Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 72 de 16/04/2020

3. Otras disposiciones

Consejería de Hacienda, Industria y Energía

Resolución de 27 de marzo de 2020, de la Dirección General de Patrimonio, por la que se declara de necesaria uniformidad los suministros energéticos para el Parque Móvil de la Administración de la Junta de Andalucía y sus Entidades Instrumentales.

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La Consejería de Hacienda, Industria y Energía ejerce las competencias atribuidas a la Comunidad Autónoma de Andalucía en las materias de hacienda conforme al Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías. Para su mejor desempeño, tiene atribuida la coordinación en materia de contratación pública de la Junta de Andalucía y la declaración y concreción de la contratación centralizada de aquellos suministros, obras y servicios que por sus especiales características sean susceptibles de ser utilizados con carácter general por todas las Consejerías y entidades instrumentales vinculadas de la Junta de Andalucía; todo lo anterior sin perjuicio de lo establecido en el Decreto 39/2011, de 22 de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión de la contratación de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados.

El Decreto 39/2011, de 22 de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión de la contratación de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales, y se regula el régimen de bienes y servicios homologados, dedica su Capítulo V a la contratación de obras, bienes y servicios homologados.

Concretamente, el artículo 34.4 del Decreto 39/2011, de 22 de febrero, establece que tanto la Administración de la Junta de Andalucía como sus agencias administrativas estarán obligadas a contratar con las empresas homologadas sus correspondientes bienes y servicios homologados. Del mismo modo, la Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, de 9 de mayo de 2011, establece la obligatoriedad de contratación de dichos bienes por las agencias públicas empresariales y de régimen especial, así como por las sociedades mercantiles y las fundaciones del sector público andaluz. Y el artículo 35 de este Decreto 39/2011, de 22 de febrero, establece que a la Dirección General competente en materia de Patrimonio le corresponde la declaración de bienes y servicios de necesaria uniformidad, así como tramitar el procedimiento de selección, de conformidad con el sistema de racionalización técnica de la contratación elegido. Le corresponde también la elaboración, publicación y actualización del Catálogo de Bienes y Servicios Homologados de la Junta de Andalucía, así como la aprobación de instrucciones necesarias en relación con los bienes y servicios homologados. Igualmente, el artículo 36 del Decreto 39/2011, de 22 de febrero, establece que la declaración de necesaria uniformidad de bienes y servicios se realizará mediante resolución de la persona titular de la Dirección General competente en materia de Patrimonio, que determinará el tipo de bien o servicio de que se trate. Dicha resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Asimismo, el artículo 9.3.c) del Decreto 101/2019, de 12 de febrero, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda, Industria y Energía, establece que a la Dirección General de Patrimonio le corresponde la competencia de la declaración de necesaria uniformidad de obras, bienes y servicios, así como la celebración de sistemas de racionalización técnica de la contratación para la homologación de las obras, bienes y servicios de utilización común para la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales. Le corresponde también la elaboración, publicación y actualización del Catálogo de Bienes y Servicios Homologados de la Junta de Andalucía, así como la aprobación de las instrucciones necesarias en relación con los bienes y servicios homologados, dependiendo de la misma como órgano colegiado adscrito la Comisión Central de Homologación.

La Administración de la Junta de Andalucía, consciente de los muchos beneficios que conlleva la implantación de un sistema de racionalización técnica de la contratación, se encuentra inmersa en el impulso de un nuevo modelo de contratación centralizada de bienes y servicios de uso corriente. Uno de los instrumentos reconocidos en este modelo de racionalización técnica de la contratación es el Acuerdo Marco de Homologación, tradicionalmente utilizado para la contratación de tipos de bienes y servicios de características homogéneas y uso general. Los Acuerdos Marco de Homologación implican economías de precio y mayor eficacia en la gestión de tiempos y procedimientos.

Por ello, con el objetivo de ampliar las categorías de suministros y servicios centralizados, se decide por primera vez la convocatoria de un acuerdo marco de homologación que deberá regir la contratación de los suministros energéticos para la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales en los próximos años. Así, en el Catálogo de Bienes y Servicios Homologados de la Junta de Andalucía se pretenden incluir los combustibles líquidos (y sus posibles aditivos), así como los suministros eléctricos destinados a puntos de recarga para vehículos eléctricos, para satisfacer el máximo de necesidades que pudieran plantearse a los órganos, entes y entidades de la Junta de Andalucía en el suministro energético de los vehículos integrantes del parque móvil así como de otros elementos tales como maquinaria agrícola, pequeña maquinaria (desbrozadoras, cortacésped, sierras mecánicas …), grupos electrógenos, motores y cualquier otro artefacto que funcione con pequeños motores de combustión.

La homologación de dichos Servicios permitirá un mayor ahorro en los distintos niveles de la prestación requeridos, uniformidad en dichas prestaciones, identidad corporativa, simplificación de los procedimientos y un mejor aprovechamiento de las disponibilidades presupuestarias. Además, el sistema fijaría estándares de calidad, eliminaría diferencias injustificadas entre diferentes centros u organismos, y permitiría la simplificación de los costes administrativos asociados a la gestión.

Por lo expuesto, en virtud de lo establecido en el artículo 36 de citado Decreto 39/2011, de 22 de febrero, y en uso de las facultades que me confiere la legislación vigente sobre contratación administrativa

RESUELVO

Primero. Declarar la necesaria uniformidad de los suministros energéticos que se señalan a continuación para la utilización común por la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales:

• Combustibles líquidos:

- Gasolina automoción (sin plomo de 95 y 98 octanos).

- Gasóleo A de automoción.

- Gasóleo B para uso agrícola y marítimo.

• Suministro eléctrico en puntos de recarga para vehículos eléctricos.

• Suministro de aditivos para reducción de NOx en motores diésel.

Segundo. Diferir la entrada en vigor de la presente declaración hasta la publicación en el Catálogo de Bienes y Servicios Homologados de la Junta de Andalucía, de alguno o de todos los lotes que componen el Acuerdo Marco de Homologación de Combustibles líquidos y suministro de energía eléctrica, en puntos de recarga para el parque móvil de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales, que próximamente será publicado para su licitación.

Tercero. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 27 de marzo de 2020.- La Directora General, Myriam del Campo Sánchez.

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