Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 39 de 26/02/2020

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 8 de abril de 2019, del Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Torremolinos, dimanante de autos núm. 363/2018. (PP. 3210/2019).

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NIG: 2990142120180001787.

Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 363/2018. Negociado: CH.

De: Senset Beach CP.

Procurador: Sr. Agustín Ansorena Huidobro.

Contra: Don Gonzalo Díaz Hurtado, doña María Gloria Rivero Arias y Mundo Magico.

Procuradora: Sra. Ana María Rodríguez Fernández.

EDICTO

En el presente procedimiento Juicio Verbal (250.2) 363/2018 seguido a instancia de Senset Beach CP frente a Mundo Mágico se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA NÚM. 7/2019

En Torremolinos, a 10 de enero de 2019.

Vistos por mí, el Sr. don Antonio María Contreras Baeza, Juez de Adscripción Territorial de Andalucía adscrito al Juzgado de Primera Instancia número Cuatro de Torremolinos, los presentes autos de Juicio Verbal seguidos en este Juzgado y registrados bajo el número 363/18, interpuesto por la Comunidad de Propietarios Sunset Beach Club, representada por el procurador de los tribunales don Agustín Ansorena Huidobro y asistida por el letrado don Juan M. Caracuel Caracuel, frente a la entidad Mundo Mágico Tours, S.A., en situación de rebeldía procesal, y frente a don Gonzalo Díaz Hurtado y doña María Gloria Rivero Arias, representados por la procuradora doña Ana María Rodríguez Fernández y asistidos del letrado don Jorge Domínguez Doncel, sobre reclamación de cantidad, y atendiendo a los siguientes,

FALLO

Se declara la carencia sobrevenida de objeto respecto de don Gonzalo Díaz Hurtado y doña María Gloria Rivero Arias, sin ningún tipo de pronunciamiento en costas.

Que estimando integramente la demanda formulada por la Comunidad de Propietarios Sunset Beach Club, representada por el procurador de los tribunales don Agustín Ansorena Huidobro, frente a la entidad Mundo Mágico Tours SA, en situación de rebeldía,

1.º Condeno a la entidad Mundo Mágico Tours, S.A., al abono, a la Comunidad de Propietarios Sunset Beach Club, la suma de 3.002,21 €, así como al pago de la cantidad de 26,74€ por gastos de requerimiento de pago, y al abono de los intereses legales de conformidad con lo indicado en el Fundamento de Derecho Tercero.

2.º Condeno a la entidad Mundo Mágico Tours SA al abono de las costas de esta instancia, por la acción contra ella dirigida.

Llévese testimonio de la presente resolución a los autos de su razón, quedando el original en el Libro de los de su clase.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que la misma no es firme y que cabe recurso de apelación, en el plazo de veinte días desde su notificación.

Y encontrándose dicho demandado, Mundo Mágico, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Torremolinos, a ocho de abril de dos mil diecinueve.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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