Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 46 de 09/03/2020

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 11 de febrero de 2020, del Juzgado de Primera Instancia núm. Veintidós de Sevilla, dimanante de autos núm. 4/2016. (PP. 543/2020).

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NIG: 4109142C20150065647.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 4/2016. Negociado: 1O.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Axión Infraestructuras de Telecomunicaciones, S.A.U.

Procuradora: Sra. Macarena Limón Frayle.

Contra: Imagen y Sonido Digital, S.L., y Alternativas de Medios Audiovisuales, S.A.

Procuradora: Sra. María Rocío López-Fe Moreno.

E D I C T O

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 4/2016, seguido a instancia de Axión Infraestructuras de Telecomunicaciones, S.A.U., frente a Imagen y Sonido Digital, S.L., se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA núm. 255/2018

En Sevilla, a veinte de noviembre de dos mil dieciocho.

El Sr. don Jesús Medina Pérez, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Veintidós de Sevilla y su partido, habiendo visto los presentes autos de Procedimiento Ordinario 4/2016, seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante Axión Infraestructuras de Telecomunicaciones, S.A.U., con Procuradora doña Macarena Limón Fraile, y Letrada doña Sofía Acuña Dorado; como demandado Alternativas de Medios Audiovisuales, S.A., con Procuradora doña María Rocío López-Fe Moreno y Letrado don Sergio García González y de otra, como codemandada, Imagen y Sonido Digital, S.L., sobre reclamación de cantidad, y,

FALLO

Que estimando la demanda deducida por la Procuradora doña Macarena Limón Frayle, en nombre y representación de Axión Infraestructuras de Telecomunicaciones, S.A.U., contra la entidad Alternativa de Medios Audiovisuales, S.L.U., y la entidad Imagen y Sonido Digital, S.L., sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a las codemandadas a abonar solidariamente a la actora la suma de 118.050,81 euros, más los intereses pactados que a la fecha de la presentación de la demanda ascienden a la suma de 18.929,53 €.

Se condena a las codemandadas al abono de las costas del presente juicio.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días.

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado núm. 4120 0000 04 4 16, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso seguido del código 02 y tipo concreto del recurso, de conformidad con lo establecido en la L.O. 1/2009, de 3 de noviembre, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado 5.º de la disposición adicional decimoquinta de dicha norma o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así, por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dicha demandada, Imagen y Sonido Digital, S.L., en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Sevilla, a once de febrero de dos mil veinte.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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