Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 111 de 11/06/2021

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico

Resolución de 7 de junio de 2021, de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se efectúa convocatoria para la contratación de personal directivo.

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Almudena Bocanegra Jiménez, Gerente de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales en virtud del Decreto 316/2019, de 12 de febrero, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, constituida mediante Ley 3/1991, de 28 de diciembre, y Decreto 46/1993, y transformada en Agencia Pública Empresarial mediante el artículo 20.1 de la Ley 1/2011, de 17 de febrero, aprobándose sus Estatutos mediante Decreto 103/2011, de 19 de abril, en el ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 16 de los mencionados Estatutos,

RESUELVE

Primero. Convocar proceso selectivo para cubrir, mediante el sistema de concurso, el puesto de Dirección del Instituto Andaluz de Flamenco de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales mediante contrato de alta dirección, en las condiciones establecidas en el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, y artículo 29.4 del Decreto 103/2011, de 19 de abril.

Segundo. Las bases que regirán la convocatoria serán las contenidas en el Anexo I de la presente resolución.

Tercero. El modelo de solicitud se incluye en el Anexo II.

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común, ante la Dirección de la Agencia, con carácter previo a la jurisdicción social.

Sevilla, 7 de junio de 2021.- La Gerente, Almudena Bocanegra Jiménez.

ANEXO I

BASES DEL PROCESO DE SELECCIÓN PARA LA COBERTURA DEL PUESTO DE DIRECCIÓN DEL INSTITUTO ANDALUZ DE FLAMENCO MEDIANTE CONTRATO DE ALTA DIRECCIÓN. REFERENCIA 05-DIAF

Primera. Antecedentes y objeto de la convocatoria.

1.1. El Capítulo VI de los Estatutos de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales (en adelante Agencia) regula el Régimen de personal, estableciendo en su artículo 29.4 que es personal directivo de la Agencia, conforme a la disposición adicional quinta de la Ley 1/2011, de 17 de febrero, de reordenación del sector público en Andalucía, el que ocupa puestos de trabajo determinados como tales en los Estatutos en atención a la especial responsabilidad, competencia técnica y relevancia de las tareas asignadas. El mismo precepto dispone que su designación atenderá a principios de mérito y capacidad y a criterios de idoneidad, y se llevará a cabo mediante procedimientos que garanticen la publicidad y concurrencia.

1.2. La presente Convocatoria tiene como objeto la provisión del puesto de trabajo en régimen laboral de alta dirección de la Dirección del Instituto Andaluz de Flamenco de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales (en adelante AAIICC) mediante Concurso Público.

Segunda. Personas destinatarias de la convocatoria y publicidad.

2.1. La presente convocatoria se dirige a todas las personas que, cumpliendo los requisitos indicados en la base quinta, presenten la solicitud y documentación que se indica.

2.2. La convocatoria, además de la publicación en BOJA, será expuesta en la página web de la AAIICC (www.aaiicc.es) y en la sección del transparencia del Portal de la Junta de Andalucía, donde se publicarán los listados y comunicaciones necesarias. La resolución de adjudicación del puesto con el nombre de la persona seleccionada se publicará en los mismos medios y en BOJA.

Tercera. Descripción del puesto y condiciones contractuales básicas.

3.1. Descripción del puesto: La persona responsable de la Dirección del Instituto Andaluz de Flamenco ejercerá las tareas de dirección y administración de todos los programas y actividades de flamenco que se desarrollen en la Agencia, la coordinación e impulso de las políticas relacionadas con el flamenco, su conservación, difusión y recuperación, su integración en el mercado musical y consolidación como industria cultural, promoción del flamenco a nivel internacional, formación, investigación y aprovechamiento del flamenco como recurso turístico y educativo, producción de espectáculos y apoyo a festivales, y las medidas de apoyo para la promoción del tejido profesional y asociativo del flamenco.

3.2. Regulación: La contratación estará sometida a la relación laboral de carácter especial de alta dirección regulada en el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto. Su régimen jurídico será el previsto en el artículo 13 del Real Decreto Legislativo 15/2015, de 30 de octubre, Texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, en la normativa de desarrollo dictada por la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el artículo 25 de la Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021, y en la normativa de general y particular aplicación, así como en la Resolución de 30 de diciembre de 2020, de la Secretaría General de Regeneración, Racionalización y Transparencia, por la que se aprueban directrices relativas al sistema de acceso y evaluación del desempeño del personal laboral que ejerce funciones directivas profesionales en el sector público instrumental andaluz.

