Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 227 de 24/11/2020

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 24 de septiembre de 2020, del Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Huelva, dimanante de autos núm. 1360/2019. (PP. 2225/2020).

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NIG: 2104142120190013805.

Procedimiento: Juicio Verbal (Desahucio Precario-250.1.2) 1360/2019. Negociado: D.

Sobre: Juicio Verbal Precario.

De: Coral Homes, S.L.U.

Procurador: Sr. Mauricio Gordillo Alcalá.

Contra: Ignorados ocupantes calle Velázquez, núm. 37, planta 1.ª, puerta 16.

EDICTO

En el presente procedimiento Juicio Verbal (Desahucio Precario-250.1.2) 1360/2019 seguido a instancia de Coral Homes, S.L.U., frente a ignorados ocupantes calle Velázquez, núm . 37, planta 1ª, puerta 16, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA NÚM. 62/20

El lImo. Sr. don Antonio Francisco Moreno Bergareche, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Huelva, ha visto los presentes autos de Juicio de Desahucio por Precario núm. 1360/19, seguidos a instancia de la entidad Coral Homes, S.L.U., representada por el Procurador de los Tribunales don Mauricio Gordillo Alcalá, contra los ignorados ocupantes de la finca, sita en calle Velázquez, núm. 37, planta primera, puerta 16, de la localidad de Gibraleón, sobre desahucio por precario.

FALLO

Que estimando la demanda deducida por el Procurador don Mauricio Gordillo Alcalá, en nombre y representación de la mercantil Coral Homes, S.L.U., contra los ignorados ocupantes de la vivienda, sita en calle Velázquez, núm. 37, planta 1.ª, puerta 16, de Gibraleón, sobre desahucio por precario, debo declarar el desahucio de los demandados de la finca a que se refiere la presente demanda sita en calle Velázquez número 37, planta 1.ª, puerta 16, finca registral 17.852, de la localidad de Gibraleón, y en su consecuencia se condena a dichos demandados a que la desalojen, dejándola libre y expedita y a disposición de la parte actora en el plazo legal, con apercibimiento de lanzamiento que se realizará, de ser posible, dentro de los 30 días desde la notificación de esta de sentencia.

No se efectúa condena en costas.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de vente días, ante la Ilma. Audiencia Provincial de Huelva.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

Y encontrándose dicho demandado, ignorados ocupantes calle Velázquez, núm. 37, planta 1.ª, puerta 16, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Huelva, a veinticuatro de septiembre de dos mil veinte.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados confines contrarios a las leyes.»

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