Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 198 de 13/10/2020

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 21 de febrero de 2020, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Tres de Estepona, dimanante de autos núm. 215/2017. (PP. 2271/2020).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00178748.

NIG: 2905142C20170000977.

Procedimiento: Procedimiento ordinario 215/2017. Negociado: 06.

Sobre: Contratos en particular.

De: D. John O’Sullivan.

Procurador: Sr. Antonio Rafael Cortes Reina.

Contra: Casa Únicas, S.L. y D. Bernd Scherer.

EDICTO

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 215/2017 seguido a instancia de John O’Sullivan frente a Casa Únicas, S.L., y Bernd Scherer se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA NÚM. 45/2019

En Estepona, a 7 de mayo de 2019.

Vistos por el doña M.ª Concepción Elena Almeida, Juez Sustituta del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Tres de Estepona, los presentes autos de Juicio Ordinario número 215/2017 seguidos a instancia de John O’Sullivan representado por el Procurador don Antonio Rafael Cortés Reina y asistido del Letrado don Manuel Mora-Figueroa Feijoo, contra don Bernd Scherer y la mercantil Casa Únicas, S.L., ambos en situación procesal de rebeldía, constando en las actuaciones sus demás circunstancias personales y recayendo la presente resolución en base a los siguientes

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por de don John O’Sullivan representado por el Procurador don Antonio Rafael Cortés Reina y asistido del Letrado don Manuel Mora-Figueroa Feijoo, contra don Bernd Scherer y la mercantil Casa Únicas, S.L., ambos en situación procesal de rebeldía debo condenar y condeno a las demandadas a que abonen a la actora la cantidad de 80.000 € de principal más 29.076,16 € en concepto de intereses debidos hasta la interposición de la demanda, cantidad total 109.076,16 € (ciento nueve mil setenta y seis euros con dieciséis céntimos) que devengará el interés legal desde la interposición de la demanda y el del artículo 576 de la LEC, desde la fecha de la presente resolución, con expresa condena en costas a la parte demandada.

Notifíquese la presente sentencia a las partes en el procedimiento haciéndoles saber que la misma no es firme y pueden interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días (art. 458 LEC).

Llévese el original al libro de sentencias.

Por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dicho demandado, Casa Únicas, S.L. y don Bernd Scherer, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Estepona, a veintiuno de febrero de dos mil veinte.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

Descargar PDF