3.3. Régimen de incompatibilidad: El desempeño del puesto está sometido a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, y normativa de desarrollo.

3.4. Duración del contrato: Indefinida, con un periodo de prueba de seis meses.

3.5. Retribución: Percibirá la retribución de acuerdo con el régimen retributivo aprobado para la Agencia, y dentro del marco que establezca la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma Andaluza. Para 2021 corresponde una retribución fija de 52.806,03 € brutos anuales, y un variable en concepto de productividad vinculado a evaluación de desempeño y cumplimiento de objetivos de un máximo de 3.370,6 € brutos anuales.

3.6. Centro de trabajo: Sevilla, C/ Santa Teresa, 8. Casa Murillo, 41014, Sevilla.

Cuarta. Requisitos mínimos necesarios y méritos valorables.

4.1. Para participar en el proceso se deberán reunir los siguientes requisitos mínimos necesarios:

1. Cumplir los requisitos generales de participación en procesos selectivos para el acceso al empleo público previstos en el artículo 56.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

2. Poseer titulación universitaria oficial expedida por el Ministerio de Educación y Formación profesional, o convalidación u homologación pertinente emitida por el mismo Ministerio.

3. Acreditar un mínimo de dos años de experiencia en el desempeño de funciones directivas, en el sector público o privado, y un mínimo de un año de experiencia en el ámbito del sector público. Este último requisito puede sustituirse por la posesión de un título formativo oficial en el área de dirección y gestión en el sector público.

4. Acreditar, de forma adicional a la experiencia anterior, el siguiente perfil competencial mínimo técnico específico: competencia en dirección, coordinación y gestión de actividades y proyectos culturales de relevancia en materia de flamenco. El indicador de cumplimiento de esta competencia es la acreditación de un mínimo de tres años de experiencia en dirección, coordinación y gestión de actividades y proyectos culturales de relevancia en materia de flamenco, entendiendo comprendidos la producción, la promoción, difusión y recuperación, gestión y contratación de espectáculos, conservación y archivo, composición, creación e interpretación, formación e investigación.

4.2. Méritos valorables:

1. Experiencia, superior a la mínima indicada en el punto anterior, en funciones de dirección, coordinación o gestión de actividades y proyectos culturales relacionados con el flamenco, entendiendo comprendidas la producción, la promoción, difusión y recuperación, gestión y contratación de espectáculos, conservación y archivo, composición, creación e interpretación, formación e investigación, o en actividades y proyectos relacionados con las artes escénicas en general.

2. Máster o formación de posgrado en Gestión Cultural o equivalente.

3. Nivel de inglés B2 acreditado según Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCREL). En caso de no aportarse certificado acreditativo del nivel de inglés, será valorado mediante una prueba previa a la fase de entrevista.

Los requisitos mínimos del punto 4.1 y méritos valorables del punto 4.2 se acreditarán mediante la documentación que se refleja en el punto siguiente.

Quinta. Solicitudes, documentación, plazo y lugar de presentación.

5.1. Las candidaturas deben presentar la solicitud de participación según modelo que consta en el Anexo II, adjuntando la siguiente documentación mínima obligatoria, original o fotocopiada: currículum vitae pormenorizado, DNI (en caso de extranjeros/as, pasaporte y permiso de trabajo y residencia), informe de vida laboral, contrato o certificado de puesto desempeñado y funciones realizadas firmado y sellado por la entidad que lo expida, (en caso de trabajo autónomo, junto al informe de vida laboral o certificación de la TGSS de los periodos de alta en el régimen especial correspondiente, declaración jurada en la que se describa la actividad desarrollada e intervalo de tiempo en el que se ha realizado), certificados acreditativos de la formación, certificado de grado e informe de adecuación en caso de discapacidad, y cualquier otra documentación acreditativa de los requisitos mínimos exigidos y méritos a valorar.

En caso de grado de discapacidad reconocido, igual o superior al 33%, se deberán acreditar las condiciones personales de aptitud para el ejercicio de las funciones del puesto del punto 3.1 mediante certificado de grado de discapacidad en el que se especifique el porcentaje reconocido, e Informe de Adecuación al Puesto de Trabajo expedido por los Centros de Valoración y Orientación.

