comunidad. Asimismo, la citada Ley 9/2016, de 27 de diciembre, atribuye al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, entre otras, la competencia para establecer las prioridades y directrices de la política general de servicios sociales, así como los criterios y las fórmulas de coordinación general del Sistema de Servicios Sociales de Andalucía. De igual manera la referida Ley atribuye a la Consejería competente en materia de servicios sociales, entre otras, la competencia para adoptar las medidas necesarias para ejecutar las directrices que establezca el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía en materia de servicios sociales y para desarrollar y ejecutar sus disposiciones y acuerdos.

El Decreto 106/2019, de 15 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación (BOJA núm. 31, de 14 de febrero), asigna a la misma competencias en el desarrollo de la red de los Servicios Sociales Comunitarios.

El Decreto 203/2002, de 16 de julio, por el que se regula el sistema de financiación de los Servicios Sociales Comunitarios en Andalucía (BOJA núm. 85, de 20 julio), establece en su artículo segundo que los créditos presupuestarios destinados a la financiación de los Servicios Sociales Comunitarios en Andalucía serán transferidos por la Consejería de Asuntos Sociales (actualmente Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación) y distribuidos entre las Diputaciones Provinciales y los Ayuntamientos de municipios de Andalucía con población superior a veinte mil habitantes, conforme a las reglas que en el mismo se establecen.

Asimismo, la disposición transitoria única del Decreto 203/2002, de 16 de julio, establece que los créditos a percibir por las Entidades Locales procedentes tanto de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía como de los Presupuestos Generales del Estado estarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria del ejercicio económico. En relación con lo expuesto, para el ejercicio 2020, dado el incremento de las demandas de la población en situación de necesidad ocasionada por el COVID-19, se ve la conveniencia de plantearla en dos momentos: en una primera fase, con la aportación financiada con los créditos procedentes del presupuesto propio de la Comunidad Autónoma de Andalucía y en una segunda fase con los créditos correspondientes a la Administración General del Estado. En la actualidad existe disponibilidad presupuestaria de los créditos financiados por la Junta de Andalucía, mientras que la distribución resultante de los créditos correspondientes a la Administración General del Estado deberán ser aprobados en el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia y formalizados por Acuerdo del Consejo de Ministros.

Conforme al artículo 5 del citado Decreto 203/2002, de 16 de julio, las cantidades se abonarán a las Entidades Locales, en concepto de transferencias de financiación, una vez adoptado el acuerdo de distribución de créditos por parte del órgano competente de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.

En su virtud, a propuesta del Director General de Servicios Sociales, en el ejercicio de las facultades atribuidas por la legislación vigente y de conformidad con las competencias que confiere el artículo 26 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,

DISPONGO

Primero. Aprobar para el ejercicio 2020 la distribución de los créditos que deban satisfacerse por la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación respecto a la aportación autofinanciada de la Comunidad Autónoma de Andalucía a las Diputaciones Provinciales y Ayuntamientos de municipios con población superior a veinte mil habitantes y la transferencia de los mismos, conforme se establece en el anexo de la presente orden, en virtud de lo estipulado en el Decreto 203/2002, de 16 de julio, por el que se regula el sistema de financiación de los Servicios Sociales Comunitarios en Andalucía.

Segundo. Los créditos destinados a financiar los Servicios Sociales Comunitarios en Andalucía ascienden a 33.979.529,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 1600010000 G/31G/46500/00 01, del Presupuesto de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, correspondiente al ejercicio 2020.

Tercero. La Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación procederá a la liquidación de las transferencias de financiación de la siguiente forma:

a) Las cantidades correspondientes al ejercicio 2020 serán abonadas por la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública de la Consejería de Hacienda, Industria y Energía y a propuesta de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.

b) Para proceder a las transferencias de fondos, las Entidades Locales deberán entregar la ficha de evaluación del ejercicio anterior y la certificación prevista en el artículo 5.2 del Decreto 203/2002, de 16 de julio. Asimismo deberán aportar la ficha de presentación correspondiente al ejercicio 2020 que al efecto se establezca y facilite por la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, así como certificación emitida por la Intervención de la respectiva Entidad Local correspondiente a la aportación propia destinada en sus presupuestos para la financiación de los Servicios Sociales Comunitarios en el citado ejercicio, de conformidad con el Convenio - Programa suscrito por la Junta de Andalucía y el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (actualmente Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030).

c) Los pagos correspondientes a créditos procedentes de la Ley 6/2019, de 19 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2020 (BOJA núm. 246, de 24 de diciembre) se abonarán una vez presentados los certificados y cumplimentadas las fichas a las que hace referencia el apartado anterior.

Cuarto. Estas cantidades serán destinadas a garantizar la continuidad de los efectivos personales y funcionales que desarrollan su actividad en el ámbito de los Servicios Sociales Comunitarios de Andalucía.

