Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 20 de 30/01/2020

3. Otras disposiciones

Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio

Resolución de 20 de enero de 2020, de la Dirección General de Movilidad, por la que se somete a información pública el Proyecto de Decreto por el que se modifica el Reglamento de los Servicios de Transporte Público de Viajeros y Viajeras en Automóviles de Turismo aprobado por Decreto 35/2012, de 21 de febrero.

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El articulo 45.1.c) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece que cuando el proyecto de decreto afecte a los derechos e intereses legítimos de la ciudadanía y la naturaleza de la disposición lo aconseje, será sometido a información pública, durante un plazo razonable y no inferior de quince días hábiles. La participación de la ciudadanía podrá producirse por cualquier medio admisible en derecho, entre otros por vía telemática en los términos previstos reglamentariamente.

El proyecto de decreto modifica el Decreto 35/2012, de 21 de febrero, por el que se aprobó el Reglamento de los Servicios de Transporte Público de Viajeros y Viajeras en Automóviles de Turismo. Por consiguiente, resulta conveniente que el texto del mismo se someta a la mayor difusión posible, al objeto que la ciudadanía lo conozca y pueda realizar observaciones y aportaciones que estime de interés.

En virtud de lo anteriormente expuesto, de conformidad con lo previsto en el artículo 45.1 c) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el articulo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,

RESUELVO

Primero. Someter a información pública el Proyecto de Decreto por el que se modifica el Reglamento de los Servicios de Transporte Público de Viajeros y Viajeras en Automóviles Turismo aprobado por Decreto 35/2012, de 21 de febrero, durante el plazo 7 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, dada la aplicación de la tramitación de urgencia al referido proyecto normativo.

Segundo. El texto del proyecto de decreto quedará expuesto para su general conocimiento:

a) En formato digital, en la sección de Transparencia del Portal de la Administración de la Junta de Andalucía:

https://juntadeandalucia.es/organismos/fomentoinfraestructurasyordenaciondelterritorio/servicios/participacion/todos-documentos.html

b) En formato papel, en la sede de la Dirección General de Movilidad de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, sita en la calle Pablo Picasso, núm. 6, 41071 Sevilla, de 9,00 a 14,00 horas.

Tercero. Las alegaciones que se deseen formular al proyecto de decreto deberán dirigirse a la Dirección General de Movilidad de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, y se podrán realizar:

a) Preferentemente en formato digital y abierto en la dirección de correo electrónico: subdireccion.dgm.cfiot@juntadeandalucia.es.

b) En formato papel, de acuerdo con lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 82 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 20 de enero de 2020.- El Director General, Mario Muñoz Atanet Sánchez.

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