Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 105 de 03/06/2021

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 14 de mayo de 2021, del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Sevilla, dimanante de autos núm. 657/2018. (PP. 1689/2021).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00192704.

NIG: 4109142120180023464.

Procedimiento: Juicio Verbal (Desahucio Precario-250.1.2) 657/2018. Negociado: 1A.

Sobre: Desahucio por precario.

De: Coral Homes, S.L.U.

Procurador: Sr. Mauricio Gordillo Alcalá.

Letrada: Sra. Juana Inmaculada Serrano Melero.

Contra: Ignorados ocupantes de calle Hondero Balear, 16, 2.º B, de Camas.

E D I C T O

En los autos de la referencia se ha dictado la sentencia que copiada literalmente en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA 220/2019

En Sevilla, a 24 de octubre de 2019.

Vistos los presentes autos por don Sebastián Moya Sanabria, Magistrado titular de este Juzgado de Primera Instancia número Dos de Sevilla, se pronuncia sentencia en el juicio verbal de desahucio por precario número 1234/2016, seguido a instancias de Coral Homes, S.L.U., anteriormente Buildingcenter, S.A.U., representada por el Procurador don Mauricio Gordillo Alcalá y con asistencia letrada de la Abogada doña Juana Serrano Melero, contra ignorados ocupantes de la vivienda sita en Camas, calle Hondero Balear, núm. 16, 2.º B.

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la representación procesal de Buildingcenter, S.A.U., posteriormente sucedida por Coral Homes, S.L.U., declaro que ha lugar a la recuperación de la posesión interesada por la parte actora, y en consecuencia condeno a los ignorados y no identificados ocupantes de la vivienda sita en Camas, calle Hondero Balear, núm. 16, 2.º B, a que la desalojen, con expreso apercibimiento de que se procederá al lanzamiento caso de que no se practique tal desalojo de forma voluntaria, ello con imposición de costas causadas en este juicio verbal a parte demandada.

Notifíquese esta resolución haciendo saber que no es firme y que contra ella puede interponerse recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Sevilla, que deberá ser presentado en este Juzgado en un plazo de veinte días en la forma prescrita en el artículo 457.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, según redacción dada a dicho precepto por Ley 37/2011, de 10 de octubre. Se deberá acreditar al recurrir la constitución del depósito por importe de 50 euros exigido en el apartado 3.b) de la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, modificativa de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la parte demandada, ignorados ocupantes de calle Hondero Balear, 16, 2.º B, de Camas, expido el presente.

En Sevilla, a catorce de mayo de dos mil veintiuno.- La Letrada de la Administración de Justicia.

Descargar PDF