Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 137 de 17/07/2020

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Deporte

Resolución de 3 de julio de 2020, de la Delegación Territorial de Educación, Deporte, Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación en Granada, en el procedimiento de Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía.

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En virtud de lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto-ley 6/2020, de 30 de marzo, por el que se establecen medidas administrativas extraordinarias y urgentes en el ámbito social y económico como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19),  por el presente anuncio se notifican a las personas interesadas que figuran en el anexo los actos administrativos que se indican:

Resoluciones provisionales de concesión de la persona titular de la Delegación Territorial de Educación, Deporte, Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación en Granada de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, regulada por el Decreto-ley 3/2017, de 19 de diciembre, y el Decreto-ley 6/2020, de 30 de marzo, por el procedimiento de urgencia o emergencia social.

Conforme al artículo 2.2 del Decreto-ley 6/2020, de 30 de marzo, los expedientes resueltos provisionalmente con arreglo al procedimiento extraordinario de concesión serán objeto de revisión en el plazo de tres meses a contar desde que se produzca la finalización del estado de alarma. Dicha revisión comportará la comprobación del conjunto de requisitos para la concesión de la renta de acuerdo con lo dispuesto en la normativa aplicable, en función de la situación de la unidad familiar. En la citada revisión se dictará resolución definitiva, confirmando la resolución provisional dictada si se comprueba el cumplimiento de los requisitos requeridos, generándose con ello el derecho a la percepción de las cantidades pendientes de abonar, o bien declarando su improcedencia, si no concurren los requisitos para obtener el derecho a su percepción e iniciándose en ese caso el procedimiento de reintegro.

Contra las citadas resoluciones provisionales de ampliación no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de que las personas interesadas puedan presentar las alegaciones que estimen convenientes en defensa de sus intereses, en el plazo de 15 días contados a partir del siguiente a la presente notificación.

ANEXO

NÚM. EXPEDIENTE NOMBRE Y APELLIDOS
(DPGR)561-2020-00008201-2 CARMONA MALDONADO, FRANCISCA
(DPGR)561-2020-00009502-2 ROMÁN HEREDIA, DULCE NOMBRE
(DPGR)561-2020-00010038-2 FERNÁNDEZ PALACIOS, ARÁNZAZU DE LOS ÁNGELES

Granada, 3 de julio de 2020.- La Delegada, Ana Dolores Berrocal Jurado.

«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el art. 44 de la Ley 39/2015, y con carácter previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será la determinante a los efectos de su notificación.»

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