Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 215 de 06/11/2020

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo

Orden de 29 de octubre de 2020, por la que se avocan determinadas competencias en materia de contratación relativas a la impartición de acciones formativas de Formación Profesional para el Empleo y se delegan en la persona titular de la Secretaría General Técnica.

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El Decreto del Presidente 3/2020, de 3 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, en su artículo 5, establece las competencias de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, regulándose su estructura orgánica en el Decreto 100/2019, de 12 de febrero, en cuyo artículo 2 se configura la organización general de la Consejería.

El dispositivo quinto 3 de la Orden de 11 de noviembre de 2019, de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, por la que se delegan competencias en órganos directivos y entidades de la Consejería, establece que se delegan en las personas titulares de las Delegaciones Territoriales las facultades que la normativa de contratos del sector público atribuye al órgano de contratación, en relación con los contratos, ya sean públicos o privados, incluidos los de carácter patrimonial, derivados de la gestión de los créditos para gastos propios de los servicios a su cargo, así como la gestión y tramitación de los correspondientes expedientes, con las excepciones establecidas para determinados contratos privados.

Con fecha de 31 de marzo de 2020 se procede a la publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea del Anuncio Previo 2020/S 064-153094, del contrato de servicios dividido en lotes para la impartición de acciones formativas de Formación Profesional para el Empleo, dirigidas preferentemente a personas trabajadoras desempleadas, en las familias profesionales relacionadas con agraria y e industria; apoyo a las empresas; comercio y transporte; comunidad y personas, en la provincia de Cádiz y Campo de Gibraltar en los años 2020, 2021 y 2022, número de expediente ADM/2020/0015.

El anuncio de estas licitaciones se ha visto afectado de pleno durante la crisis sanitaria y socio-económica provocada por la pandemia, por la desafectación de los fondos propios de las Comunidades de Autónomas para la financiación Formación Profesional para el Empleo, para el pago de las prestaciones por desempleo. Esta situación ha provocado un cambio en la financiación, recurriendo a fondos de la Unión Europea, en el marco de la Inversión Territorial Integrada (ITI) de Cádiz 2014-2020.

Razones de índole técnica y económica, así como de eficacia y agilidad en la tramitación y resolución de los expedientes administrativos, exigibles a la actuación de los órganos y unidades administrativas, en consonancia con criterios de buena administración, hacen necesaria la avocación y posterior delegación de la competencia.

En virtud de lo expuesto anteriormente, en ejercicio de las competencias atribuidas, a propuesta del Secretario General de Ordenación de la Formación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 9 y 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y los artículos 101 a 104 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,

DISPONGO

Primero. Avocar el ejercicio de las competencias delegadas en la persona titular de la Delegación Territorial de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades en Cádiz, por la Orden de 11 de noviembre de 2019, de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, anteriormente citada, en lo que se refiere a la gestión y tramitación del expediente de contratación ADM/2020/0015 para la impartición de acciones formativas de Formación Profesional para el Empleo, dirigidas a personas trabajadoras preferentemente desempleadas en los sectores agrícola e industrial, comercio y transporte, comunidad y personas, en la provincia de Cádiz y Campo de Gibraltar en los años 2020, 2021 y 2022.

Segundo. Delegar la competencia previamente avocada en el punto anterior, en materia de contratación, en la persona titular de la Secretaría General Técnica. Las resoluciones administrativas que se adopten en virtud de la presente delegación indicarán expresamente esta circunstancia.

Tercero. La presente orden surtirá efectos desde el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 29 de octubre de 2020

ROCÍO BLANCO EGUREN

Consejera de Empleo, Formación
y Trabajo Autónomo
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