Sevilla, 13 de junio de 2020

ROCÍO RUIZ DOMÍNGUEZ

Consejera de Igualdad, Políticas Sociales
y Conciliación

ANEXO

Corporación Local Distribución Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación 2020
Ayuntamiento de Almería 813.783,09
Diputación Provincial de Almería 1.038.281,66
Ayuntamiento de Adra 90.555,07
Ayuntamiento de El Ejido 360.565,92
Ayuntamiento de Níjar 109.330,64
Ayuntamiento de Roquetas de Mar 354.387,82
Ayuntamiento de Vícar 123.259,11
Ayuntamiento de Cádiz 623.970,77
Ayuntamiento de Jerez de la Frontera 817.315,29
Diputación Provincial de Cádiz 815.458,00
Ayuntamiento de Algeciras 476.015,26
Ayuntamiento de Arcos de la Frontera 111.893,04
Ayuntamiento de Barbate 97.173,70
Ayuntamiento de Los Barrios 121.989,81
Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera 328.280,77
Ayuntamiento de Conil de la Frontera 117.357,21
Ayuntamiento de La Línea de la Concepción 229.474,85
Ayuntamiento de El Puerto de Santa María 357.261,29
Ayuntamiento de Puerto Real 155.183,77
Ayuntamiento de Rota 109.053,25
Ayuntamiento de San Fernando 390.212,34
Ayuntamiento de San Roque 109.231,66
Ayuntamiento de Sanlúcar de Barrameda 252.280,65
Ayuntamiento de Córdoba 1.252.526,54
Diputación Provincial de Córdoba 1.078.132,82
Ayuntamiento de Baena 78.132,93
Ayuntamiento de Cabra 75.579,24
Ayuntamiento de Lucena 172.074,12
Ayuntamiento de Montilla 87.840,50
Ayuntamiento de Palma del Río 119.661,83
Ayuntamiento de Priego de Córdoba 86.295,47
Ayuntamiento de Puente Genil 115.513,94
Ayuntamiento de Granada 1.108.537,35
Diputación Provincial de Granada 1.816.429,95
Ayuntamiento de Almuñecar 104.234,86
Ayuntamiento de Armilla 118.013,75
Ayuntamiento de Baza 79.861,34
Ayuntamiento de Las Gabias 77.987,37
Ayuntamiento de Guadix 74.161,23
Ayuntamiento de Loja 76.091,08
Ayuntamiento de Maracena 117.908,19
Ayuntamiento de Motril 252.367,34
Ayuntamiento de Huelva 526.037,19
Diputación Provincial de Huelva 971.269,49
Ayuntamiento de Aljaraque 81.516,39
Ayuntamiento de Almonte 120.490,50
Ayuntamiento de Ayamonte 116.693,88
Ayuntamiento de Isla Cristina 118.620,09
Ayuntamiento de Lepe 96.565,39
Ayuntamiento de Moguer 81.949,86
Ayuntamiento de Jaén 603.771,94
Diputación Provincial de Jaén 1.306.040,34
Ayuntamiento de Alcalá la Real 80.577,23
Ayuntamiento de Andújar 157.341,24
Ayuntamiento de Linares 241.943,32
Ayuntamiento de Martos 90.009,37
Ayuntamiento de Úbeda 126.662,66
Ayuntamiento de Málaga 2.259.123,48
Diputación Provincial de Málaga 1.010.598,42
Ayuntamiento de Alhaurín de la Torre 176.853,20
Ayuntamiento de Alhaurín el Grande 125.001,87
Ayuntamiento de Antequera 180.479,59
Ayuntamiento de Benalmádena 246.037,56
Ayuntamiento de Cártama 120.839,85
Ayuntamiento de Coín 119.998,56
Ayuntamiento de Estepona 275.151,83
Ayuntamiento de Fuengirola 304.456,67
Ayuntamiento de Marbella 592.548,90
Ayuntamiento de Mijas 309.293,53
Ayuntamiento de Nerja 120.292,60
Ayuntamiento de Rincón de la Victoria 196.536,44
Ayuntamiento de Ronda 143.332,51
Ayuntamiento de Torremolinos 299.690,29
Ayuntamiento de Vélez-Málaga 286.424,15
Ayuntamiento de Sevilla 2.843.568,87
Diputación Provincial de Sevilla 2.300.152,26
Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra 263.533,04
Ayuntamiento de Bormujos 78.687,17
Ayuntamiento de Camas 97.885,39
Ayuntamiento de Carmona 108.417,16
Ayuntamiento de Coria del Río 108.238,43
Ayuntamiento de Dos Hermanas 507.241,74
Ayuntamiento de Écija 152.718,01
Ayuntamiento de Lebrija 94.192,09
Ayuntamiento de Mairena del Alcor 82.392,30
Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe 173.427,27
Ayuntamiento de Morón de la Frontera 106.997,90
Ayuntamiento de Los Palacios y Villafranca 143.618,57
Ayuntamiento de La Rinconada 148.402,61
Ayuntamiento de San Juan de Aznalfarache 73.445,59
Ayuntamiento de Tomares 123.274,42
Ayuntamiento de Utrera 193.523,02
TOTALES 33.979.529,00
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