Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 236 de 09/12/2020

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 1 de septiembre de 2020, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Cuatro de Dos Hermanas, dimanante de autos núm. 526/2018. (PP. 1945/2020).

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NIG: 4103842120180004499.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 526/2018. Negociado: 2.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: FCA Capital España E.F.C., S.A.

Procurador: Sr. Federico López Jimenez-Ontiveros.

Letrado: Sr. Rubén Pastor Villarrubia.

Contra: José Antonio Pernia Guerrero.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 526/2018 seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Cuatro de Dos Hermanas a instancia de FCA Capital España E.F.C., S.A., contra José Antonio Pernia Guerrero sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Cuatro de Dos Hermanas.

Procedimiento: Juicio Ordinario núm. 526/18.

Objeto: Reclamación de cantidad.

Sentencia NÚM. 72/ 2020

En Dos Hermanas, a 19 de agosto de 2020.

Vistos por doña Irene de Alarcón Alonso, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Cuatro de Dos Hermanas y su partido judicial, los presentes autos de juicio ordinario núm. 526/18 promovidos por la entidad FCA Capital España, Establecimiento Financiero de Crédito, S.A., representada en autos por el Procurador don Federico López Jiménez-Ontiveros y asistida por el Letrado don Rubén Pastor Villarubia, contra don José Antonio Pernia Guerrero, en situación de rebeldía procesal, y atendidos los siguientes:

FALLO

Estimo íntegramente la demanda promovida por FCA Capital España, Establecimiento Financiero de Crédito, S.A., contra don José Antonio Pernia Guerrero, y en consecuencia:

1. Condeno al demandado a pagar a la actora la cantidad de 37.494,64 euros con los intereses determinados en el fundamento jurídico segundo in fine de esta resolución.

2. Condeno al demandado al pago de las costas procesales causadas.

Notifíquese a las partes la presente resolución haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer directamente ante este mismo Juzgado recurso de apelación en el plazo de 20 días contados desde el día siguiente a la notificación de la misma, para su conocimiento en su caso por la Ilma. Audiencia Provincial de Sevilla, debiendo exponer en su escrito de interposición del recurso las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna.

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, de conformidad con lo establecido en la LO 1/2009 de 3 de noviembre, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado 5.º de la disposición adicional decimoquinta de dicha norma o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Leída y publicada fue la anterior sentencia por la Sra. Juez que suscribe estando celebrando audiencia pública en el día de la fecha de que certifico. Doy fe.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado José Antonio Pernia Guerrero, extiendo y firmo la presente en Dos Hermanas, a uno de septiembre de dos mil veinte.-El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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