5.2. El plazo de presentación de candidaturas será de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. En caso de que el último día de presentación sea inhábil, se entenderá prorrogado el plazo hasta el día siguiente hábil.

5.3. Las candidaturas serán dirigidas a la Unidad de Recursos Humanos de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, y serán remitidas por correo certificado o presentadas personalmente en la dirección Estadio Olímpico, Puerta 13, Isla de la Cartuja, s/n, 41092, Sevilla, indicando en el sobre y la documentación la referencia Proceso Dirección Instituto Andaluz de Flamenco, 05-DIAF, todo ello sin perjuicio de lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común. Para aquellas candidaturas que se remitan por correo y las presentadas en algún otro centro de trabajo de la Agencia distinto al indicado u otro organismo de la Junta de Andalucía, deberán justificar la fecha de envío por correo electrónico (rrhh.aaiicc@juntadeandalucia.es), adjuntando justificante de la fecha de imposición del envío en las oficinas de correos o la fecha de entrega en otro centro dentro del mismo plazo de quince días para su registro de entrada en el plazo concedido.

5.4. En cualquier momento del proceso se podrán contrastar los datos, documentos y méritos aducidos por las personas interesadas, solicitar original de la documentación fotocopiada, así como solicitar aclaraciones o, en su caso, documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación o para realizar una ajustada valoración de la idoneidad.

5.5. Además de lo reflejado en el punto 2.2, las comunicaciones y citaciones necesarias de carácter individual se realizarán a través del correo electrónico que se indique en la solicitud, Anexo II.

Sexta. Comité Calificador.

6.1. Para la valoración de las candidaturas se atenderá a los principios de igualdad, mérito y capacidad, y a criterios de idoneidad y adecuación del perfil profesional de la persona candidata en relación con el puesto de trabajo a desempeñar.

6.2. De conformidad con lo previsto en el artículo 25 de la Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021, se designa un Comité calificador para la valoración del mérito, capacidad e idoneidad, integrado por:

Presidencia: Doña Almudena Bocanegra Jiménez, Gerente de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales

Vocalías: Doña María Pía Halcón Bejarano, Directora General de Innovación Cultural y Museos, y Don Angel Muñoz Cadenas, Jefe de Servicio de Innovación, Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico.

Secretaría y asesoría de la presidencia, con voz y sin voto: Doña Cristina Salinas Íñigo, Directora de Recursos Humanos de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales.

6.3. Los miembros del Comité no podrán estar incursos en las causas de abstención y recusación establecidas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Séptima. Proceso de Selección.

El proceso de selección tendrá una duración máxima de cuatro meses hasta su resolución, a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Incluirá las tres fases siguientes:

7.1. Fase I. Preselección.

Se realizará por la Unidad de Recursos Humanos de la Agencia, y comprenderá las siguientes actuaciones:

Certificación, una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, del registro de las solicitudes recibidas y de la documentación aportada con las mismas en tiempo y forma.

Comprobación del cumplimiento de los requisitos mínimos necesarios del apartado 4.1, puntos 1, 2 y 3.

Redacción del informe de preselección, adjuntando la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos, y remisión al Comité calificador.

7.2. Fase II. Valoración del cumplimiento del perfil competencia mínimo y baremación de méritos.

Se realizará por el Comité calificador y comprenderá las siguientes actuaciones:

a) Valoración del cumplimiento del perfil competencial mínimo técnico requerido (apartado 4.1.4) según los indicadores definidos en las presentes bases.

b) Baremación de méritos de las candidaturas que cumplen los requisitos mínimos, según los criterios de valoración y documentación acreditativa del punto 5.1.

c) Elaboración y publicación del listado provisional de candidaturas admitidas por cumplir los requisitos mínimos, incluyendo la baremación de méritos en orden de mayor a menor puntuación, y las candidaturas excluidas, indicando la causa de exclusión. En los listados se incluirán nombres y apellidos.

d) Recepción de alegaciones, que se podrán presentar en el plazo de los 3 días hábiles siguientes a la publicación del listado anterior, y resolución en el plazo de los tres días hábiles siguientes a la recepción.

e) Publicación, tras la resolución de alegaciones, del listado definitivo de candidaturas admitidas, incluyendo la baremación de méritos, y candidaturas excluidas. Se indicará asimismo el lugar y fecha de la entrevista, y el plazo de presentación o remisión del Proyecto de gestión.

