Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 44 de 05/03/2020

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local

Resolución de 28 de enero de 2020, de la Dirección General de Administración Local, por la que se da publicidad a las bases y convocatoria para la provisión del puesto de trabajo de Titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Mijas (Málaga) mediante el sistema de libre designación.

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Expediente núm.: 0018/2020.

1. Entidad convocante.

Excmo. Ayuntamiento de Mijas (Málaga).

2. Denominación y características del Puesto de trabajo que se convoca.

Denominación: Órgano de apoyo a la Junta de Gobierno Local de clase 1.ª - 22331.

Nivel de complemento de destino: 30.

Complemento específico: 32.122,44 euros anuales.

Requisitos: Subescala Secretaría, categoría superior.

Sistema de provisión del puesto: PLD.

3. Lugar de publicación de las bases de la convocatoria: BOJA y extracto en BOE.

4. Lugar de presentación de las solicitudes: Registro General del Ayuntamiento de Mijas (Málaga) o alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

5. Resolución.

Vacante el puesto de trabajo cuya denominación y características se especifican en el punto 2, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, por la Entidad referenciada en el punto 1 se han aprobado las bases de la convocatoria y se ha acordado asimismo su convocatoria mediante el sistema de libre designación, de conformidad con lo previsto en el artículo 45 y siguientes del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se acuerda el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Se ha instruido el preceptivo expediente, que ha sido tramitado de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, quedando acreditado en el mismo los acuerdos adoptados por el órgano competente.

Por todo ello, al amparo de la legislación invocada y en virtud de las competencias conferidas en el artículo 45 y siguientes del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, y el artículo 14.1.f) del Decreto 98/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local.

RESUELVO

Primero. Dar publicidad a las bases y convocatoria para la provisión, mediante el sistema de libre designación, del puesto de trabajo cuyos datos se consignan en el punto 2.

Requisitos de los aspirantes.

1. Podrán participar en la convocatoria los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional que cumplan los requisitos expresados en el punto 2.

2. No podrán participar en la convocatoria los funcionarios que se encuentren en cualquiera de los supuestos previstos en los apartados a), b) y c) del artículo 36 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo.

Instancias y documentación.

La solicitud para participar en el presente procedimiento deberá dirigirse a la Presidencia de la Entidad referenciada en el punto 1 y se presentarán en el lugar consignado en el punto 3 o en alguno de los previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

En la solicitud se expresará que el aspirante reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria y deberá ir acompañada de una declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las situaciones recogidas en los apartados a), b) y c) del artículo 36.2 del citado Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo.

La solicitud deberá ir acompañada del curriculum vitae, en el que constarán los títulos académicos, los puestos de trabajo desempeñados en la Administración, los estudios y cursos realizados, así como cualesquiera otros méritos que se estime oportuno poner de manifiesto por el/la aspirante. Se indicará también la situación administrativa del solicitante, su destino actual y carácter de la ocupación del mismo.

Se aportará la documentación acreditativa de los requisitos de participación, la acreditación de los méritos alegados y declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las circunstancias que impidan la participación en la convocatoria.

Procedimiento.

Concluido el plazo de presentación de solicitudes, la Concejalía Delegada de Recursos Humanos dictará resolución declarando aprobada la lista de admitidos/as y excluidos/as que se expondrá en el tablón de anuncios de la Corporación, quedando abierto el plazo de diez días para subsanación de posibles defectos o presentación de reclamaciones. Se dará conocimiento de la misma en la página web del Ayuntamiento de Mijas (www.mijas.es).  La lista de aspirantes admitidos y excluidos se considerará automáticamente elevada a definitiva si no se presentan reclamaciones o subsanaciones. Si hubiese reclamaciones, serán estimadas o desestimadas, si procede, en una nueva resolución por la que se aprobarán la lista definitiva, que se publicará en la forma señalada.

Cualquiera de los/as aspirantes podrá ser convocado para la realización de una entrevista de carácter personal. A estos efectos, el Ayuntamiento de Mijas comunicará con tres días de antelación, como mínimo, la fecha y hora de celebración de la misma, corriendo a cargo del/la aspirante convocado los gastos de desplazamiento. Para esta fase, la Junta de Gobierno Local podrá asistirse de los cargos y personal que considere oportunos.

Resolución del procedimiento.

Concluida la fase anterior, la Junta de Gobierno Local, procederá, previa constatación de los requisitos exigidos en la convocatoria, y a la vista de la trayectoria profesional y los méritos acreditados por los/as aspirantes, a dictar la resolución correspondiente de nombramiento en el plazo de un mes, dando cuenta al Pleno de la Corporación y se dará traslado a la Dirección General de Administración Local de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local de la Junta de Andalucía, al Ministerio de Hacienda y Función Pública, para su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Dicha resolución se motivará con referencia al cumplimiento de los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria, y de la competencia para proceder al nombramiento y deberá constar la observancia del procedimiento debido.

Protección de datos de carácter personal.

Los/as aspirantes, mediante la presentación de la solicitud, prestarán consentimiento expreso para que sus datos personales, sean tratados por la Concejalía de Recursos Humanos del Ayuntamiento, como responsable del tratamiento para gestionar su participación en la convocatoria para proveer el puesto convocado y, en su caso, proceder al nombramiento. Sus datos de nombre, apellidos, y/o DNI y, en su caso, nombramiento podrán ser publicados en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y página web municipal. Los datos serán conservados durante los plazos necesarios para cumplir con la necesidad mencionada y los establecidos legalmente. Del mismo modo, se declarará haber sido informado sobre la posibilidad de ejercitar derechos de acceso, rectificación, oposición, supresión (derecho al olvido), limitación del tratamiento y solicitar la portabilidad de sus datos, así como revocar el consentimiento prestado,a través del Registro Municipal.

Toma de posesión.

El plazo de toma de posesión será el que establece el artículo 41, por remisión del artículo 46.4, del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Recursos.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en la forma y plazos previstos por la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. O bien se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dicta este acto, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o bien, también con carácter potestativo, el requerimiento previsto en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses, en el supuesto de que la impugnación se efectúe por una Administración Pública.

Segundo. Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 28 de enero de 2020.- El Director General, Joaquín José López-Sidro Gil.

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