Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 109 de 09/06/2021

1. Disposiciones generales

Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades

Resolución de 25 de mayo de 2021, de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología, por la que se realiza la distribución de créditos correspondiente a la convocatoria 2021 de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, a la contratación de personal investigador doctor por parte de los Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento.

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BDNS: 556814.

Mediante Orden del Consejero de Economía y Conocimiento de 7 de abril de 2017 (BOJA núm. 71, de 17 de abril) se aprueban las bases reguladoras de la línea de ayudas a la captación, incorporación y movilidad del capital humano en I+D+i, en el ámbito del Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación (PAIDI 2020).

Por Resolución de 9 de abril de 2021, de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología, se aprueba la convocatoria de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, a la contratación de personal investigador doctor por parte de los agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento (BOJA núm. 71, de 17 de abril).

En el resuelve cuarto de la referida resolución de convocatoria se determinan las partidas presupuestarias correspondientes del presupuesto de la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento, y Universidades con cargo a las cuales se concederán las ayudas, así como las disponibilidades presupuestarias para la presente convocatoria. Asimismo, en el punto 4 de dicho resuelve cuarto se establece que la cuantía del crédito disponible será distribuida funcionalmente entre cada una de las áreas científico-técnicas establecidas en la Orden de 3 de septiembre de 2007 (BOJA núm. 187, de 21 de septiembre), con anterioridad al comienzo de la evaluación de las solicitudes, mediante la oportuna resolución de declaración de distribución de créditos, la cual será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en los mismos medios de publicidad en que dicha convocatoria hubiese sido realizada. En caso de no agotarse el crédito disponible para cada una de las modalidades, la Comisión de Selección podrá proponer una distribución de estos remanentes entre aquellas áreas que resulten deficitarias, con objeto de incluir las solicitudes que, cumpliendo todos los requisitos y habiendo sido evaluadas favorablemente, no hubieran resultado inicialmente beneficiarias por falta de disponibilidad presupuestaria.

De conformidad con lo establecido en la disposición adicional única de la Orden de 7 de abril de 2017, se faculta a la persona titular de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología para efectuar las convocatorias públicas de las ayudas reguladas en la misma y realizar cuantas actuaciones sean necesarias en desarrollo, interpretación y aplicación de dicha orden.

Por lo expuesto, en el uso de las facultades concedidas, esta Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología

RESUELVE

Primero. Establecer la siguiente distribución por áreas científico-técnicas de los créditos disponibles para la convocatoria 2021 de ayudas a la contratación de personal investigador doctor por parte de los Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento, en régimen de concurrencia competitiva, con el límite máximo establecido en la convocatoria de 18.705.600 de euros.

Biología y Biotecnología BIO: 2.369,376,00 €.

Agroindustrial y Alimentación AGR: 1.870.560,00 €.

Ciencias exactas y experimentales FQM: 2.369.376,00 €.

Ciencias y Técnicas de la Salud CTS: 2.992.896,00 €.

Ciencias sociales, económicas y jurídicas SEJ: 1.496.448,00 €.

Humanidades y creación artística HUM: 2.244.672,00 €.

Tecnologías de la producción y la construcción TEP: 1.621.152,00 €.

Recursos Naturales, Energía y Medio Ambiente RNM: 2.244.672,00 €.

Tecnologías de la Información y la Comunicación TIC: 1.496.448,00 €.

Segundo. Si en alguna de las áreas científico-técnicas, el crédito disponible establecido en el punto anterior resultase superior al importe total de subvención contemplado en la propuesta definitiva de resolución de concesión, el crédito excedente podrá redistribuirse entre las áreas deficitarias, a propuesta de la Comisión de Selección, en base a la previsión recogida en el resuelvo cuarto de la Resolución de convocatoria de 9 de abril de 2021.

Tercero. La presente resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1, de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, desde el día siguiente a su publicación, ante esta Secretaría General, de conformidad con lo previsto en los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Sevilla, 25 de mayo de 2021.- La Secretaria General, Rosa María Ríos Sánchez.

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