La puntuación mínima a superar en la fase de baremación de méritos (Experiencia y Formación) para pasar a fase de entrevista y valoración del proyecto de gestión es de 2 puntos. Únicamente pasarán a esta fase las cinco primeras candidaturas que superen esta puntuación.

El Proyecto de gestión consistirá en una propuesta de ideas culturales clave en materia de flamenco para el funcionamiento y puesta en valor del Instituto Andaluz de Flamenco, incluyendo la gestión y organización. Debe contener al menos los siguientes apartados: (1) objetivos, (2) líneas de actuación, (3) propuesta de actividades y programas, (3) gestión y administración incluyendo recursos, presupuesto y financiación, (4) estrategia de difusión y promoción, creación y fomento de público. Tendrá una extensión máxima de 10 folios en formato A4.

7.3. Fase III. Entrevista competencial y valoración del proyecto de gestión.

Se realizará por el Comité calificador e incluirá las siguientes actuaciones:

1. Valoración del proyecto de gestión según criterios de (1) relevancia y singularidad, (2) estrategia de difusión y promoción, (3) conocimiento del contexto socieconómico, institucional y cultural de Andalucía, (4) repercusión en el público, y (5) viabilidad según objetivos y recursos necesarios. Se otorgará a cada criterio un máximo de un 20% de la puntuación prevista en el apartado octavo, dividiéndose a su vez cada criterio en 4 niveles de puntuación. Para la valoración se podrá solicitar un informe técnico de una persona experta en la materia. En caso de que el proyecto no supere la puntuación mínima fijada a continuación (2 puntos), el Comité podrá determinar que la candidatura no pase a la entrevista.

2. Entrevista competencial, basada en evidencias objetivas relacionadas con el perfil del puesto de trabajo objeto de la convocatoria. Además de la motivación al puesto y exposición del proyecto, se valorarán las competencias mínimas necesarias para el desempeño del puesto: (1) vocación de servicio público, (2) liderazgo, (3) iniciativa y proactividad, (4) creatividad, y (5) comunicación. Se otorgará a cada competencia un máximo de un 20% de la puntuación prevista en el apartado octavo, dividiéndose a su vez cada criterio en 4 niveles de puntuación.

La puntuación mínima a superar en esta tercera fase es de 3,25 puntos (con un mínimo de 2 puntos en el proyecto de gestión, y 1,25 en la entrevista). En caso de empate en la puntuación total, primará la candidatura con mayor puntuación en el proyecto de gestión.

Tras la puntuación correspondiente, el Comité calificador valorará de forma global la idoneidad de las personas candidatas y lo reflejará en un acta, tras lo cual remitirá la propuesta de selección incluyendo las tres candidaturas con mayor puntuación, según orden de prelación, a la Dirección de la Agencia. El proceso se resolverá mediante resolución de la Dirección de la Agencia.

El Comité calificador declarará la convocatoria desierta si ninguna candidatura obtiene la puntuación mínima de la fase de baremación de méritos (2 puntos), y de la fase de proyecto de gestión y entrevista competencial (3,25 puntos).

Octava. Baremos de puntuación: Puntuación máxima: 10 puntos.

Únicamente se computan los periodos de tiempo superiores a la experiencia mínima exigida en el punto 4.3 de las bases.

CRITERIO DE VALORACIÓN PUNTUACIÓN MÁXIMA
Méritos: Experiencia Experiencia, superior a la mínima exigida, en funciones de dirección, coordinación o gestión de actividades y proyectos culturales de relevancia relacionados con el flamenco o artes escénicas, entendiendo comprendidas las actividades indicadas en el punto 4.2.1 (0,05 puntos/mes). No se computan los periodos inferiores al mes 4 puntos
Méritos: Formación e idioma Máster o formación de posgrado en Gestión Cultural o equivalente: 0,5 puntos Inglés B2 acreditado según Marco Común Europeo: 0,5 puntos 1 punto
Proyecto gestión Propuesta de ideas culturales clave en materia de flamenco para el funcionamiento y puesta en valor del Instituto Andaluz de Flamenco, y propuesta de gestión y organización (según criterios punto 7.3.1) 3 puntos
Entrevista competencial Entrevista valoración perfil del puesto, motivación y competencias aptitudinales (según criterios punto 7.3.2) 2 puntos
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