Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 189 de 29/09/2020

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Deporte

Resolución de 16 de septiembre de 2020, de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, por la que se establece el calendario para el desarrollo de las elecciones de representantes en los Consejos de Centro de los Institutos Provinciales de Educación Permanente de la Comunidad Autónoma de Andalucía, para el curso 2020/21.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00178124.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 126.6 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, corresponde a la Administración educativa regular el proceso de elección de los miembros de los Consejos Escolares de los centros públicos.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 135 de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía, la Consejería competente en materia de educación ha de arbitrar las medidas necesarias para impulsar la participación de los distintos sectores de la comunidad educativa en estos órganos colegiados de gobierno.

Los Consejos Escolares reciben la denominación de Consejos de Centro en los centros específicos de educación permanente de personas adultas en el artículo 109.3 de la citada de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre.

En aplicación del artículo 38 del Decreto de 159/2002, de 28 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Institutos Provinciales de Formación para Adultos, el procedimiento para la elección y renovación de los Consejos de Centro se desarrollará en el primer trimestre del curso académico correspondiente.

La publicación del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declaraba el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, hizo que en Andalucía se adoptaran diversas medidas preventivas en materia sanitaria, sociosanitaria, de transporte, docencia y empleo, medio ambiente y agricultura, y en materia de cultura, ocio y deporte, mediante la Orden de 13 de marzo de 2020, de la Consejería de Salud y Familias.

Además, esta Consejería publicó la Orden de 19 de junio de 2020, por la que se adoptan medidas preventivas de salud pública en la Comunidad Autónoma de Andalucía para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus (COVID-19) una vez superado el estado de alarma, la cual fue modificada en la Orden de 16 de agosto de 2020, para implementar en la Comunidad Autónoma de Andalucía actuaciones coordinadas en salud pública para responder ante la situación de especial riesgo derivada del incremento de casos positivos por COVID-19.

Por su parte, la Consejería de Educación y Deporte, atendiendo a lo establecido por las autoridades sanitarias y a la normativa de la Consejería de Salud y Familias, ha publicado instrucciones de carácter pedagógico y organizativo para los centros docentes, con el objeto de dar respuesta desde el ámbito educativo a la citada crisis sanitaria y garantizar ante todo la salud y seguridad de la comunidad educativa. Así, en las Instrucciones del 6 de julio de 2020, de la Viceconsejería de Educación y Deporte, relativas a la organización de los centros docentes para el curso escolar 2020/2021, motivada por la crisis sanitaria del covid-19 se establecieron los aspectos de organización y funcionamiento específicos para los centros docentes durante este curso académico.

En su virtud, con objeto de aplicar lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, en los procesos electorales para la renovación y constitución de los Consejos de Centro que se celebrarán en el curso 2020/21, así como para establecer el correspondiente calendario, la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, en uso de sus atribuciones,

RESUELVE

Primero. Los procesos electorales para la renovación y constitución de los Consejos de Centro que se llevarán a cabo en los Institutos Provinciales de Educación Permanente se desarrollarán de acuerdo con el siguiente calendario:

1. La Junta Electoral se constituirá entre los días 5 y 9 de octubre de 2020 (ambos inclusive).

2. El plazo de admisión de candidaturas será el comprendido entre los días 16 y 29 de octubre de 2020 (ambos inclusive). Las candidaturas se presentarán en el centro docente correspondiente coincidiendo con el horario escolar.

3. La Junta Electoral hará pública la lista provisional de candidaturas el 30 de octubre y la lista definitiva el 4 de noviembre de 2020.

4. La campaña electoral se llevará a cabo desde el 5 de noviembre hasta el 13 de noviembre de 2020 (ambos inclusive).

5. Las papeletas de voto deberán estar confeccionadas con anterioridad al día 10 de noviembre de 2020.

6. La celebración de las elecciones tendrá lugar durante los siguientes días:

a) 18 de noviembre elecciones del sector del alumnado.

b) 19 de noviembre elecciones del sector del profesorado y del personal de administración y servicios.

7. La proclamación de candidaturas electas deberá realizarse antes del 4 de diciembre de 2020.

8. La constitución del nuevo Consejo de Centro deberá realizarse antes del 21 de diciembre de 2020.

Segundo. En el supuesto de que por razones excepcionales y justificadas la elección de los representantes de los distintos sectores no se pudiera llevar a cabo de acuerdo con el calendario fijado en el apartado anterior, la correspondiente Delegación Territorial competente en materia de educación podrá autorizar, por escrito, el cambio de fecha de dicha elección que, en todo caso, se llevará a cabo en el plazo más breve posible.

Tercero. No podrán celebrarse elecciones a representantes de los distintos sectores de la comunidad educativa los días que hayan sido declarados no lectivos.

Cuarto. En la constitución, modificación o renovación de los Consejos de Centros, a fin de garantizar la representación equilibrada de hombres y mujeres, se actuará conforme a los previsto en el artículo 135.3 de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía, y en el artículo 18.2 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, de promoción de la igualdad de género en Andalucía.

Quinto. Las personas titulares de las Delegaciones Territoriales competentes en materia de educación, en el ámbito de sus competencias, darán traslado de esta resolución a todos los centros docentes a los que se refiere la misma.

Asimismo, las personas titulares de la dirección de los centros docentes arbitrarán las medidas necesarias para que la presente resolución sea conocida por todos los sectores de la comunidad educativa, para lo cual facilitarán copia de la misma al Consejo de Centro, al Claustro de Profesorado, a las asociaciones del alumnado y al personal de administración y servicios, y colocarán copia en el tablón de anuncios del centro.

Sevilla, 16 de septiembre de 2020.- La Directora General, Aurora M.ª A. Morales Martín.

Descargar PDF