Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 8 de 14/01/2020

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Ayuntamientos

Acuerdo de 17 de octubre de 2019, del Ayuntamiento de Burguillos, donde se aprueba, por mayoría absoluta, el Convenio con el OPAEF para la delegación de las facultades de instrucción y resolución de expedientes sancionadores por infracciones a la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial y a las ordenanzas municipales, y de gestión y recaudación de las multas de tráfico. (PP. 2966/2019).

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Vista la necesidad de realizar una gestión eficiente del proceso de instrucción y resolución de los procedimientos sancionadores por infracciones a la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial y las ordenanzas municipales, así como de la gestión y recaudación de las correspondientes multas, tanto en periodo voluntario como ejecutivo.

Visto el texto del borrador del Convenio publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla de fecha 9 de noviembre de 2017, a suscribir con la Diputación de Sevilla, a través del Organismo Provincial de Asistencia Económica y Fiscal (OPAEF), para la instrucción y resolución de los expedientes sancionadores y la gestión y recaudación de las multas por infracciones al Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial y a las ordenanzas municipales de circulación.

Visto el Informe del Sr. Tesorero de fecha 30.9.2019, esta Alcaldía tiene a bien elevar al Excmo. Ayuntamiento Pleno propuesta de acuerdo con las siguientes disposiciones:

Primero. Delegar a la Diputación Provincial de Sevilla, a través del Organismo Provincial de Asistencia Económica y Fiscal (OPAEF), como ente instrumental de la misma, las facultades de gestión y recaudación de multas por infracciones a al Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (LTCVSV) y a las ordenanzas municipales de circulación, tanto en periodo voluntario como ejecutivo, así como, al amparo de lo previsto en el artículo 84.2 de LTCVSV, delegar en el OPAEF las competencias y funciones sancionadoras en dicha materia.

Segundo. Autorizar al Sr. Alcalde Presidente la firma del Convenio para la instrucción y resolución de los expedientes sancionadores y la gestión y recaudación de multas por infracciones al Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (LTCVSV), y a las ordenanzas municipales de circulación, y a realizar cuantas actuaciones, públicas o privadas, sean necesarias para llevar a cabo el presente acuerdo.

Tercero. Notificar el presente acuerdo a la Excma. Diputación Provincial de Sevilla, así como remitir copia íntegra del mismo a la Administración del Estado y de la Comunidad Autónoma y publicarlo en el BOP y BOJA, para general conocimiento.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Burguillos, 17 de octubre de 2019.- El Tesorero, José García Limón.

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