Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 44 de 05/03/2020

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Deporte

Resolución de 27 de febrero de 2020, de la Degación Territorial de Educación, Deporte, Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación en Granada, por la que se hace pública la determinación de los institutos de enseñanza secundaria del municipio de Granada donde tendrán prioridad para su admisión el alumnado que curse simultáneamente las enseñanzas regladas de música o danza y las enseñanzas de educación secundaria, o el alumnado que siga programas deportivos de alto rendimiento.

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De conformidad con lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 85 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en el apartado 1 del artículo 87 de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía, así como en el artículo 20.3 del Decreto 21/2020, de 17 de febrero, por el que se regulan los criterios y el procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados para cursar las enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación especial, educación secundaria obligatoria y bachillerato, que establece que «El alumnado que curse simultáneamente enseñanzas regladas de música o danza y educación secundaria tendrá prioridad para ser admitido en los centros que impartan educación secundaria que determine la Consejería competente en materia de educación. El mismo tratamiento se aplicará al alumnado que siga programas deportivos incluidos en los niveles del Deporte de Rendimiento de Andalucía, así como a las personas deportistas de alto nivel o alto rendimiento de otras Comunidades Autónomas, y a quienes dispongan de licencia deportiva en vigor en cualquier Sociedad Anónima Deportiva con domicilio social en Andalucía que compita en la máxima categoría nacional», así como en el artículo 3 de la Orden de 20 de febrero de 2020, por la que se desarrolla el procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados para cursar las enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación especial, educación secundaria obligatoria y bachillerato,

RESUELVO

Primero. Determinar que el alumnado que cumpla los requisitos del artículo 20.3 del Decreto 21/2020, de 17 de febrero, antes citado, tendrá prioridad para su admisión en los Institutos de Enseñanza Secundaria Zaidín-Vergeles (18700098) y Alhambra (18010185), ambos en el municipio de Granada.

Esta resolución permanecerá vigente en los procedimientos de admisión del alumnado que se lleven a cabo a partir de la fecha de esta resolución, siendo de aplicación con anterioridad al comienzo del procedimiento de baremación para adjudicar los restantes puestos escolares, hasta tanto no se modifique en la forma prevista en el artículo 20 del Decreto 21/2020, antes citado.

Segundo. Dar publicidad a la presente resolución, ordenando su exposición en el tablón de anuncios de esta Delegación Territorial desde el día uno de marzo de cada año y hasta la finalización del plazo de presentación de recursos de alzada y reclamaciones al que se refiere el artículo 48 del Decreto 21/2020, de 17 de febrero, para general conocimiento.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su notificación, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, conforme a lo establecido en los artículos 8.3, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, ante esta Delegación Territorial, de acuerdo con los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Granada, 27 de febrero de 2020.- La Delegada, Ana Berrocal Jurado.

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