Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 211 de 30/10/2020

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 1 de septiembre de 2020, del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Córdoba, dimanante de autos núm. 1625/2018. (PP. 2143/2020).

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NIG: 14021421201 80031182.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1625/2018. Negociado: B1.

Sobre: Acción reivindicatoria.

De: Doña Pilar Aguayo Torres.

Procuradora: Sra. Pilar Gutierrez-Rave Torrent.

Letrado: Sr. Mario Gómez Martínez.

Contra: Doña Rafaela Porras Muñoz.

EDICTO

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 1625/2018 seguido a instancia de Pilar Aguayo Torres frente a Rafaela Porras Muñoz se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA NÚM. 107/ 2020

En Córdoba, a uno de septiembre de dos mil veinte.

Doña María Ángeles García Aldaria, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Uno de los de esta ciudad, ha visto los presentes autos de Juicio Ordinario núm. 1625/2018, sobre acción reivindicatoria de finca urbana, seguidos a instancia de doña Pilar Aguayo Torres, representada por la Procuradora doña Pilar Gutiérrez-Ravé Torrent y defendida por el Letrado don Mario Gómez Martínez, contra doña Rafaela Porras Muñoz, en situación procesal de rebeldía.

FALLO

Estimar íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora de los tribunales doña Pilar Gutiérrez-Ravé Torrent, en nombre y representación de doña Pilar Aguayo Torres, quien actúa por sí y en beneficio de las comunidades hereditarias de sus fallecidos padres doña Apolonia Torres Garzón y don Antonio Aguayo Sánchez, en virtud de acuerdo adoptado en Junta de Herederos de fecha 28 de septiembre de 2018, según resulta de los documentos núm. 1 a 5 de la demanda y núms. 24 y 25 del escrito de 7 de julio de 2020, contra doña Rafaela Porras Muñoz, con los siguientes pronunc iamientos:

1.° Declarar que los herederos de doña Apolonia Torres Garzón y de don Antonio Aguayo Sánchez son los únicos y legítimos propietarios de la vivienda sita en Córdoba, calle Pintor Pedro Bueno (antes calle Capitán Larriba), núm. 2, portal A, planta 4.ª puerta 2 (o planta 3.ª puerta 2 según escritura), finca registral núm. 43.994 del Registro la Propiedad núm. 4 de Córdoba y Rf. Catastral 4945503UG4944N0008HS.

2.° Condenar a la demandada doña Rafaela Poras Muñoz a estar y pasar por tal declaración, así como a abandonar y dejar libre la finca reivindicada, reintegrándola a la parte demandante con la prevención de que de no hacerlo se procederá a su lanzamiento.

3.° Condenar a la demandada al pago de las costas procesales causadas en esta instancia.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe recurso de apelación que, en su caso, deberá interponerse por escrito ente este Juzgado en el plazo de los veinte días siguientes a su notificación y del que conocerá la Audiencia Provincial de Córdoba.

Para la admisión a trámite del recurso deberá efectuarse previamente la constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado, de conformidad en lo establecido con el apartado 50 de la disposición adicional 15.ª de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio fiscal, Estado, Comunidad Autónomas, entidades locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Llévese el original al libro de sentencias.

Por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

E./

Publicación: Dada, leída y publicada que fue la anterior sentencia por la Sra. Magistrado-Juez que la suscribe estando celebrando Audiencia Pública. Doy fe.

Y encontrándose dicho demandado, Rafaela Porras Muñoz, en pa radero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Córdoba, a uno de septiembre de dos mil veinte.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

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