Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 122 de 28/06/2021

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Deporte

Orden de 8 de junio de 2021, por la que se concede una modificación de la autorización administrativa al centro docente privado de educación especial «Comarcal Ver de Olula», de Olula del Río (Almería). (PP. 1994/2021).

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Examinado el expediente incoado a instancia de don Miguel Martínez Ortega, como representante de la Asociación de Personas con Discapacidad Ver de Olula, entidad titular del centro docente privado de educación especial «Comarcal Ver de Olula», en solicitud de modificación de su autorización administrativa por redistribución de instalaciones y ampliación del mismo en 1 unidad de educación básica especial con 6 puestos escolares.

Resultando que el centro tiene autorización administrativa para 3 unidades de educación básica especial con 22 puestos escolares, por Orden de 10 de marzo de 2017 (BOJA de 6 de abril).

Resultando que en el mencionado expediente han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de Educación y Deporte de Almería y de la Gerencia Provincial de la Agencia Pública Andaluza de Educación en dicha provincia.

Vistas la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE de 2 de octubre); la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE de 4 de julio); la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE de 4 de mayo); la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía (BOJA de 26 de diciembre); la Orden de 26 de marzo de 1981, por la que se aprueban los programas de necesidades para la redacción de los proyectos de construcción y adaptación de Centros de Educación Especial (BOE de 6 de abril); el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General (BOJA de 20 de junio), y demás disposiciones aplicables.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Conceder la modificación de la autorización administrativa solicitada al centro docente privado de educación especial «Comarcal Ver de Olula», promovida por la Asociación de Personas con Discapacidad Ver de Olula, como entidad titular del mismo, con código 04011259, ubicado en C/ Ventura Rodríguez, 1-3, de Olula del Río (Almería), quedando configurado con 4 unidades de educación básica especial para 28 puestos escolares.

Segundo. De acuerdo con lo establecido en el artículo 23 del Decreto 109/1992, de 9 de junio, el centro no podrá tener en funcionamiento simultáneamente unidades concertadas y no concertadas.

Tercero. La entidad titular del centro remitirá a la Delegación Territorial de Educación y Deporte de Almería la relación del profesorado del mismo, con indicación de su titulación respectiva.

Cuarto. De conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Decreto 109/1992, de 9 de junio, la autorización a la que se refiere la presente orden tendrá efectos jurídicos y administrativos desde el inicio del curso 2021/2022.

Contra la presente orden que pone fin a la vía administrativa cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación y Deporte, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 8 de junio de 2021

FRANCISCO JAVIER IMBRODA ORTIZ
Consejero de Educación y Deporte
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